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Documento BOE-B-2007-241071

Anuncio del Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Extremadura por el que se convoca subasta pública S2007R0676001017,

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2007, páginas 11833 a 11834 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2007-241071

TEXTO

Anuncio de subasta

Subasta número: S2007R0676001017

El Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Extremadura,

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se dictaron acuerdos de fecha 14 de septiembre de 2007 decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como Anexo Uno. La subasta se celebrará el día 8 de noviembre de 2007, a las nueve horas y media, en la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Badajoz. En cumplimiento del citado artículo, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta lo siguiente: Primero.-Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en su descripción y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se realiza el pago del importe de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha de ingreso en el Tesoro, los recargos del período ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio. Tercero.-Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el registro general de la oficina donde se celebre la subasta, haciéndose constar en el exterior del sobre los datos identificativos de la misma. En el sobre se incluirá además de la oferta y el depósito constituido conforme al punto Cuarto, los datos correspondientes al nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del licitador. Los licitadores podrán participar en la subasta por vía telemática presentando ofertas y/o realizando pujas automáticas, a través de la página Web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 24 de mayo de 2002), de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación. Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del veinte por ciento del tipo de subasta en primera licitación, excepto para aquellos lotes en los que se hubiese acordado un porcentaje menor, que en ningún caso será inferior al diez por ciento. El importe del depósito para cada uno de los lotes está determinado en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio. El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Reglamento General de Recaudación o por vía telemática, a través de una entidad colaboradora adherida a este sistema que asignará un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 24 de mayo de 2002), del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, este depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origine esta falta de pago. Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa de Subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el setenta y cinco por ciento del tipo de subasta en primera licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación. Sexto.-El adjudicatario deberá ingresar en la fecha de adjudicación, o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. El ingreso podrá realizarse en Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito, en las que no es necesario tener cuenta abierta. También puede realizar el pago mediante adeudo en su cuenta corriente, a través de Internet en la dirección www. agenciatributaria.es, en la opción: Oficina virtual. Pago de Impuestos. Asimismo, si lo solicita a la Mesa de Subasta en el acto de adjudicación, el adjudicatario podrá realizar el ingreso del importe total del precio de adjudicación, en cuyo caso, una vez comprobado el ingreso, se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario. Séptimo.-Cuando en la licitación no se hubiera cubierto la deuda y quedasen bienes sin adjudicar la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa. Las ofertas se podrán presentar en el plazo en que a tales efectos comunique la mesa de subasta. Se deberán presentar en sobre cerrado en el registro general de la oficina donde se haya celebrado la subasta y deberán ir acompañadas, en su caso, del depósito. Asimismo se podrán presentar ofertas a través de la página Web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 24 de mayo), de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación. Transcurrido el plazo señalado por la Mesa de Subastas, se abrirán por la misma las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión del plazo para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación, no habrá precio mínimo. Octavo.-Tratándose de inmuebles, el adjudicatario podrá solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta del inmueble. Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otros títulos de propiedad que los aportados en el expediente; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de esta Dependencia de Recaudación donde podrán ser examinados todos los días hábiles, a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior al de subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria; en los demás casos en que sea preciso, podrá procederse como dispone el título VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica. Décimo.-El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario exonera expresamente a la Agencia Tributaria, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago. Undécimo.-El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre) Duodécimo.-También serán de aplicación las condiciones que se recogen en el Anexo dos. En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.

Anexo uno Relación de bienes a subastar

Subasta número S2007R0676001017

Lote único.

Hipoteca constituida. Fecha de otorgamiento: 23 de octubre de 2006. Notario autorizante: Mateos Íñiguez, Carlos Alberto. Número de protocolo: 27312006. Tipo de subasta en primera licitación: 1.232.078,82 euros. Tramos: 2.000,00 euros. Depósito: 246.415,76 euros. Tipo de derecho: Pleno dominio. Bien número 1. Tipo de bien: Finca rústica. Localización: Paraje Baldío y la Mosquera, sin número. 06192 Villar del Rey. Badajoz. Registro número 2 de Badajoz. Tomo 1614, libro 69, folio 61. Finca número 4813. Inscripción 1. Descripción: Rústica, sita en el paraje Baldío y La Mosquera, en el término municipal de Villar del Rey. Tiene una superficie de 4 hectáreas, 51 áreas y 80 centiáreas. Linda: Norte, Pedro Pavo Rodríguez; Sur, carretera de Alburquerque; Este, Juan Méndez Macías y otra de Tomas Morera Pacha y Oeste, Valentín García Manzano y José Sequera Morera. Tierra en la que hay construida una Instalación Fabril. Valoración: 1.264.787,46 euros. Cargas: Importe total actualizado: 32.708,64 euros. Carga número 1. Hipoteca a favor de Caja de Badajoz, para responder de treinta y cuatro millones de pesetas de principal, seis millones ciento veinte mil pesetas de intereses ordinarios, trece millones doscientas sesenta mil pesetas de intereses de demora y seis millones ochocientas mil pesetas para costas y gastos. A 24 de julio de 2007, la deuda pendiente es de 32.708,64 euros, mas 8,69 euros de mora diaria, mas costas judiciales. Carga número 2. De la información del Registro de la propiedad, la instalación fabril que consta en el terreno está integrada por oficinas y zonas de exposición, un almacén con entreplanta, otra nave-almacén y pistas de hormigón. Además, existe construida una vivienda unifamiliar aislada y nave-almacén. Carga número 3. Embargo a favor del Estado A.E.A.T de Badajoz, anotado con letra A, para responder de deudas canceladas por ingreso y otras garantizadas con la hipoteca a ejecutar. Sin importe monetario a descontar. Carga número 4.- Embargo cautelar a favor del Estado anotado letra B, por débitos a la Hacienda Pública para responder de deudas garantizadas con la hipoteca a ejecutar y otras canceladas por ingreso. Carga sin importe monetario a descontar. Carga número 5.- Finca afecta a las posibles liquidaciones complementarias que del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados puedan girarse. Propietarios:

Nombre o razón social: Plata Recio, Sociedad Limitada.

NIF: B06060156. Porcentaje de derecho: Cien por cien. Número inscripción hipoteca: 3. Fecha inscripción hipoteca: 13 de noviembre de 2006.

Anexo dos

No existen otras circunstancias, cláusulas o condiciones que deban aplicarse en esta subasta.

Badajoz, 18 de septiembre de 2007.-La Jefa de la Dependencia de Recaudación, Rosa María Romero Muñoz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Extremadura
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Varios lotes de servicios.

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