Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-114076

Resolución del Director General de Industria sobre la autorización del establecimiento de una instalación eléctrica, expediente UP 10/01, y la declaración, en concreto, de utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 11 de mayo de 2004, páginas 4091 a 4092 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-B-2004-114076

TEXTO

1. Antecedentes.

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, SLU,

con domicilio social en la calle de Joan Maragall, 16,

de Palma, solicitó, el 11 de diciembre de 2001,

la autorización administrativa y la declaración, en

concreto, de utilidad pública de la instalación

eléctrica siguiente:

Línea aérea de media tensión de 15 kV y centro

de transformación s/p Son Feina, en los términos

municipales de Selva y Mancor de la Vall.

En cumplimiento de los trámites establecidos en

el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se

regula el procedimiento aplicable en la tramitación

de las instalaciones eléctricas de la comunidad

autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 26

de julio de 1997); en los artículos 52, 53 y 54

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico (BOE núm. 285, de 28 de noviembre

de 1997), y en el Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre

de 2000), esta solicitud se ha notificado de forma

individualizada a todos los titulares afectados para

que puedan formular las alegaciones procedentes,

se ha sometido a un período de información pública,

mediante el anuncio publicado en el Boletín Oficial

de las Illes Balears núm. 35, de 15 de marzo de 2003;

en el Boletín Oficial del Estado núm. 49, de 26

de febrero de 2003, y en el Diario de Mallorca,

el 13 de marzo de 2003; esta publicación produce

los efectos previstos en los artículos 58, 59 y 60

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, a todos los

titulares afectados; y en cumplimiento de los

artículos 144 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre

de 2000), se ha notificado al Ayuntamiento de Selva

para su exposición al público y para su conocimiento

como administración afectada.

2. Informes de las administraciones públicas y

de los organismos afectados.

El Jefe de la Sección de Alta Tensión emitió,

el 2 de agosto de 2002, un informe favorable al

proyecto presentado.

El 14 de octubre de 2002, la Dirección General

de Energía emitió un informe en el que se informa

favorablemente del proyecto, dado que éste es

anterior a la entrada en vigor del Plan Director Sectorial

Energético.

El 20 de febrero de 2003, el Ayuntamiento de

Selva recibió la petición de emitir un informe y

de acreditar la correspondiente exposición pública

del proyecto de acuerdo con lo que establece el

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que

en el artículo 146 prevé que "el órgano encargado

de la tramitación del expediente, simultáneamente

al trámite de información pública, ha de dar cuenta

de la solicitud y de la parte del documento técnico

por el que las distintas administraciones,

organismos, empresas de servicio público o de servicios

de interés general resulten afectadas, para que éstas

emitan el informe correspondiente. Se entenderá

que no hay objeción alguna cuando, pasados veinte

días y reiterada la petición, transcurran diez días

más sin recibir respuesta de dichas administraciones,

organismos públicos o empresas".

El Ayuntamiento de Selva, dada su inactividad,

recibió la segunda petición de informe y de la

certificación acreditativa de la correspondiente

exposición al público el 24 de abril de 2003, sin que

se haya recibido ningún informe, ni siquiera la

acreditación de la preceptiva exposición al público.

3. Alegaciones.

Las personas afectadas por esta instalación

eléctrica han presentado escritos de alegaciones en los

cuales solicitan el soterramiento de la línea

basándose en el Decreto 58/2001, de 6 de abril, de

Aprobación del Plan Director Sectorial Energético, y de

la Orden del Consejero de Innovación y Energía

de 14 de octubre de 2002; y alegan perjuicios

económicos y para la salud.

Trasladadas las alegaciones al solicitante, Endesa

Distribución Eléctrica, SLU justifica su proyecto en

la finalidad de la instalación, que es alimentar unas

electrobombas de elevación de agua e impulsión

para proveer de agua potable las localidades de Selva

y de Mancor de la Vall.

Asimismo, amparándose en el Plan Director

Sectorial Energético, manifiesta que es la Consejería

quien ha de determinar si el proyecto presentado

puede hacerse aéreo, de acuerdo con el artículo 18.

Respecto a la vivienda existente en la parcela 9

del polígono 50 de Selva, en respuesta a las

alegaciones presentadas por el señor Bennàsar y la

señora Reus, el Reglamento Técnico de Líneas

Eléctricas de Alta Tensión, aprobado por el

Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, determina que

la distancia mínima a una vivienda ha de ser de 5

metros, distancia que se respeta, y no de 300, como

defienden las alegaciones. En el mismo sentido se

pronuncia el informe de la Sección de Alta Tensión

de 5 de noviembre de 2003.

Respecto a las radiaciones electromagnéticas,

Endesa se remite a las conclusiones efectuadas por

el Comité de Expertos del Ministerio de Sanidad

y Consumo.

4. Fundamentos de derecho.

Visto el proyecto presentado, se han cumplido

todos los trámites administrativos que dispone la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico; el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre; el Decreto 99/1997, de 11 de julio,

por el que se regula el procedimiento aplicable en

la tramitación de las instalaciones eléctricas de la

comunidad autónoma de las Illes Balears, ya

mencionados.

Respecto a la aplicación del Plan Director

Sectorial Energético, se ha de tener en cuenta que el

proyecto para el que se solicita la autorización

administrativa y la declaración de utilidad pública tiene

licencia de obras del Ayuntamiento de Selva de 21

de diciembre de 2000, por lo que, tal y como señala

el informe de la Dirección General de Energía de 14

de octubre de 2002, debe considerarse que la

tramitación del expediente se inició antes de la fecha

de la entrada en vigor del Decreto 58/2001, y que,

por tanto, no se vería afectada por la normativa

del Plan Director Sectorial Energético.

Respecto a los perjuicios económicos, son objeto

de la posterior fase de determinación del justo

precio, de acuerdo con el capítulo III del título II de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1954.

En relación con las radiaciones electromagnéticas,

la norma UNE-ENV-50166 y la Recomendación

del Ministerio de Sanidad y Consumo, "Campos

Electromagnéticos y Salud Pública", de 11 de mayo

de 2001, prevén valores máximos de los campos

electromagnéticos, que, en ambos casos, son muy

superiores a los obtenidos en comprobaciones

efectuadas en líneas similares a la que se prevé instalar

con este proyecto.

Vistas las alegaciones presentadas y los

argumentos de Endesa Distribución Eléctrica, SLU;

Vista la autorización de Telefónica;

Vistos los informes del Jefe de la Sección de Alta

Tensión, de 2 de agosto de 2002 y de 5 de noviembre

de 2003;

Visto el informe de 14 de octubre de 2002 del

Director General de Energía, en el que se informa

favorablemente sobre el proyecto presentado;

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y las

otras normas legales que sean de aplicación;

Por todo ello, cumplidos los trámites

administrativos que establece la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico; el título VII del

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y el

Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se

regula el procedimiento aplicable en la tramitación

de las instalaciones eléctricas de la comunidad

autónoma de las Illes Balears, todos ya citados;

Haciendo uso de las atribuciones que tengo

legalmente conferidas, resuelvo:

1. Autorizar la instalación de una línea aérea

de media tensión de 15 kV y centro de

transformación s/p Son Feina, en los términos municipales

de Selva y Mancor de la Vall, con las características

técnicas siguientes:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S. L.

Unipersonal.

Domicilio: calle de Joan Maragall, 16, Palma.

Situación de la instalación: en los términos

municipales de Selva y Mancor de la Vall.

Finalidad de la instalación: alimentación de

electrobombas de elevación e impulsión de aguas de

un pozo de abastecimiento de agua potable en los

municipios de Selva y Mancor de la Vall.

Datos técnicos: centro de transformación Son

Feina, tipo intemperie, con transformador de

hasta 100 kVA a 15000/380-220 voltios. Línea aérea

a 15 kV, 749 metros, conductores de Al-Alw

de 49,49 mm2 de sección.

Presupuesto: 43.154,95 euros.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza, conforme a lo que

establecen los artículos 52 y siguientes de la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, que lleva implícita, en su caso, la necesidad

de ocupación de los bienes o la adquisición de los

derechos afectados de los propietarios con quien

la persona solicitante no ha llegado a ningún

acuerdo, e implica la ocupación urgente de los bienes

y derechos citados en el anexo de esta Resolución,

a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley

de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1954.

3. Contra esta Resolución se puede interponer

un recurso potestativo de reposición ante el

Consejero de Comercio, Industria y Energía, en el plazo

de un mes a contar desde el día siguiente de su

notificación y publicación en el Boletín Oficial de

las Illes Balears, según lo que establecen los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común; o un recurso contencioso administrativo

ante la Sala Contenciosa Administrativa del

Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, según

lo que establecen los artículos 8 y 46 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la

Jurisdicción Contenciosa Administrativa, en el plazo de

dos meses a contar desde el día siguiente de su

notificación y publicación en el Boletín Oficial de

las Illes Balears.

Anexo

Relación concreta e individualizada de bienes

y derechos afectados

1. Propietarios:

Bartomeu Bennàsar Mascaró (1/2) y Aina Reus

Coll (1/2). Usufructo a favor de Pedrona Bennassar

Cifre. Domicilio: calle de Sa Creu, 1, Selva.

Finca afectada: núm. 9 del perfil de la línea.

Polígono: 21.

Parcela: 50.

Término municipal: Selva.

Núm. de finca: 7923.

Afección:

Longitud de vuelo de conductores: 42 m.

Superficie afectada por el vuelo: 42 ^ 9 = 378 m2.

Apoyos: 1.

Superficie total de la base de los apoyos: 0,48 m2.

2. Propietarios:

María Aina Marqués Lesenne (5/30). Calle de

Omelades, 2, 2.o, 07012 Palma.

María Lluïsa Marqués Lesenne (5/30). Calle de

Gabriel Roca, 19, 11 B, 07014 Palma.

María Teresa Marqués Lesenne (5/30). Calle de

la Virgen de Leian, 39, Sevilla.

Gabriel Marqués Lesenne (5/30). Calle de la Vía

Roma, 6, 1.o A, 07012 Palma.

María Lluïsa Marqués Simarro (1/30). Calle del

Paradís, 18, 2.o A, 07015 Palma.

Joan Marqués Simarro (1/30). Calle de los

Licorers, 167, 07141 polígono industrial de Marratxí.

Marta Marqués Simarro (1/30). Calle del

Temple, 5, 2.o, 07001 Palma.

Cristina Marqués Simarro (1/30). Calle del

Temple, 5, 2.o, 07001 Palma.

Antoni Marqués Simarro (1/30). Calle del

Temple, 5, 2.o, 07001 Palma.

Catalina Thomàs Marqués Lesenne (5/30). Calle

de Morey, 7, 07001 Palma.

Finca afectada: la núm. 5 del perfil de la línea.

Polígono: 21.

Parcela 60.

Término municipal de Selva.

Núm. de finca registral: 6250.

Afección:

Longitud de vuelo de conductores: 193 m.

Superficie afectada por el vuelo: 193 ^ 9 = 1.737 m2.

Apoyos: 2.

Superficie total de la base de los apoyos: 2,625 m2.

3. Propietarios:

María Aina Marqués Lesenne.

María Lluïsa Marqués Lesenne.

María Teresa Marqués Lesenne.

Catalina Thomàs Marqués Lesenne.

Finca afectada: la núm. 3 del perfil de la línea.

Polígono 21.

Parcela 130.

Término municipal de Selva.

Núm. de finca registral: 6250.

Núm. de finca catastral: 02100130GZ, a nombre

de Juan Marqués Bennàsar.

Afección:

Longitud de vuelo de conductores: 135 m.

Superficie afectada por el vuelo: 135 ^ 9 = 1.215 m2.

Apoyos: 1.

Superficie total de la base de apoyos: 1,32 m2.

4. Propietarios:

María Aina Marqués Lesenne.

María Lluïsa Marqués Lesenne.

María Teresa Marqués Lesenne.

Catalina Thomàs Marqués Lesenne.

Finca afectada: la núm. 4 del perfil de la línea.

Polígono 21.

Parcela 62.

Término municipal de Selva.

Núm. de finca registral: 6250.

Núm. de finca catastral: 02100062GM, a nombre

de Juan Marqués Bennàsar.

Afección:

Longitud de vuelo de conductores: 26 m.

Superficie afectada por el vuelo: 26 ^ 9 = 234 m2.

Palma de Mallorca, 14 de abril de 2004.-El

Director General de Industria, Gabriel de Juan

Coll.-18.884.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid