Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-109056

Anuncio del Tribunal Económico-Administrativo Central por el que se hace pública la notificación del expediente 1323-00 y 955-00.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2004, páginas 3918 a 3918 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2004-109056

TEXTO

Este Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, conociendo de los recursos de alzada

promovidos por don Juan Mitjans Miquel y doña María

del Carmen Bosch Canals y, por el Director del

Departamento de Inspección Financiera y

Tributaria, de la Agencia Tributaria, contra resolución

del Tribunal Económico Administrativo Regional

de Cataluña de 20 de julio de 1999, en la

reclamación n.o 08/3845/96 y acumulada 08/8329/96,

referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, correspondiente a los ejercicios de 1989

y 1990, acuerda: estimar el recurso promovido por

el Director del Departamento de Inspección de la

Agencia Tributaria revocando la resolución

impugnada y confirmando las liquidaciones practicadas,

salvo en lo siguiente, y, estimar en parte el recurso

interpuesto por don Juan Mitjans Miquel y doña

María del Carmen Bosch Canals en cuanto a la

liquidación de intereses de demora conforme a lo

establecido en el fundamento de derecho décimo

de la presente resolución.

Lo que notifico reglamentariamente a Vd.,

advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía

económico-administrativa puede interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

en el plazo de dos meses a contar desde el día

siguiente de la publicación del presente Anuncio.

Caso de que la deuda hubiera estado suspendida

y del presente fallo resultase una cantidad a

ingresar sin necesidad de nueva liquidación, será de

aplicación lo dispuesto en el artículo 20.8 del

Reglamento General de Recaudación, debiendo

procederse al pago de la deuda en los plazos

siguientes, según la fecha en que esta resolución

se haya notificado:

Si lo ha sido entre los días 1 y 15 del mes, hasta

el 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Si lo ha sido entre los días 16 y último de cada

mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato

hábil posterior.

Madrid, 20 de abril de 2004.-El Vocal, Conrado

Montesinos Jaén.-16.341.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid