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Documento BOE-B-2003-237067

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a la "Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad Anónima" la realización del proyecto de instalaciones de la variante de Adamuz en el oleoducto Rota-Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2003, páginas 8211 a 8212 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-237067

TEXTO

Visto el escrito presentado por la "Compañía

Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad

Anónima", en fecha 3 de diciembre de 2002, por el

que se solicita la autorización administrativa para

la realización del proyecto denominado "Oleoducto

Rota-Zaragoza, variante de Adamuz", en los

términos municipales de Adamuz, Montoro, Cardeña,

Villanueva de Córdoba y Conquista en la provincia

de Córdoba, y Brazatortas en la provincia de Ciudad

Real. Habiendo sido sometido dicho proyecto al

trámite de información pública, mediante su

inserción en el Boletín Oficial del Estado de 28-1-03,

en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

de 10-2-03, y en el "Diario de Córdoba" de 17-1-03,

tramo perteneciente a la provincia de Córdoba, así

como en el Boletín Oficial del Estado de 12-2-03,

en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real

de 27-1-03, y en el Diario "La Tribuna" de 21-1-03,

tramo perteneciente a la provincia de Ciudad Real,

de acuerdo con lo previsto al efecto en la Ley

34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos.

Habiéndose remitido igualmente los anuncios

para su exposición pública en los Ayuntamientos

y Organismos afectados, habiéndose recibido las

alegaciones presentadas por los afectados al trazado

del proyecto en cuestión, que fueron estudiadas por

la Empresa solicitante de la autorización de

instalación y considerando las respuestas de C.L.H.,

S.A. a las mismas, haciendo constar que el proyecto

cumple los requisitos técnicos y de seguridad

exigidos por la legislación vigente.

Constando informe favorable de la Dependencia

del Área de Industria y Energía de la Subdelegación

del Gobierno en Córdoba, de fecha 25 de marzo

de 2003 y de la Dependencia del Área de Industria

y Energía de la Subdelegación del Gobierno en

Ciudad Real, de fecha 27 de marzo de 2003.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto autorizar el proyecto denominado

"Oleoducto Rota-Zaragoza, variante de Adamuz",

en los términos municipales de Adamuz, Montoro,

Cardeña, Villanueva de Córdoba y Conquista en

la provincia de Córdoba, y Brazatortas en la

provincia de Ciudad Real, presentado por la "Compañía

Logística de Hidrocarburos, CLH, Sociedad

Anónima".

Esta autorización se otorga al amparo de lo

dispuesto en los artículos 3 y 40 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,

autorización que, conforme previene el artículo 103 de

la citada Ley, lleva implícita la declaración de

utilidad pública y la necesidad de ocupación a efectos

de expropiación forzosa con las condiciones

reflejadas en el trámite de información pública

previamente mencionado.

Asimismo esta aprobación está sometida a las

condiciones siguientes:

Primera.-El presente proyecto suscrito por

Ingeniero de Minas colegiado y visado en el Consejo

Superior de Colegios de Ingenieros de Minas de

España, con fecha 16 de octubre de 2002, tiene

por objeto el desdoblamiento de dicho oleoducto

entre los PK 236,245 y PK 277,628, en los términos

municipales de Adamuz, Montoro, Cardeña,

Villanueva de Córdoba y Conquista en la provincia de

Córdoba, y Brazatortas en la provincia de Ciudad

Real, lo que permitirá aumentar la capacidad de

bombeo del actual oleoducto Rota-Zaragoza.

Las principales características técnicas de este

proyecto se resumen a continuación:

La longitud total de la variante proyectada es de

41.383 metros, de los cuales 38.853 m.

corresponden a la provincia de Córdoba y 2.530 m. a la

de Ciudad Real.

El tramo de oleoducto a construir tendrá un

diámetro de tubería de 12 pulgadas, en acero al carbono

API-5K X-52 y espesores de 8,4 mm. y 9,5 mm.

En todo su recorrido la conducción se instalará

enterrada. La tubería tendrá una profundidad de

enterramiento de 1,20 m. sobre la generatriz

superior de la conducción.

La protección contra la corrosión de la tubería

está garantizada por una protección pasiva a base

de un revestimiento externo de polietileno tricapa

y una activa consistente en un sistema de protección

catódica por corriente impresa, como sistema

asociado a la conducción e instalaciones

complementarias.

El proyecto incluye asimismo Estudio Sísmico,

Estudio Protección Catódica e Influencia de Líneas

Eléctricas, Estudio Topográfico, Estudio

Geológico-Geotécnico, Estudio de Impacto Ambiental,

Estudio de Prospección Arqueológica, Estudio de

Afección a Terrenos, Estudio de Seguridad y Salud,

Proyecto de Instalación Eléctrica en BT (Instalación

de válvulas MV 1204) y Proyecto de Línea Aérea

de MT y CT para suministro de energía eléctrica

(Instalación de válvulas MV 1204).

Segunda.-El diseño, montaje y puesta en marcha

de las instalaciones contempladas en el proyecto,

se realizarán de acuerdo con los Reglamentos

Estándares, Códigos, Normas, Instrucciones y

Especificaciones que en el mismo se citan.

Tercera.-El presupuesto asciende a 7.393.965,34

euros (siete millones trescientos noventa y tres mil

novecientos sesenta y cinco euros con treinta y cuatro

céntimos), de los cuales 6.769.525,97 euros

corresponden a la provincia de Córdoba y 624.439,37 euros a

la de Ciudad Real.

Cuarta.-El plazo de ejecución de las obras se

fija en 24 meses, a partir de la fecha de ocupación

real de las fincas que han de ser afectadas por

aquéllas.

Quinta.-Sin perjuicio de las atribuciones y

competencias que correspondan a otras Entidades y

Organismos, el Director Técnico responsable de la

instalación que se autoriza acreditará ante la

Dependencia del Área de Industria y Energía de la

Subdelegación del Gobierno en Córdoba y ante la

Dependencia del Área de Industria y Energía de

la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, que

en las obras se han realizado con resultado

satisfactorio los ensayos y pruebas prescritas en las

normas y códigos que se referencian en el proyecto,

y se levantará acta de puesta en marcha, sin cuyo

requisito la instalación no podrá entrar en

funcionamiento. Una copia del acta puesta en marcha

deberá ser remitida a la Dirección General de

Política Energética y Minas.

Sexta.-Esta autorización se otorga sin perjuicio

e independiente de las autorizaciones, licencias o

permisos de competencia autonómica, municipal o

de otras entidades, necesarios para la realización

y puesta en marcha de las instalaciones.

Séptima.-Para introducir modificaciones en las

instalaciones autorizadas será necesario obtener la

autorización correspondiente.

Octava.-La Administración se reserva el derecho

de realizar las pruebas que estime conveniente y

de dejar sin efecto esta autorización si se demuestra

el incumplimiento de las condiciones impuestas, la

existencia de discrepancias fundamentales con

rela

ción a la información suministrada u otra causa

excepcional que lo justifique.

Novena.-Contra la presente Resolución, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la disposición

adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14

de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado, puede

interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario

de Estado de la Energía, Desarrollo Industrial y

de la Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo

de un mes a partir del día siguiente al de la recepción

de la notificación de la presente Resolución.

Madrid, 10 de abril de 2003.-La Directora

General de Política Energética y Minas, Carmen Becerril

Martínez.-44.269.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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