Desconociéndose el actual domicilio del Colegio
Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de
Ourense por no hallarse en el señalado en su día
para notificaciones en el expediente sancionador
número 531/02 (2120/00 del Servicio de Defensa
de la Competencia), Intermediación Inmobiliaria,
tramitado por supuesta infracción de la Ley
16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la
Competencia, se publica el presente anuncio en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a fin de que sirva de notificación a la citada
entidad de la Resolución, de 12 de noviembre
de 2002, recaída en el expediente citado.
Dicha Resolución acuerda en su parte dispositiva,
en lo que afecta al Colegio Oficial de Agentes de
la Propiedad Inmobiliaria de Ourense:
"1. Declarar que los Colegios Oficiales de
Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de y Ourense han
incurrido en sendas infracciones por conductas
anticompetitivas prohibidas por el artículo 7 de la Ley
de Defensa de la Competencia, consistentes en la
publicación de anuncios e informaciones que
incluyen manifestaciones falsas y susceptibles de inducir
a error al público, así como denigrantes para los
demás operadores del mercado de la intermediación
inmobiliaria que no son Agentes de la Propiedad
Inmobiliaria.
2. Intimar a cada uno de los Colegios
responsables para que se abstengan en lo sucesivo de
realizar prácticas semejantes.
3.
4. Imponer a cada uno de los Colegios Oficiales
de Agentes de la Propiead Inmobiliaria de y Ourense
la multa de cincuenta mil (50.000) euros.
5.
6. Imponer a todos los Colegios infractores la
obligación de publicar, en el plazo de dos meses
y a su costa, la parte dispositiva de esta Resolución
en el "Boletín Oficial del Estado", y a cada uno
de ellos en la sección inmobiliaria de los mismos
diarios y revistas en los que se publicaron las
conductas objeto de este expediente.
7. Imponer a cada uno de los Colegios
infractores una multa coercitiva de 300 euros por cada
día de retraso en el cumplimiento de cada una de
las obligaciones de publicación."
Contra esta Resolución, que es definitiva en vía
administrativa, no cabe recurso en tal vía,
pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Lo que se publica para que sirva de notificación
al "Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad
Inmobiliaria de Orense".
Madrid, 27 de enero de 2003.-El Secretario del
Tribunal, Antonio Fernández Fábrega.-3.150.
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