El Jefe de la Dependencia de Recaudación de
la Delegación de la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria de Málaga,
Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 146 y siguientes del Reglamento
General de Recaudación aprobado por el Real
Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre, habiéndose
dictado acuerdos con fecha 30 de enero de 2004
decretando la venta de los bienes embargados en
procedimiento administrativo de apremio, se
dispone la venta de los bienes que se detallarán a
continuación, mediante subasta que se celebrará el
día 19 de abril de 2004 a las 10:00 horas en la
Delegación de la Agencia Tributaria, avenida de
Andalucía, número 2, tercera planta, Málaga.
En cumplimiento del artículo 146 del citado
Reglamento, se publica el presente anuncio y se
advierte a las personas que deseen participar en
la subasta, de lo siguiente:
Primero.-Los bienes a subastar están afectos por
las cargas y gravámenes que figuran en su
descripción, y que constan en el expediente, las cuales
quedan subsistentes sin que pueda aplicarse a su
extinción el precio del remate.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Los licitadores podrán enviar o
presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio
de subasta hasta una hora antes del comienzo de
ésta, sin perjuicio de que puedan participar
personalmente en la licitación con posturas superiores
a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el
carácter de máximas, serán registradas en el Registro
General de la Delegación de la Agencia Tributaria,
y deberán ir acompañadas de cheque conformado,
extendido a favor del Tesoro Público por el importe
del depósito, o del Número de Referencia Completo
justificativo de su constitución telemática de acuerdo
con la Resolución 5/2002, de 17 de mayo, del
Director General de la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria. Los licitadores podrán presentar
ofertas a través de la página Web de la Agencia
Tributaria http://www.agenciatributaria.es/, de
acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002,
de 17 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 24
de mayo de 2002), de la Dirección General de la
Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por
la que se regula la participación por vía telemática
en procedimientos de enajenación de bienes
desarrollados por los órganos de recaudación.
Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta depósito de garantía, en metálico
o cheque conformado a favor del Tesoro Público,
que será de al menos el 20 por ciento del tipo
de subasta en primera licitación.
Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro
si los adjudicatarios no satisfacen el precio del
remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que
incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el
importe del depósito origine la inefectividad de la
adjudicación.
También se podrá constituir el depósito de
garantía a través de una entidad colaboradora adherida
por vía telemática, asociándolo a un número de
referencia completo (NRC) que permita su
identificación, de acuerdo con lo establecido en la
Resolución 5/2002, de 17 de mayo (Boletín Oficial del
Estado de 24 de mayo de 2002), del Director de
la Agencia Tributaria.
Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados
los bienes en una primera licitación, la Mesa de
Subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo
juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta
en el 75 por ciento del importe de la primera
licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación.
Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,
o dentro de cinco días siguientes, la diferencia entre
el depósito constituido y el precio de la adjudicación.
El ingreso, en el plazo establecido, de la diferencia
entre el precio de adjudicación y el importe del
depósito constituido, podrá realizarse a través de
Internet en la dirección http://www.
agenciatributaria.es/, en la opción "pago de impuestos, pago de
liquidaciones practicadas por la Administración".
Asimismo, el adjudicatario podrá realizar a través
de Internet, en la dirección antes mencionada, el
ingreso del importe total del precio de adjudicación,
lo que deberá comunicar a la Mesa de Subasta,
en cuyo caso una vez efectuado el ingreso se
procederá por la Agencia Tributaria a levantar la
retención realizada sobre el depósito constituido por el
adjudicatario.
Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se
iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo
máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas
en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la
Mesa de Subastas.
La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas
al término del plazo del mes desde su inicio,
pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna
de ellas se considera suficiente en ese momento.
En caso contrario, se anunciará la extensión a un
mes más para presentación de nuevas ofertas, o
mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez
de las ofertas presentadas hasta ese momento y así
sucesivamente con el límite total de seis meses.
El precio mínimo de adjudicación directa será
el tipo de subasta en primera licitación cuando no
se haya considerado procedente celebrar una
segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación,
no habrá precio mínimo. Asimismo se podrán
presentar ofertas a través de la página Web de la
Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es/, de
acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002,
de 17 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 24
de mayo de 2002), de la Dirección General de la
Agencia Estatal, por la que se regula la participación
por vía telemática en procedimientos de enajenación
de bienes desarrollados por los órganos de
recaudación.
Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el
derecho a pedir la adjudicación para el Estado, del bien
que no hubiera sido objeto del remate, conforme
a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento
General de Recaudación.
Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos
títulos estarán a disposición de los interesados en las
oficinas de esta Dependencia de Recaudación donde
podrán ser examinados todos los días hábiles a partir
de la publicación del presente anuncio, hasta el día
anterior al de subasta. En caso de no estar inscritos
los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación
es título mediante el cual puede efectuarse la
inmatriculación en los términos previstos en el artículo
199 b) de la Ley hipotecaria y en los demás casos
se estará a lo dispuesto en el Título VI de dicha Ley.
Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados
de la transmisión, incluídos los derivados de la
inscripción en el Registro de la Propiedad del
mandamiento de cancelación de cargas no preferentes,
serán por cuenta del adjudicatario.
Respecto al estado de las deudas con la
comunidad de propietarios, que pudieran existir, de las
viviendas o locales, el adjudicatario exonera
expresamente a la Agencia Tributaria, al amparo del
artículo 9 de la Ley 49/1960 de 21 de junio, de
Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999,
de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación
sobre el estado de las deudas de la comunidad,
siendo a cargo del mismo los gastos que queden
pendientes de pago.
Undécimo.-El procedimiento de apremio
solamente se suspenderá en los términos y condiciones
señalados en los artículos 135 y 136 de la Ley
General Tributaria.
En todo lo no previsto en este anuncio se estará
a lo preceptuado en las disposiciones legales que
regulen el acto.
Relación de bienes a subastar
Subasta nS2004R2976001007
Lote único:
Deudor:
Tipo de subasta en primera licitación: 486.087,09.
Tramos: 2.000,00.
Depósito: 97.217,41.
Tipo de derecho: Pleno dominio.
Bien n1.
Tipo de bien: Finca rústica.
Localización: Pago de la Mata Parejo 12, 18128
Zafarraya (Granada).
Inscrita en el Registro número 1 de Alhama de
Granada.
Tomo: 246, Libro: 18, Folio: 23, Finca: 2214,
Inscripción: 1.
Descripción:
Suerte de tierra de monte bajo y erial, en el Sitio
de Parejo, Pago de la Mata, término de Ventas de
Zafarraya, de cabida de una hectárea cincuenta
áreas. Linda: norte y este, finca matriz de donde
se segregó; sur, Victoriano Olmos Guerrero,
enmedio del Camino de Vélez; y oeste, Magdalena
Moreno Moreno.
Valoración: 537.905,83.
Cargas:
Importe total actualizado: 51.818,74.
Carga número 1.
Hipoteca Unicaja, inscripción 1, Tomo 10,
Libro 246, Folio 23.
Carga número 2.
Acreedor preferente Discampo letra C.
Carga número 3.
Acreedor preferente Grúas Alhambra letra D.
Carga número 4.
Acreedor preferente Servicio Provincial de
Recaudación letra E.
Carga número 5.
Acreedor preferente Excelentísimo Ayuntamiento
de Alhama de Granada letra F.
Málaga, 30 de enero de 2004.-El Jefe de la
Dependencia de Recaudación, Fernando Marcos
Gómez.-8.764.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid