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Documento BOE-B-2004-125065

Resolución de 10 de mayo de 2004, de la Delegación Provincial de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio en Lugo, por la que se abre información pública para autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de las instalaciones que comprende el Proyecto modificado del "parque eólico Coruxeiras", promovido por Norvento, S.L. (Expte.: 054-EOL).

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 24 de mayo de 2004, páginas 4530 a 4530 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2004-125065

TEXTO

Información Pública de la Resolución de 10 de

mayo de 2004 de la Delegación Provincial de la

Consellería de Innovación, Industria y Comercio

en Lugo, por la que se abre información pública

para autorización administrativa, declaración de

utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución

y proyecto sectorial de incidencia supramunicipal

de las instalaciones que comprende el Proyecto

modificado del "parque eólico Coruxeiras",

promovido por Norvento, S.L. (Expte.: 054-EOL).

Por Resolución de 10 de mayo de 2004 de la

Delegación Provincial de Lugo, a los efectos

previstos en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre,

de Evaluación de Impacto Ambiental para Galicia,

art. 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre

del Sector Eléctrico, capítulo V del Título VII del

Real-Decreto 1955/2000, art. 25 da Ley 10/1995,

de Ordenación do Territorio de Galicia, Decreto

80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan

los planes y proyectos sectoriales de incidencia

supramunicipal y Decreto 302/2001, por el que se

regula el aprovechamiento de la energía eólica en

la comunidad autónoma de Galicia, se ha sometido

a información pública la solicitud de la empresa

Norvento, S.L. para el Estudio Ambiental,

autorización administrativa, declaración de utilidad

pública, que llevará consigo la urgente ocupación

de los bienes y derechos afectados, y aprobación

del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial

de las instalaciones que comprende el proyecto del

parque eólico Coruxeiras, con las siguientes

características:

Peticionario: Norvento, S.L. Ribadeo 2 Entresuelo

27002-Lugo.

Situación: Ayuntamiento de Muras (Lugo).

Emplazamiento (Coordenadas poligonales en

unidades UTM):

V1(0.607.450,00; 4.819.750,00).

V2(0.609.760,00; 4.819.750,00).

V3(0.609.760,00; 4.817.640,00).

V4(0.610.720,00; 4.817.600,00).

V5(0.610.720,00; 4.812.000,00).

V6(0.608.000,00; 4.812.000,00).

V7(0.607.450,00; 4.814.200,00).

V8(0.608.200,00; 4.815.450,00).

V9(0.608.200,00; 4.818.700,00).

V10(0.607.450,00; 4.818.700,00).

Características técnicas del parque eólico:

N.o de aerogeneradores: 41.

Potencia nominal unitaria: 1200 kW.

Diámetro de rotor: 62 m.

Número de palas: 3.

Altura de torre: 60 m.

Potencia total instalada: 49,2 MW.

Tipo de aerogenerador: Ecotecnia-62.

Producción neta anual estimada: 143.122 MWh/año.

Presupuesto total: 37.919.595,63 euros.

Características técnicas de la infraestructura

eléctrica de generación, transformación e interconexión:

41 aerogeneradores tipo Ecotecnia-62 de 1200

kW de potencia nominal unitaria.

41 centros de transformación de 1500 kVA de

potencia nominal unitaria y relación de

transformación 0,69/20 kV, instalados unitariamente en

interior de torre de aerogenerador con su

correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra

y protección.

Lineas de media tensión subterráneas para

evacuación de energía a 20 kV, de interconexión entre

centros de transformación y subestación

transformadora 20/132 kV.

Subestación transformadora 20/132 kV, para

evacuación de energía producida en el parque eólico

Coruxeiras, compuesta por un transformador

principal 20/132 kV de 50/60 MVA ONAN/ONAF

de potencia nominal y un transformador de servicios

auxiliares 20/0,4 kV de 100 kVA de potencia

nominal con los correspondientes equipos de control,

seccionamiento, maniobra, medida y protección.

Afección a fincas particulares:

Plena propiedad: Implican la ocupación del

terreno en plena propiedad.

Plataformas: Corresponde con la superficie

explanada para las plataformas y zapatas de los

aerogeneradores (570 m2) así como los taludes y

terraplenes que se necesiten para su construcción.

Subestación: Corresponde con la superficie

necesaria para la ubicación de la subestación

transformadora y el edificio de control.

Servidumbres de paso: Implica la servidumbre

permanente de paso.

Vial o Vial-zanja: Conlleva la obligación para el

propietario del terreno gravado de permitir la

construcción de caminos en su propiedad para el libre

paso de personas, vehículos y maquinaria para

servicio del parque eólico. Puede tratarse de vial ou

vial-zanja cuando el tendido eléctrico subterráneo

discurre paralelo al vial.

Zonas de maniobra: Corresponde con la superficie

necesaria para habilitar explanadas que permitan

la maniobra de vehículos y maquinaria dentro de

la zona del parque eólico.

Zanja: Afecta a una franja de cinco metros de

anchura para la construcción da gabia e tendido

eléctrico subterráneo. Conlleva la obligación para

el propietario de la finca gravada de permitir la

instalación, a través de su propiedad, del tendido

eléctrico subterráneo necesario para el parque

eólico, así como la obligación de permitir el acceso

y la ocupación de los terrenos para hacer posible

la vigilancia, control y mantenimiento de las

instalaciones.

Servidumbre de vuelo: Treinta y cinco metros

alrededor de cada uno de los aerogeneradores. Supone

la prohibición, para el titular del terreno gravado

de realizar plantaciones o construcciones en el área

señalada.

Lo que se hace público para conocimiento general

y de los propietarios de las fincas y demás titulares

afectados que no llegaron a un acuerdo con la

entidad solicitante, y que figuran en el anexo de la

citada resolución, así como a las personas que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos

sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que

puedan examinar el proyecto y presentar sus

objeciones o alegaciones al mismo, en el plazo de 30

días hábiles, en esta Delegación Provincial sita en

Edificio Administrativo Ronda da Muralla 70

(27071-Lugo).

Es de significar que esta publicación se realizará

igualmente para los efectos determinados por el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

cuando los interesados sean desconocidos, se ignore

el lugar de notificación, o bien, intentada la

notificación no se pudiese realizar.

Lugo, 10 de mayo de 2004.-El Delegado

Provincial, Jesús Bendaña Suárez.-21.810.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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