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Documento BOE-B-2004-38089

TANATORIO DE HUESCA, S. L.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2004, páginas 1328 a 1328 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2004-38089

TEXTO

En el expediente tramitado en el Tribunal de

Defensa de la Competencia con el n.o 550/02

(2264/01 del Servicio de Defensa de la

Competencia) iniciado por denuncia formulada por la

Asociación Española de Floristas Interflora contra

Funerarias del Altoaragón, S.L. y el Tanatorio de Huesca,

S.L., por supuestas conductas por la Ley 16/1989,

de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, con

fecha de 16 de septiembre de 2003 se ha dictado

Resolución cuya parte dispositiva dice:

Primero.-Declarar acreditada la realización por

parte de Funerarias del Altoaragón, S.L. propietaria

del Tanatorio Hnos. Santander y de Tanatorio de

Huesca, S.L. de una conducta restrictiva de la

competencia, prohibida por el art. 1.1 de la Ley 16/1989,

de 17 de julio, de Defensa de la Competencia,

consistente en la adopción de un acuerdo para exigir

de las floristerías determinadas cantidades de dinero

por la entrada en los Tanatorios de coronas y

adornos florales.

Segundo.-Imponer a Funerarias del Altoaragón,

S.L. y a Tanatorio de Huesca, S.L. como autores

de esta conducta prohibida la multa de tres mil

euros (3.000 euros) a cada una de las mencionadas

entidades.

Tercero.-Intimar a Funerarias del Altoaragón,

S.L. y a Tanatorio de Huesca, S.L. para que se

abstengan de realizar en el futuro la conducta

prohibida sancionada.

Cuarto.-Ordenar a Funerarias del Altoaragón,

S.L. y a Tanatorio de Huesca, S.L. la publicación

a su costa y en el plazo de dos meses a contar

desde la notificación de esta Resolución, de la parte

dispositiva de la misma en el Boletín Oficial del

Estado y en las páginas de información económica

de dos de los diarios de información general de

mayor circulación de ámbito nacional, con

apercibimiento de una multa coercitiva de seiscientos

euros por cada día de retraso en la publicación.

Quinto.-Funerarias del Altoaragón, S.L. y

Tanatorio de Huesca, S.L. justificarán ante el Servicio

de Defensa de la Competencia el cumplimiento de

lo acordado en los anteriores apartados segundo

y cuarto.

Entidad obligada a hacer la publicación:

Tanatorio de Huesca, S.L.

Huesca, 2 de febrero de 2004.-Administradora,

María Marta Bernues Escario.-4.352.

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ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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