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Documento BOE-B-2007-310128

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña sobre resolución de la Secretaria de Estado de Infraestructuras y Planificación por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo de clave: EI-1-L-09 «Carretera N-260 PP.KK. 307 al 309,7. Variante de la Pobla de Segur» Lleida.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2007, páginas 15424 a 15424 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2007-310128

TEXTO

Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, resuelvo:

1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994 de 2 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI-1-L-09. Carretera N-260. Eje Pirenaico. Variante de la Pobla de Segur, seleccionando como alternativa a desarrollar en el proyecto de construcción la denominada Alternativa 1 ó Túnel, consistente en una variante por el norte de la Pobla de Segur de aproximadamente 1950 m y un presupuesto base de licitación de 13,8 M €. 3. En el proyecto de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1 Las establecidas en la DIA de 12 de julio de 2007 (BOE n.º 231 de 26 de septiembre de 2007).

3.2 Se estudiará la posible modificación del semienlace oeste cambiando la tipología a glorieta. 3.3 Se evitará la afección a la capilla de Sant Fructuós tanto directa como indirecta en las fases de construcción y explotación. 3.4 Se respetarán las zonas de vertido contempladas en la resolución de la DIA. 3.5 Se restituirá el actual camino de cultivo situado hacia el P.K. 0+300 mediante la ejecución de un paso a diferente nivel. 3.6 Se minimizará, siempre que sea posible, la afección a fincas y se cuidarán las reposiciones de caminos de acceso que pudieran resultar afectados.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.-Madrid, 14 de noviembre de 2007.-La Ministra de Fomento, P. D. (Resolución Delegación de Atribuciones 30-05-1996), el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.

Barcelona, 20 de diciembre de 2007.-Jefe de la Demarcación, Luis Bonet Linuesa.

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