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Documento BOE-B-2004-24118

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del acuerdo de incoación de expedientes sancionadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2004, páginas 768 a 768 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2004-24118

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y dado que no ha podido

ser efectuada la notificación en sus últimos

domicilios sociales conocidos, se notifica a las sociedades

que en el anexo se relacionan que el Presidente

del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,

en uso de las atribuciones conferidas por el

apartado 1 del artículo 221 del Texto Refundido de la

Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real

Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre,

ha dictado, con fecha 3 de diciembre de 2003,

Acuerdo de Incoación de expedientes sancionadores

por el posible incumplimiento de la obligación de

depósito, en la debida forma y plazo en el Registro

Mercantil de sus domicilios sociales, de sus cuentas

anuales y documentación complementaria

correspondiente al ejercicio social del año 2001, de

acuerdo con lo establecido en la Sección Décima del

capítulo VII (artículos 218 a 222), del citado Texto

Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Este hecho puede ser constitutivo de la infracción

administrativa tipificada en el precitado apartado

1 del artículo 221 del Texto Refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, el cual prevé la imposición

de una sanción de multa, graduable según los

parámetros y previsiones específicas contempladas en

los apartados 2 y 3 del mismo artículo.

A efectos del régimen de recusación vigente

establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, la competencia

para la instrucción de dichos expedientes

corresponde a funcionarios de este Instituto, cuyo nombre

consta en el Acuerdo de Incoación íntegro.

La competencia para la resolución de los

expedientes, conforme a lo preceptuado en el

artículo 221 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades

Anónimas, corresponde al Presidente de este

Instituto.

Dado que este Acuerdo no se publica en su

integridad, de conformidad con la previsión del artículo

61 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se indica a las sociedades

inculpadas que el Acuerdo de Incoación íntegro está

a su disposición, junto al resto de los documentos

de los expedientes, en la sede de este Instituto -calle

Huertas, número 26, C.P. 28014, Madrid-, así como

que, tal y como dispone el artículo 16 del Real

Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que

se aprueba el Reglamento del Procedimiento para

el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, dispone

de un plazo de quince días, a contar desde la

publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del

Estado, o desde el último día de su exhibición en

el tablón de edictos del Ayuntamiento en que

radique el domicilio de cada una de las sociedades,

si fuera posterior, para aportar cuantas alegaciones,

documentos o informaciones estime convenientes

y, en su caso, proponer prueba concretando los

medios de que pretenda valerse, de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Asimismo en

el supuesto de que no se presentarán alegaciones

en dicho plazo, y dado que el presente acuerdo

de incoación contiene un pronunciamiento preciso

acerca de la responsabilidades imputadas, el

contenido del mismo será considerado como propuesta

de resolución, debiendo entenderse a tal efecto

propuesta la imposición a cada una de las entidades

inculpadas de la correspondiente sanción de multa

por el importe que en el anexo se detalla.

Anexo

Relación de número de expedientes, sociedades

inculpadas, domicilios sociales, cifras de capital

social y multa propuesta para cada sociedad en el

supuesto de que no se facilite los datos solicitados

sobre su dimensión social ni se formulen alegaciones

2003009663; Metalúrgica Granadina, S.A.;

Antiguo Hipódromo. 18100 Armilla (Granada);

477.804,62; 11.651,04.

2003009672; La Herradura Oro Verde, S.A.;

Altos de San Nicolás; Finca la Granadilla; 18010

Granada; 465.784,38; 11.481,45.

2003009744; Edificios Alhama, S.A.; calle

Recogidas, 46; 18002 Granada; 2.374.899,33; 28.121,93.

2003009762; Cabupam, Sociedad Limitada;

Colonia Divina Infantita, calle B, número 5; 18008

Granada; 403.639,73; 10.567,48.

2003009771; Áridos El Suspiro, S.L.; Casería Los

Llanos, 1; 18620 Alhendin (Granada); 601.012,10;

13.279,36.

2003009780; Vega Rica Europa, S.A.; Ctra. Santa

Fe, Atarfe, km. 1,5; 18320 Santa Fe (Granada);

596,444,41; 13.222,16.

2003009799; Herederos de González y Díaz, S.L.;

Avenida de la Constitución, núm. 42, 6.o C; 18012

Granada; 675.537,61; 14.183,72.

2003009825; Zonatron Serprosa Granada, S.A.;

calle Sevilla, Polígono Industrial Asegra; 18210

Peligros (Granada); 444.568,5; 11.176,69.

2003009816; Ecoforestal Ibérica Maderas, S.A.;

calle Riego, 13; 49004 Zamora; 435.709,74;

11.047,29.

Madrid, 20 de enero de 2004.-El Secretario

General, Pedro de María Martín.-2.242.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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