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Documento BOE-B-2003-291144

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España Sociedad Anónima" la subestación a 400 KV de "Morella", en el término municipal de Morella (Castellón), y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2003, páginas 10351 a 10352 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-291144

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia

del Área de Industria y Energía de la Subdelegación

del Gobierno en Castellón, a instancia de "Red

Eléctrica de España Sociedad Anónima", con domicilio

en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del

Conde de los Gaitanes 177, solicitando la

autorización administrativa y declaración, en concreto,

de utilidad pública de la instalación arriba citada.

Resultando que de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 125 y 144 del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se

regulan las actividades de y transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica,

la petición de "Red Eléctrica de España Sociedad

Anónima" ha sido sometida a información pública

durante el plazo reglamentario, no presentándose

alegación ni oposición alguna.

Resultando que en cumplimiento de lo dispuesto

en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto

se envío separata del proyecto al Ayuntamiento de

Morella, en cuyo término municipal se pretende

realizar la instalación a fin de emisión de informe

y establecimiento de condicionados técnicos, si

proceden.

Resultando que por el ayuntamiento de Morella

se manifiesta que el proyecto es compatible con

el Plan General de Ordenación Urbana vigente al

ubicarse en suelo no urbanizable común y, según

el artículo 137 A del mencionado Plan, es permitida

la instalación solicitada, y que para la concesión

de licencia de obras deberá aportar la

documentación correspondiente.

Considerando que la concesión de licencia

municipal de obras es un asunto ajeno al expediente

de autorización administrativa y declaración, en

concreto, de utilidad pública solicitada.

Visto el informe favorable emitido por la

Dependencia del Área de Industria y energía de la

Subdelegación del Gobierno en Castellón.

Visto el informe de la Comisión Nacional de

Energía aprobado en Consejo de Administración en su

sesión celebrada el día 16 de octubre de 2003.

Considerando que se han cumplido los tramites

reglamentarios establecidos en el título VII del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a "Red Eléctrica de España

Sociedad Anónima" la subestación a 400 KV de

"Morella", en el término municipal de Morella

(Castellón), cuyas características principales son:

Tipo intemperie con configuración en interruptor

y medio prevista para cinco Calles, con las siguientes

posiciones:

Calle 1:

Posición 11: Autotransformador AT-1.

Posición 21: Autotransformador AT-2.

Calle 2:

Posición 12: Línea Fuendetodos 2.

Posición 22: Futura 2.

Calle 3:

Posición 13: Línea Fuendetodos 1.

Posición 23: Futura 1.

Calle 4:

Posición 14: Línea Aragón.

Posición 24: Línea La Plana.

Calle 5:

Reserva.

Aparamenta: se instalará la siguiente aparamenta.

Calle 1: Dos seccionadores pantógrafos, tres

interruptores, tres transformadores de intensidad y

cuatro seccionadores rotativos de tres columnas.

Calle 2: Dos seccionadores pantógrafos, tres

interruptores, tres trasformadores de intensidad,

cuatro seccionadores rotativos de tres columnas, cuatro

seccionadores rotativos con puestas a tierra, dos

bobinas de bloqueo, dos transformadores de tensión

capacitivos y dos pararrayos.

Calle 3: Dos seccionadores pantógrafos, tres

interruptores, tres trasformadores de intensidad,

cuatro seccionadores rotativos de tres columnas, cuatro

seccionadores rotativos con puestas a tierra, dos

bobinas de bloqueo, tres transformadores de tensión

capacitivos y dos pararrayos.

Calle 4: Dos seccionadores pantógrafos, tres

interruptores, tres trasformadores de intensidad,

cuatro seccionadores rotativos de tres columnas, cuatro

seccionadores rotativos con puestas a tierra, dos

bobinas de bloqueo, tres transformadores de tensión

capacitivos y dos pararrayos.

Barras 1 y 2: Dos transformadores de tensión

capacitivos.

Los dos interruptores de posición de Barras de

la Calle 1 quedan excluidos de los efectos

retributivos del Real Decreto 2819/1998, excepto de

los costes de operación y mantenimiento, que serán

asumidos por el Sistema.

Instalación de sistemas de comunicaciones,

protección, control y medida.

Servicios auxiliares de corriente continua y de

corriente alterna.

Redes de tierra superiores e inferiores.

Instalaciones de alumbrado y fuerza, y sistemas de

seguridad contra incendios, robo y antiintrusismo.

Obra civil: Edificios de mando y control, casetas

de relés, cerramiento de la subestación mediante

valla metálica de acero galvanizado de 2,30 metros

de altura con un solo acceso y red de drenajes.

La finalidad de la subestación de Morella es

incorporar a la red de transporte la generación eólica

en el noroeste de la provincia de Castellón mediante

los ejes a 400 KV La Plana-Aragón y

Morella-Fuendetodos.

Supondrá además, un importante refuerzo de la

red de transporte en la zona, lo que redundará en

una considerable mejora en los niveles de garantía

de seguridad, fiabilidad y calidad en el sistema

eléctrico tanto a escala regional como nacional.

2. Declarar, en concreto, de utilidad pública la

instalación que se autoriza, a los efectos previstos

en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor

Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial

y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 28 de octubre de 2003.-La Directora

General, Carmen Becerril Martínez.-53.006.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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