Aprobado provisionalmente por la Dirección
General de Carreteras por Resolución de 29 de julio
de 2004, el Proyecto de Trazado de clave
T8-A-9904.A "Autopista de peaje AP-7. Tramo:
Campello-Autovía A-31 de Alicante. Modificación
de los ramales del Enlace de San Vicente del
Raspeig", de conformidad con lo dispuesto en el artículo
10 de la Ley de Carreteras, de 29 de julio de 1988
(Ley 25/1988), y en el artículo 34 del Reglamento
General de Carreteras, de 2 de septiembre de 1994
(Real Decreto 1812/1994), se somete el
mencionado Proyecto de Trazado a información pública
por un período de treinta días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de publicación
de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado"
para que en el citado plazo pueda ser examinado
por quienes lo deseen, en días y horas de oficina,
en la Demarcación de Carreteras del Estado en
la Comunidad Valenciana, calle Joaquín Ballester,
número 39, primera planta; en la Unidad de
Carreteras del Estado en Alicante, Pza. de la Montañeta
n.o 5 ; en la Diputación Provincial de Alicante,
en la Diputación Provincial de Valencia y en los
Ayuntamientos de Alicante y San Vicente del
Raspeig.
Durante el expresado plazo podrán presentarse
en las oficinas de la Demarcación de Carreteras,
o por cualquiera de los sistemas señalados en el
artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, las alegaciones y
observaciones que estimen oportunas, acerca de las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés
general de la carretera y sobre la concepción global
de su trazado. Se hace constar que la información
pública lo es también a los efectos establecidos en
el Real Decreto 1302/1986, de 28 de junio, y su
Reglamento (Real Decreto 1131/1988), de 30 de
septiembre, relativos a la Evaluación de Impacto
Ambiental.
Lo que comunico para su general conocimiento.
Valencia, 23 de agosto de 2004.-El Ingeniero,
Jefe de la Demarcación, P.V., Andrés Fuster
Morera.-41.670.
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