Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-95064

Resolución de 26 de marzo de 2004, del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca el "Premio de Periodismo de Protección de Datos Personales", correspondiente a 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 19 de abril de 2004, páginas 3360 a 3360 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2004-95064

TEXTO

La Agencia Española de Protección de Datos,

en el ejercicio de las competencias que la ley le

atribuye, y con la finalidad de promover y fomentar

el desarrollo del derecho fundamental a la

protección de datos en el ámbito de los medios de

comunicación social, ha acordado proceder a la

convocatoria del Premio de periodismo sobre "Protección

de Datos Personales", correspondiente a 2004, que

habrá de ajustarse a las siguientes bases:

Primera.-Se convoca el "Premio de Periodismo

Protección de Datos Personales" correspondiente

a 2004 con una dotación de mil quinientos euros.

Segunda.-Pueden optar al "Premio de Periodismo

Protección de Datos Personales" los trabajos

emitidos, entre el 31 de octubre de 2003 y el 1 de

noviembre de 2004, en cualquier medio de

comunicación social (televisión, radio, prensa) que tengan

como tema central la protección de datos

personales.

Tercera.-El premio se otorgará al artículo o

reportaje, de mayor mérito, que signifique una aportación

destacada al conocimiento de la realidad y

perspectivas de la protección de datos personales.

Cuarta.-La extensión de los trabajos será libre,

debiendo aportarse, en el caso de prensa, original

y dos copias, y en los aparecidos en otros medios,

dos copias. En el supuesto de no presentarse en

cualquiera de las lenguas oficiales españolas, se

acompañará traducción en lengua castellana.

Quinta.-Las obras podrán presentarse en el

Registro General de la Agencia Española de Protección

de Datos, c/ Sagasta, n.o 22, planta baja, 28004

Madrid, o enviarse por correo certificado dirigido

a la citada dirección antes de las catorce horas del

día 12 de noviembre de 2004.

Sexta.-Concederá el premio un Jurado

compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia Española

de Protección de Datos, bajo la Presidencia de su

Director, e integrado por los vocales miembros del

Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo

su mandato en el momento de efectuarse el fallo.

Actuará como Secretario de dicho Jurado, con voz

y sin voto, el Secretario de dicho Consejo. En caso

de empate decidirá la votación el voto del Presidente.

Si el Jurado lo estimara oportuno podrá distribuir

el premio por partes iguales entre los trabajos

presentados que se consideren de igual mérito.

Séptima.-La decisión del Jurado, que podrá

declarar desierto el premio, se hará pública antes del

día 23 de diciembre de 2004. El fallo, frente al

que no habrá recurso, se notificará formalmente

a quien resulte premiado.

Octava.-La Agencia Española de Protección de

Datos podrá reproducir, total o parcialmente, el

trabajo premiado citando el nombre de los autores

así como el medio de comunicación de que se trate.

Los trabajos y material enviado se devolverán a

su autor, quedando una copia de los mismos en

la Agencia Española de Protección de Datos.

Novena.-La participación en el concurso implica

la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

Madrid, 26 de marzo de 2004.-El Director de

la Agencia Española de Protección de Datos, José

Luis Piñar Mañas.-13.673.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid