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Documento BOE-B-2004-185051

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", la ampliación de la subestación a 220 kV denominada "Torrearenillas" , en el término municipal de Palos de la Frontera, en la provincia de Huelva.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 2 de agosto de 2004, páginas 6870 a 6871 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2004-185051

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia

del Área de Industria y Energía de la Subdelegación

del Gobierno en Huelva, a instancia de "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima", con domicilio

en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del

Conde de los Gaitanes 177, solicitando la

autorización administrativa de la ampliación de la

instalación eléctrica citada;

Resultando que la subestación de "Torre

Arenillas" fue autorizada por Resolución de la Delegación

Provincial del Ministerio de Industria de Huelva

de fecha 16 de agosto de 1968, autorizándose con

posterioridad varias ampliaciones;

Resultando que en la actualidad la subestación

está constituida por dos parques, uno de 66 KV

propiedad de Sevillana-Endesa, que no es objeto

de este proyecto, y otro de 220 KV objeto de la

presente ampliación, transferido por

Sevillana-Endesa a "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima", en virtud de los recientes acuerdos entre

ambas compañías;

Resultando que a los efectos previstos en el

artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de

instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a

información pública la petición de "Red Eléctrica de

España, Sociedad Anónima", no habiéndose

presentado alegaciones ni oposición alguna al proyecto

durante el plazo reglamentario;

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto

al Ayuntamiento de Palos de la Frontera en cuyo

termino municipal radica la subestación, a fin de

que, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 127 y 131 del referido Real Decreto

1995/2000, de 1 de diciembre, para que informe

sobre su conformidad o reparos y establezca, en

su caso, los condicionados que estime oportunos,

y reiterada la petición, no existe pronunciamiento

alguno por parte del mismo, por lo que en aplicación

de lo dispuesto en los referidos artículos se entiende

la conformidad de dicho Ayuntamiento con la

instalación eléctrica proyectada;

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto

a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras

Públicas y Transportes, a fin de que, de conformidad

con lo establecido en las disposiciones adicionales

duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003,

de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión

de obras públicas, informe sobre su adaptación al

planeamiento urbanístico, por dicha Delegación

Provincial se ha emitido informe favorable, no

existiendo pronunciamiento alguno por parte del

Ayuntamiento de Palos de la Frontera transcurrido el

plazo reglamentario, por lo que teniendo en

consideración lo dispuesto en la disposición adicional

tercera de la Ley 13/2003 se entenderá evacuado

dicho informe en sentido favorable;

Considerando que la ampliación proyectada se

encuentra contemplada como integrante de la Red

de Transporte en el documento denominado

"Planificación de los Sectores de Gas y Electricidad,

Desarrollo de la Red de Transporte e 2002-2011",

aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros

de fecha 13 de septiembre de 2002 y ratificado

por la Comisión de Economía y Hacienda del

Congreso de los Diputados con fecha 2 de Octubre

de 2002;

Considerando que la ampliación proyectada en

el parque de 220 KV de la subestación de

Torrearenillas, conjuntamente con otras instalaciones y

ampliaciones previstas, posibilitará la incorporación

a la Red de Transporte de la nueva generación a

instalar en la zona, implicando, a su vez, un

importante refuerzo en el mallado de la Red de Transporte

en la zona, lo que redundará en una considerable

mejora en los niveles de garantía de seguridad, de

fiabilidad y de calidad del sistema eléctrico, tanto

a escala regional como nacional,

Visto el informe favorable emitido por la

Dependencia del Área de Industria y Energía de la

Subdelegación del Gobierno en Huelva,

Visto el informe de la Comisión Nacional de

Energía, aprobado por el Consejo de Administración

en su sesión celebrada el día 1 de julio de 2004.

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios que se establecen en el Capítulo II,

del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre y en las disposiciones adicionales

duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de

23 de mayo, reguladora del contrato de concesión

de obras públicas,

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima", la ampliación de la subestación a 220

KV de "Torrearenillas", situada en el término

municipal de Palos de la Frontera, en la provincia de

Huelva, y que consiste, básicamente en:

Construcción de la nueva calle 4 para la nueva

posición resultante denominada "Palos".

Aparamenta a instalar: Dos interruptores, cinco

seccionadores rotativos de tres columnas, dos

bobinas de bloqueo y tres transformadores de tensión

capacitivos.

Ampliación de las redes de tierra inferiores y

superiores.

Estructura metálica de perfiles de acero

galvanizado.

Obra civil: Cimentaciones de hormigón para

estructuras metálicas correspondientes a la nueva

calle 4, y construcción de un nuevo edificio de

control.

Ampliación y adecuación de los sistemas de

control, protecciones y comunicaciones con sistema de

fibra óptica y onda portadora.

Ampliación y adecuación de los sistemas de

servicios auxiliares y de alumbrado y fuerza.

Una vez realizada la correspondiente ampliación

en el parque de 220 KV, la subestación de

Torrearenillas, en configuración de interruptor y medio,

quedará con la siguiente disposición de posiciones

en el parque.

Calle 1 Línea Colón Transformador T-1 220/66

KV.

Calle 2 Línea Santiponce Reserva.

Calle 3 Reserva Transformador T-III 220/66 KV.

Calle 4 Línea Palos Reserva.

La finalidad de la ampliación proyectada tiene

por objeto posibilitar la salida de la línea a 220

KV que unirá las subestaciones de Palos y

Torrearenillas.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor

Secretario General de Energía (por delegación Orden

ITC/1102/2004, de 27 de abril, Boletín Oficial del

Estado número 103 de 28 de abril) en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo

14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 5 de julio de 2004.-El Director general,

Jorge Sanz Oliva.-37.834.

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