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Documento BOE-B-2004-114075

Resolución de la Dirección General de Industria de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Cantabria declarando la utilidad pública en concreto de la instalación eléctrica de alta tensión "LMT derivación a CTC Urbaser". Expediente AT-131-03(A).

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 11 de mayo de 2004, páginas 4090 a 4091 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2004-114075

TEXTO

La Empresa Electra de Viesgo Distribución, S.L.,

con domicilio social en la C/ El Medio n.o 12 de

Santander, ha solicitado ante la Dirección General

de Industria de la Consejería de Industria, Trabajo

y Desarrollo Tecnológico, la declaración en concreto

de utilidad pública de la instalación eléctrica

siguiente: "LMT derivación a CTC Urbaser". En

cumplimiento de los trámites que establece el artículo 10

del Decreto 6/2003, la solicitud mencionada ha sido

sometida a un período de información pública,

mediante el anuncio publicado en el Boletín Oficial

de Cantabria, número 227, de 25 de noviembre

de 2003, en el Boletín Oficial del Estado, número 17,

de 20 de enero de 2004, y en el periódico "Alerta",

de 24 de diciembre de 2003.

Paralelamente al trámite de información pública,

se ha practicado la Notificación individual a los

titulares afectados, para que puedan formular las

alegaciones procedentes así como al Ayuntamiento

de Meruelo. Durante el periodo de información

pública no se han formulado alegaciones. Cumplidos

los trámites administrativos establecidos en la Ley

54/1997, en el Título VII del Real

Decreto 1955/2000, en el Decreto 6/2003, en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y demás normas

de legal y vigente aplicación. Visto que de acuerdo

con lo que dispone el Real Decreto 1903/1996,

de 2 de agosto y el Decreto 99/1996, de 26 de

septiembre, la competencia para autorizar

instalaciones eléctricas provinciales corresponde a la

Dirección General de Industria. Visto el informe

favorable del Servicio de Energía, resuelvo: Declarar

la utilidad pública de la instalación eléctrica "LMT

derivación a CTC Urbaser", cuyo proyecto de

ejecución y autorización de construcción fue aprobada

por Resolución, de fecha 18 de junio de 2003,

conforme a lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, que llevará

implícita en todo caso, la necesidad de ocupación

o de adquisición de los derechos afectados de los

propietarios con los que el solicitante no ha llegado

a un acuerdo e implicará su urgente ocupación a

los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa de 16 de diciembre de 1954. Contra esta

Resolución, que no pone fin a la vía administrativa,

se podrá interponer recurso de alzada ante el

Consejero de Industria, Trabajo y Desarrollo

Tecnológico del Gobierno de Cantabria en el plazo de un

mes, a contar desde el día siguiente a su notificación,

de acuerdo con lo establecido en los artículos 114

y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

del Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La Empresa Electra de Viesgo Distribución, S.L.,

con domicilio social en la C/ El Medio n.o 12 de

Santander, ha solicitado ante la Dirección General

de Industria de la Consejería de Industria, Trabajo

y Desarrollo Tecnológico, la declaración en concreto

de utilidad pública de la instalación eléctrica

siguiente: "LMT derivación a CTC Urbaser". En

cumplimiento de los trámites que establece el artículo 10

del Decreto 6/2003, la solicitud mencionada ha sido

sometida a un período de información pública,

mediante el anuncio publicado en el Boletín Oficial

de Cantabria, número 227, de 25 de noviembre

de 2003, en el Boletín Oficial del Estado, número 17,

de 20 de enero de 2004, y en el periódico "Alerta",

de 24 de diciembre de 2003.

Paralelamente al trámite de información pública,

se ha practicado la Notificación individual a los

titulares afectados, para que puedan formular las

alegaciones procedentes así como al Ayuntamiento

de Meruelo. Durante el periodo de información

pública no se han formulado alegaciones. Cumplidos

los trámites administrativos establecidos en la Ley

54/1997, en el Título VII del Real Decreto

1955/2000, en el Decreto 6/2003, en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y demás normas de legal

y vigente aplicación. Visto que de acuerdo con lo

que dispone el Real Decreto 1903/1996, de 2 de

agosto y el Decreto 99/1996, de 26 de septiembre,

la competencia para autorizar instalaciones

eléctricas provinciales corresponde a la Dirección General

de Industria. Visto el informe favorable del Servicio

de Energía, resuelvo: Declarar la utilidad pública

de la instalación eléctrica "LMT derivación a CTC

Urbaser", cuyo proyecto de ejecución y autorización

de construcción fue aprobada por Resolución, de

fecha 18 de junio de 2003, conforme a lo dispuesto

en los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, que llevará implícita en todo

caso, la necesidad de ocupación o de adquisición

de los derechos afectados de los propietarios con

los que el solicitante no ha llegado a un acuerdo

e implicará su urgente ocupación a los efectos del

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de

16 de diciembre de 1954. Contra esta Resolución,

que no pone fin a la vía administrativa, se podrá

interponer recurso de alzada ante el Consejero de

Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico del

Gobierno de Cantabria en el plazo de un mes, a

contar desde el día siguiente a su notificación, de

acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y

siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

del Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santander, 16 de febrero de 2004.-El Director

general de Industria, Pedro Obregón Cagigas.-18.035.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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