El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión
promovido por Pascual Vicente Gil, S. L., contra
desestimación de recurso de reposición sobre
sanción impuesta acerca del Impuesto sobre el Valor
Añadido del año 1997 (4.a T), acuerda declararlo
inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 30 de junio de 2004.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amani.-35.070.
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