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Documento BOE-B-2007-71132

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, S.A. la modificación de la línea eléctrica aérea a 220 kV, doble circuito, «Lucero-Leganés-Villaverde, Villaviciosa-Retamar-Getafe», entre los apoyos 80 bis y 85, en el término municipal de Leganés en la provincia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2007, páginas 3379 a 3379 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-71132

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancia de Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), con domicilio en la Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes 177, solicitando la autorización administrativa de la modificación arriba citada. Resultando que a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la petición de Inalta ha sido sometida a información pública, no habiéndose presentado alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que el anuncio de información pública fue expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Leganés, recibiéndose certificación acreditativa, en la que no consta que se hayan presentado alegaciones. Resultando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó a dicho Ayuntamiento informe y establecimiento de condicionados técnicos si proceden, contestando con la notificación de la concesión de licencia de obras, por lo que ha de entenderse emitido informe favorable y la inexistencia de condicionados técnicos. Resultando que con fecha 14 de julio de 2006 se solicita a la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid el establecimiento de condicionados técnicos si proceden, de acuerdo con lo previsto en el artículo 131 del citado Real Decreto, reiterándose la petición con fecha 3 de octubre de 2006, no recibiéndose contestación alguna, por lo que fue de acuerdo con el citado artículo ha de entenderse su conformidad al proyecto. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Vista la Resolución de esta Dirección General de fecha 24 de julio de 2006 en la que se transmite la titularidad de los activos de transporte de Inalta a favor de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Red Eléctrica De España, Sociedad Anónima, la modificación de la línea eléctrica aérea a 220 kV, doble circuito, «Lucero-Leganes-Villaverde, Villaviciosa-Retamar-Getafe», entre los apoyos números 80 bis y 85, en el término municipal de Leganés (Madrid), cuyas características principales son:

Descripción de trazado: La modificación comienza en el apoyo número 80 desde el cual se vuela en aéreo con un vano de 48 metros hasta el pórtico de transición aéreo/subterráneo instalado en la subestación de Leganés y donde ambos circuitos comienzan su trazado subterráneo con una longitud de 1.609 metros, cruzando la carretera M-409 con perforación dirigida y discurriendo el resto del trazado por los nuevos viales del PP2 Ampliación «El Portillo» hasta el nuevo apoyo número 84 bis, donde salen nuevamente en aéreo con un nuevo vano conectando al apoyo actual número 85. Características Técnicas.

1. Tramo aéreo: Conductores: De Al-Ac LA-455 de 454,5 milímetros cuadrados de sección.

Cables de tierra: Uno de tipo OPGW de 14,3 milímetros de diámetro. Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio templado U120 BS. Apoyos: Se instalarán un apoyo y un pórtico de acero galvanizado en caliente constituidos por perfiles de angulares de lados iguales organizados en celosía. Cimentaciones: De hormigón. Puesta a tierra: Los apoyos irán puestos a tierra de forma que la resistencia, de difusión no supere los valores que se establecen en el Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.

2. Tramo subterráneo:

La línea discurrirá por dos zanjas donde se alojarán cada uno de los circuitos constituidos por dos ternas de cables unipolares alojados bajo tubo de 315 milímetros de diámetro. El cable de comunicaciones se alojará en otro tubo de 40 milímetros de diámetro.

Conductores: De cobre de 2.000 milímetros cuadrados con aislamiento seco XLPE, pantalla metálica compuesta por hilos de cobre y capa semiconductora interna y externa. Terminales: Se instalarán dos terminales de tipo exterior por fase. Conexionado de las pantallas: Tipo CROSS-BONDING. Obra civil: Las zanjas por las que discurren las líneas tendrán unas dimensiones de 0,8 milímetros de ancho por 1,50 milímetros de profundidad mínima, con una capa de hormigón de 5 centímetros en la base. Autoválvulas: Se instalará en los apoyos de transición aéreo-subterráneo una autoválvula tipo PEXLIMOR por fase. La finalidad de la modificación de la instalación es compatibilizar la línea eléctrica con la ampliación del Plan Parcial del Sector PP2 del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en al artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento en la Administración General del Estado.

Madrid, 9 de marzo de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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