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Documento BOE-B-2004-204073

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía de Málaga, de Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración en concreto de la Utilidad Pública de las Instalaciones correspondientes al proyecto línea eléctrica aérea de 20 kW. en los Términos Municipales de Málaga y Comares. (Expte. AT 678/5.189).

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 24 de agosto de 2004, páginas 7618 a 7618 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2004-204073

TEXTO

Visto el expediente tramitado a instancia de la

entidad mercantil Endesa Distribución

Eléctrica, S. L., para la autorización administrativa,

aprobación de proyecto y declaración en concreto de

utilidad pública de las instalaciones

correspondientes al proyecto de referencia, y en orden a los

siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-Mediante escritos de fecha 17 de julio

de 2001 y 1 de julio de 2002, D. Jesús Rodríguez

Álvarez en nombre y representación de la entidad

mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S. L.

solicitó autorización administrativa, aprobación del

proyecto y declaración en concreto de utilidad pública

de las instalaciones correspondientes al proyecto

de Línea aérea de 20 kW. con conductor al-ac de

54,6 mm.2 de sección y 1.478 metros de longitud,

con apoyos metálicos galvanizados, cuya finalidad

es el cierre de líneas denominadas Benamargosa

y Candado, entre P.T. El Charcón y P.T. Comares,

afectando a los términos municipales de Málaga

y Comares. A esta solicitud la compañía peticionaria

adjuntó relación concreta e individualizada de los

bienes y derechos que consideraba de necesaria

expropiación u ocupación.

Segundo.-El proyecto presentado fue sometido

al trámite de prevención ambiental, mediante

publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de

Málaga núm. 18, de 28 de enero de 2002, emitiéndose

con fecha 7 de noviembre de 2002 el perceptivo

informe ambiental favorable condicionado, en los

términos que obran en el expediente.

Tercero.-El trámite de información pública de

este expediente se realizó mediante exposición en

los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de

Málaga y Comares y anuncio en las siguientes

publicaciones: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

n.o 237, de 10 de diciembre de 2003; Boletín Oficial

del Estado n.o 277, de 19 de noviembre de 2003;

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga n.o 239,

de 16 de diciembre de 2003 y Diario Sur de fecha

18 de octubre de 2003.

Cuarto.-Durante el período de información

pública presentaron alegaciones D. Francisco Cueto

Muñoz, en nombre y representación de herederos

de D. Rafael Cueto Pérez y el Excmo. Ayuntamiento

de Málaga.

D. Francisco Cueto Muñoz muestra su

disconformidad respecto al trazado por considerar que

perjudica gravemente a la propiedad afectada, ya

que en la misma se ha iniciado la rehabilitación

y construcción de viviendas.

El Excmo. Ayuntamiento de Málaga manifiesta

que el artículo 9.1.11 del PGOU de Málaga prohibe

los tendidos eléctricos en media y baja tensión en

la clase de suelo afectado.

Trasladadas las anteriores alegaciones a la entidad

solicitante, ésta contestó, respecto a las alegaciones

de d. Francisco Cueto Muñoz que la traza de la

línea cumple escrupulosamente las condiciones

establecidas en el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta

Tensión y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre. Añade que según consta en la

documentación gráfica que figura en el proyecto, en el entorno

de la ubicación del apoyo metálico no se contempla

el trazado de camino alguno.

A las alegaciones del Excmo. Ayuntamiento de

Málaga manifiesta que con este proyecto se pretende

la mejora del servicio, beneficiándose especialmente

Olías. Añadiendo la imposibilidad de soterrar la

línea, puesto que aún no existen viales, asumiendo

el coste derivado de dicha actuación cuando se

produzca su promoción urbanística.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es

competente para conocer y resolver el presente expediente

conforme a lo establecido en los Reales

Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de

29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y

servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en

materia de Industria, Energía y Minas; Decreto del

Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre

reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de

11 de mayo, por el que regula la estructura orgánica

de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-En cuanto a las alegaciones

presentadas al proyecto, respecto a las de D. Francisco Cueto

Muñoz, no quedan acreditadas sus manifestaciones,

por lo que no se introduce modificación alguna al

proyecto que deban ser consideradas.

Respecto a las alegaciones presentadas por el

Excmo. Ayuntamiento de Málaga, puesto que en ellas

no se establece ningún condicionado de índole

técnico, ni se infiere que la actuación solicitada afecte

a sus bienes y derechos, la actividad de esta

Delegación Provincial deja incólumes sus competencias

en materia de ordenación del territorio, toda vez

que el artículo 40 de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico, establece que estas

autorizaciones serán otorgadas sin perjuicio de las

concesiones y autorizaciones que sean necesarias,

de acuerdo con otras disposiciones que resulten

aplicables y en especial las relativas a la ordenación

del territorio y al medio ambiente.

Vistas la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico; Decreto 1995/2000, de 1 de

diciembre, sobre Autorización de Instalaciones

Eléctricas; Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección

Ambiental; Decreto 153/1996, de 30 de abril, de

Informe Ambiental; Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la

Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por

Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, esta Delegación Provincial,

resuelve:

Conceder autorización administrativa, aprobación

del proyecto de ejecución y declaración en concreto

de utilidad pública de la instalación de referencia,

con arreglo a las condiciones siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con

el proyecto presentado y reglamentos de aplicación,

con las variaciones que, en su caso, se soliciten

y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de doce

meses, contados a partir de la fecha de la presente

resolución.

3. La Administración dejará sin efecto la

presente resolución en cualquier momento en que se

observe el incumplimiento de las condiciones

impuestas en ella.

4. Asimismo, el titular de las instalaciones

tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones

impuestas por los Organismos y Corporaciones que

las han establecido, las cuales han sido puestas en

su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además

el titular deberá disponer de todos los permisos de

paso, cruce y ocupación necesarios.

5. El director de obra de las citadas instalaciones

certificara que las mismas se ajustan al proyecto

y a los reglamentos que sean de aplicación.

6. En el caso de proyectos de modificación de

instalaciones existentes, se aportaran las revisiones

reglamentarias de las instalaciones que alimenta.

7. Para la ejecución de las instalaciones se

cumplirán los condicionados y plazos impuestos en el

Informe Ambiental.

8. La presente autorización se otorga sin

perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean

necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que

resulten aplicables, y en especial las relativas a la

ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente Resolución, que no agota la

vía administrativa, podrá interponerse recurso de

alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación,

Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en

el plazo de un mes, contado desde el día siguiente

a su notificación, conforme determinan los

artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, según redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Málaga, 2 de junio de 2004.-La Delegada

provincial, María Gámez Gámez.-&41.159.

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