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Documento BOE-B-2009-15527

GIRONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 12 de mayo de 2009, páginas 55456 a 55456 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-15527

TEXTO

Edicto

D. Sergio Sánchez Montiel, Magistrado-Juez en sustitución del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 273/09, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Roca Vinyals Distribucions, S.L., con domicilio en c/ Sarrià de Ter número 34, Polígono Industrial Mas Xiegu III de Girona, CIF núm. B-17337825, siendo designados como Administrador/es Concursal/es el letrado D. Rafael Martín Burgués, el Economista D. Josep Lluis Lacuna Meestres y el acreedor Curbimetal, S.A.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de un mes a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 7 de abril de 2009.- El Magistrado-Juez.

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