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Documento BOE-B-2003-285124

Resolución de la Dirección General de Industria por la que se otorga la autorización administrativa del Parque Eólico de Cañoneras, no de expediente: PE-Cañoneras (PDE/09/01), en el término municipal de Soba.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2003, páginas 10132 a 10132 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2003-285124

TEXTO

La empresa Eólica 2000, S.L., domiciliada a

efectos de notificaciones en 39478-Boo de Piélagos

(Cantabria), Barrio Rubó, s/n, ha solicitado ante

la Dirección General de Industria de la Consejería

de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, la

autorización administrativa del parque eólico de

Cañoneras, de 32 MW de potencia, sito en el

término municipal de Soba (Cantabria).

El citado parque eólico, por Resolución de la

Dirección General de Industria de 20 de noviembre

de 2002, se encuentra incluido provisionalmente en

el régimen especial de producción de energía

eléctrica, dentro del grupo b.2, de acuerdo a lo dispuesto

en el Real Decreto 2818/98, de 23 de Diciembre.

En cumplimiento de lo dispuesto en el capítulo

III del Decreto 41/00, de 14 de Junio (BOC

20/6/00), por el que se regula el procedimiento para

la autorización de parques eólicos en Cantabria;

la Ley 54/97, de 27 de noviembre (BOE 28/11/97),

del sector eléctrico y el Real Decreto 1955/00, de

1 de diciembre (BOE 27/12/00), por el que se

regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica,

que resultan de aplicación supletoria; el Decreto

50/91, de 29 de abril (BOC 14/5/91), de evaluación

de impacto ambiental para Cantabria, se somete

a información pública la solicitud mencionada

mediante anuncio publicado en el BOE no: 302

de 18 de diciembre de 2002 y en BOC n.o: 244

de 20 de diciembre de 2002.

Dentro del periodo de información pública la

empresa Compañía Eléctrica de Peña Labra, S.L.

ha presentado alegaciones, considerándose las

mismas inatendibles por Resolución de la Consejería

de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico de

14 de abril de 2003.

Asimismo, de acuerdo a la normativa mencionada

se solicitó informe, a las distintas Administraciones,

Organismos o, en su caso, empresas de servicio

público o de servicios de interés general afectadas,

en sus bienes y derechos a su cargo, por la

instalación del citado parque eólico: Ayuntamiento de

Soba y la Dirección General de Montes, dándoles

traslado de la separata del proyecto, que contiene

las características generales de la instalación y la

documentación cartográfica correspondiente, así

como una síntesis del informe de impacto ambiental.

El Ayuntamiento de Soba, por unanimidad,

manifiesta su conformidad a la autorización

administrativa solicitada y la Dirección General de Montes

no contesta dentro del plazo legalmente establecido.

La Dirección General del Medio Ambiente y

Ordenación del Territorio, con fecha 23 de mayo

de 2003, formula estimación del impacto ambiental

aprobatoria (No EXPDTE.: 1418, ANEXO: II.2.5).

Resultando que la Dirección General de Servicio

Jurídicos del Gobierno de Cantabria ha emitido

informe favorable, el 22 de septiembre de 2003,

a la propuesta del Servicio de Ordenación de otorgar

la autorización administrativa de la citada

instalación eléctrica.

Considerando que la ejecución de la instalación,

que tiene por objeto aprovechar el potencial eólico

de la zona para producir energía eléctrica, contribuye

al desarrollo de Plan de Fomento de las Energías

Renovables, aprobado por Acuerdo de Consejo de

Ministros en su reunión de 30 de diciembre de

1999.

Cumplidos los trámites administrativos

establecidos en el Decreto 41/00, de 14 de Junio (BOC

20/6/00): la Ley 54/97, de 27 de noviembre (BOE

28/11/97) y el Real Decreto 1955/00, de 1 de

diciembre (BOE 27/12/00), que resultan de

aplicación supletoria; el Decreto 50/91, de 29 de abril

(BOC 14/5/91), antes citados; la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y demás normas de legal y vigente

aplicación.

Esta Dirección General de Industria, a propuesta

del Servicio de Ordenación, en uso de las

competencias que le confiere el Real Decreto 1903/96,

de 2 de agosto, sobre el traspaso de funciones y

servicios de la Administración del Estado a la

Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de

industria, energía y minas, ha resuelto otorgar a la empresa

Eólica 2000, S.L., domiciliada a efectos de

notificaciones en 39478-Boo de Piélagos (Cantabria),

Barrio Rubó, s/n, la autorización administrativa de

parque eólico de Cañoneras, de 32 MW de potencia,

en los parajes denominados "Picones", "El Pinión",

"Alto de Fuenteprovedo" y "Cañoneras" sitos en

el término municipal de Soba (Cantabria), cuyas

características principales son las que figuran en

el anuncio de información pública insertado en los

boletines oficiales anteriormente citados, con la

excepción de la altura de las torres de los

aerogeneradores que es de 50 (m).

Contra la presente Resolución, que no agota la

vía administrativa, se podrá interponer recurso de

alzada ante el Consejero de Industria, Trabajo y

Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria

en el plazo de un mes desde el día siguiente a su

notificación de acuerdo con lo prevenido en los

artículos 114 y siguientes de la Ley 30 /92, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de

13 de enero.

Santander, 24 de octubre de 2003.-El Director

General de Industria, Pedro Obregón

Cagigas.-51.918.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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