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Documento BOE-B-2006-286128

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la subestación a 400 kV de «Brovales», en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2006, páginas 13327 a 13328 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-286128

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que enviadas separatas del proyecto y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, a la Confederación Hidrográfica del Guadiana y a «Endesa Distribución, Sociedad Anónima», por los mismos no se ha recibido contestación alguna tras la reglamentaria reiteración, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.2 y 146.1 del referido Real Decreto. Resultando que remitida separata del proyecto al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, no existe pronunciamiento alguno por el mismo, por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entiende evacuado dicho informe en sentido favorable. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio de la Junta de Extremadura, a fin de que, de conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, emita informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, por la misma se emite informe en el que se manifiesta que la instalación y edificaciones proyectadas cumplen todas las condiciones establecidas en las normas subsidiarias de planeamiento municipal para suelo no urbanizable genérico. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz. Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 26 de julio de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en Ley 13/2003, de 23 mayo. Está Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la subestación a 400 kV de «Brovales», en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz), cuyas características principales son: Parque tipo intemperie en configuración de interruptor y medio, previsto para ocho calles, en el que se equiparán inicialmente una calle completa y tres incompletas, siendo los tipos de embarrados: Semiflexible con conexiones tendidas y destinado a la interconexión principal, rígido a base de tubos de aluminio en las barras principales y flexible a base de conductores homogéneos de aluminio destinados a la conexión del aparellaje entre sí.

La disposición de las calles y posiciones en la subestación será la siguiente:

Calle 1: Posición 11: Futura línea Palos 1; posición 21: Reserva.

Calle 2: Posición 12: Futura línea Palos 2; posición 22: Futura línea Guillena 2. Calle 3: Posición 13: Futura línea Alqueva 2; posición 23: Futura línea Guillena 1. Calle 4: Posición 14: Línea Alqueva 1; posición 24: Línea Bienvenida. Calle 5: Posición 15: Línea Siderúrgica 2 Balboa; posición 25: Futura línea Mérida 2. Calle 6: Posición 16: Línea Balboa 2; posición 26: Futura línea Mérida 1. Calle 7: Posición 17: Línea Balboa 1; posición 27: Futuro autotransformador 1. Calle 8: Posición 18: Reserva; posición 28: Reserva.

Se equipará una calle completa y tres calles incompletas, disponiendo la primera de tres interruptores y sólo de dos interruptores las tres calles restantes.

Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar, transformadores de intensidad, seccionadores pantógrafos, seccionadores rotativos de tres columnas, seccionadores rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra, seccionadores de aislamiento, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo y aisladores de apoyo. Instalación de redes de tierras superiores e inferiores. Estructuras metálicas y soportes de la aparamenta de perfiles de acero normalizados de alma llena. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Construcción de un edificio de mando y control y cuatro casetas de relés. Sistemas de protecciones, de medida y de control. Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna. Sistemas de alumbrado y fuerza.

La posición 15 de interruptor, de la calle 5 correspondiente a la línea Siderúrgica 2 Balboa, queda excluida de los efectos retributivos establecidos en el Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, excepto de los costes de operación y mantenimiento que serán asumidos por el Sistema.

La finalidad de la subestación proyectada, así como de las correspondientes líneas de entrada y salida en Brovales desde las actuales líneas eléctricas Bienvenida-Balboa y Balboa-Frontera Portuguesa-Alqueva, asegurarán la calidad del suministro eléctrico a los consumidores de Extremadura y Andalucía, posibilitarán la descarga de la posible nueva generación a la red de transporte nacional a 400 kV, y el suministro a consumos singulares en alta tensión, así como apoyar las redes de transporte de 220 kV y de distribución.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta resolución anula y sustituye a la de fecha 1 de septiembre de 2006.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14. 7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 15 de noviembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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