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Este Tribunal Económico-administrativo Central, en Sala, en el recurso extraordinario de revisión promovido por D. Gerardo Paredes Paredes, contra acuerdo de 19 de septiembre de 2001 de la Administración de Leganés de la Delegación en Madrid de la A.E.A.T., IRPF ejercicio 1998, A2807401520003685, acuerda: Declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución, definitiva en vía económico-administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 20 de enero de 2005.-Vocal Jefe de la V.ª 1.ª: M.ª Rus Ramos Puig.
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