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Documento BOE-B-2004-211033

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación provisional del proyecto de trazado "Autopista de peaje AP-7. Tramo: Campello-Autovía A-31 de Alicante. Modificación de los ramales del Enlace de Busot-Mutxamel" y se somete a información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 1 de septiembre de 2004, páginas 7798 a 7798 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-211033

TEXTO

Aprobado provisionalmente por la Dirección

General de Carreteras por Resolución de 29 de julio

de 2004, el Proyecto de Trazado de clave

T8-A-9904.A "Autopista de peaje AP-7. Tramo:

Campello-Autovía A-31 de Alicante. Modificación

de los ramales del Enlace de Busot-Mutxamel", de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de

la Ley de Carreteras, de 29 de julio de 1988 (Ley

25/1988), y en el artículo 34 del Reglamento

General de Carreteras, de 2 de septiembre de 1994 (Real

Decreto 1812/1994), se somete el mencionado

Proyecto de Trazado a información pública por un

período de treinta días hábiles contados a partir

del primer día hábil siguiente al de publicación de

este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" para

que en el citado plazo pueda ser examinado por

quienes lo deseen, en días y horas de oficina, en

la Demarcación de Carreteras del Estado en la

Comunidad Valenciana, calle Joaquín Ballester,

número 39, primera planta; en la Unidad de

Carreteras del Estado en Alicante, Pza. de la Montañeta

n.o 5 ; en la Diputación Provincial de Alicante;

en la Diputación Provincial de Valencia y en los

Ayuntamientos de Busot y Mutxamel.

Durante el expresado plazo podrán presentarse

en las oficinas de la Demarcación de Carreteras,

o por cualquiera de los sistemas señalados en el

artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, las alegaciones y

observaciones que estimen oportunas, acerca de las

circunstancias que justifiquen la declaración de interés

general de la carretera y sobre la concepción global

de su trazado. Se hace constar que la información

pública lo es también a los efectos establecidos en

el Real Decreto 1302/1986, de 28 de junio, y su

Reglamento (Real Decreto 1131/1988), de 30 de

septiembre, relativos a la Evaluación de Impacto

Ambiental.

Lo que comunico para su general conocimiento.

Valencia, 23 de agosto de 2004.-El Ingeniero,

Jefe de la Demarcación, P.V., Andrés Fuster

Morera.-41.669.

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