1. Antecedentes.
Con fecha 22 de septiembre de 2000, el Ministerio de Fomento sometió a Información Pública el Estudio Informativo y el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Aeropuerto de Barcelona-Hospitalet-c/ Mallorca», realizándose en paralelo el trámite de Información Oficial.
El objeto de este Estudio Informativo era analizar las soluciones para la penetración de la línea de alta velocidad en la ciudad de Barcelona y en el aeropuerto de El Prat. Con motivo del debate surgido tras la Información Pública, el 10 de octubre de 2001, se firmó el «Protocolo de cooperación entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Cataluña, el Consejo Comarcal del Bajo Llobregat, y los Ayuntamientos de San Boi de Llobregat, El Prat de Llobregat, Hospitalet de Llobregat y Cornellá de Llobregat para el desarrollo de las Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad», posteriormente modificado el 28 de julio de 2003, en el que se acordó un trazado y unas características de proyecto que, en la zona comprendida entre Sant Boi y la Ronda Litoral, diferían sustancialmente de los sometidos a Información Pública. Por ello el Ministerio de Fomento redactó un nuevo Estudio Informativo denominado «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Sant Joan Despí-La Torrassa», que fue objeto de un nuevo proceso de Información Pública por lo que del Estudio Informativo objeto de procedimiento solo se mantiene el tramo La Torrassa-Sants. Para el acceso Sur a Barcelona de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera Francesa y por tanto para el subtramo La Torrassa-Sants del Estudio Informativo del tramo Aeropuerto de Barcelona-Hospitalet-c/ Mallorca que forma parte del mismo, se plantea una única solución. La solución está de acuerdo con la acordada para la línea de ancho UIC y para las líneas de ancho ibérico de Vilanova y de Vilafranca del Penedés en el citado «Protocolo de Cooperación entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Cataluña, el Consejo Comarcal del Bajo Llobregat y los Ayuntamientos de Sant Boi de Llobregat, El Prat de Llobregat, Hospitalet de Llobregat y Cornellá de Llobregat para el desarrollo de las Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad» firmado en octubre de 2001 y modificado en julio de 2003. Con anterioridad a la firma de estos protocolos y en lo relativo al tramo La Torrassa-Sants, como consecuencia de las alegaciones presentadas tras el proceso de Información Pública, en particular aquellas relativas al impacto acústico y efecto barrera, el Ministerio de Fomento realizó diversosestudios y mantuvo contactos con las diferentes administraciones competentes, firmándose el 17 de abril de 2001 el «Protocolo de Cooperación entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Barcelona». En dicho protocolo se acordó reducir sensiblemente el número de vías en superficie con objeto de mejorar la permeabilidad transversal, reducir el impacto visual y mejorar las condiciones urbanas de la zona; también se acordó que el acceso de las vías de ancho internacional se realizase en túnel desde la curva de La Torrassa (comienzo del tramo y unión con el estudio informativo Sant Joan Despí-La Torrassa) hasta la estación de Sants; y la implementación de técnicas especiales para reducir los efectos sónicos de las vías de ancho ibérico que permanecen en superficie. Esta solución reduce la dimensión del actual pasillo ferroviario (sin salirse del mismo) a sólo cuatro vías en superficie y aleja éstas lo más posible de las edificaciones, al ocupar la vía de ancho internacional en túnel la franja más cercana a las edificaciones colindantes. Así, quedarían cuatro vías de ancho ibérico en superficie (doble vía de la costa procedente de Vilanova y doble vía del interior procedente de Vilafranca del Penedés) y la doble vía de ancho internacional en túnel. Por lo tanto, aunque en el Estudio Informativo estaba previsto que todas las vías en este subtramo discurriesen en superficie, esta solución fue modificada tras el proceso de Información Pública y las vías de la línea de alta velocidad discurrirán en túnel desde la curva de La Torrassa (donde termina el tramo anterior previsto en túnel) hasta la estación de Sants. Durante el periodo de Información Pública se recibieron veintitrés (23) alegaciones presentadas por los siguientes Organismos, entidades y particulares afectados:
La Asociación de Vecinos y Comerciantes de la calle Roser.
Coordinadora d'entitats Poble Sec. Foment Excursionista de Barcelona. Club Atletic Runnig de Barcelona. Asociación de Comerciantes y Vecinos de la calle Poeta Cabanyes de Barcelona. Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Barcelona. Asociación de Peres de Deficients Psiquics de Poble Sec. Asociación de Vecinos de Sants, Hostafrancs y La Bordeta (2 Alegaciones). Grupo Político Ezquerra Unida i Alternativa Els Verds del Ayuntamiento de Hospitalet. Els Verds del Bajo Llobregat y Hospitalet. Asociación de Vecinos Provençals de la Verneda, Unión Sportiva Sant Martí i U.D.A.F. Sant Martí y Centro Andaluz de la comarca de Estepa y S. Sur. Grupo Municipal Iniciativa per Catalunya-Verds del Ayuntamiento de Barcelona. Ezquerra Republicana de Cataluña. Grupo Municipal de Convergencia i Unió del Ayuntamiento de Barcelona. Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de Cataluña. Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat. Plataforma Sagrera Estación 2004, Asociación Cultural La Nau Ivanow, Sagrera Activa Asociación de Comerciantes y Xavier Basiana I Vers. Ayuntamientos de Sant Joan Despí, Cornellá, Sant Boi y Barcelona. Consejo Comarcal del Bajo Llobregat. La Sagrera Estación 2004. Ayuntamiento de Barcelona. Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat.
La Abogacía del Estado informó favorablemente en mayo de 2002 la tramitación seguida en la Información Pública del Estudio Informativo.
En fecha 9 de diciembre de 2004 el Ministerio de Medio Ambiente formuló la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental. En fecha 10 de diciembre de 2004 la Subdirección General de Planes y Proyectos eleva Propuesta de Aprobación del Expediente de Información Pública y Aprobación Definitiva del Estudio Informativo «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Aeropuerto de Barcelona-Hospitalet-c/ Mallorca. Subtramo. La Torrassa-Sants».
2. Resolución.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas en el proceso de Información Pública y Oficial del Estudio Informativo «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Aeropuerto de Barcelona-Hospitalet-c/ Mallorca» relativas al subtramo La Torrassa-Sants. Se resuelve lo siguiente: 1) Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en la sección primera capítulo segundo del Vigente Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto 1211/90 de 28 de septiembre).
2) Aprobar el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Aeropuerto de Barcelona-Hospitalet-c/ Mallorca. Subtramo: La Torrassa-Sants», manteniendo el mismo corredor que el definido en dicho estudio para el tramo La Torrassa-Sants, incorporando al mismo las conclusiones recogidas en el «Protocolo de Cooperación entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Cataluña, el Consejo Comarcal del Bajo Llobregat y los Ayuntamientos de Sant Boi de Llobregat, El Prat de Llobregat, Hospitalet de Llobregat y Cornellá de Llobregat, para el desarrollo de las Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad» firmado en octubre de 2001 y modificado en julio de 2003, y en el «Protocolo de Cooperación entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Barcelona para el desarrollo de las Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad»firmado en abril de 2001. 3) En los sucesivos proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:
3.1) Las establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental.
3.2) Durante la redacción de los diferentes proyectos constructivos se estudiarán las fases de ejecución compatibles con las prioridades que pudieran establecerse y siempre de acuerdo con las necesidades de la explotación ferroviaria. 3.3) La reposición de viales, servidumbres y accesos del Estudio Informativo se considerará de nuevo en los proyectos constructivos para analizar posibles modificaciones así como la ejecución de nuevos pasos o caminos. Durante la redacción de dichos proyectos se mantendrán contactos con los Ayuntamientos, asociaciones y otros interesados, para concretar conexactitud los caminos y pasos que haya que reponer o construir, así como prever la reposición de redes de abastecimiento, colectores y demás servicios afectados. 3.4) Durante la redacción de los proyectos constructivos se mantendrán contactos con los distintos departamentos del Ministerio de Fomento, de la Generalitat de Cataluña y del Ayuntamiento de Barcelona para coordinar y diseñar cuantas interferencias pudieran existir con las autopistas y/o carreteras nacionales, autonómicas y locales, tanto en planeamiento o ejecución. 3.5) En las zonas que se prevea puedan existir yacimientos arqueológicos se realizará, antes de iniciarse las obras, una campaña de reconocimiento a fin de preservar el patrimonio artístico y cultural.
3.6) En lo relativo a las vías pecuarias se atenderá a lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, BOE 24/3/95, sobre vías pecuarias, garantizando la continuidad de las existentes.
Madrid, 13 de diciembre de 2004.-El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Fdo. Víctor Morlan Gracia.-57.324.
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