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Documento BOE-B-2003-187095

Anuncio de la Subdirección General de Inspección y Control, de la Dirección General de Desarrollo Industrial e Incentivos Regionales, por el que se notifica el trámite de audiencia en dos expedientes de decaimiento de derechos y la resolución de decaimiento de derechos y archivo de un expediente, todos ellos de incentivos regionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2003, páginas 6613 a 6614 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-187095

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, la Subdirección General de

Inspección y Control notifica a los interesados que

a continuación se citan, titulares de expedientes de

beneficios de incentivos regionales, la comunicación

que ha resultado infructuosa en los domicilios que

figuran en los correspondientes expedientes:

a) Notificación del trámite de audiencia en dos

expedientes de decaimientos de derechos titular:

"Riojana de Carpintería Riocar, S.L.". Número de

expediente: TO/591/P03. Fecha resolución

individual: 5 de noviembre de 2001. Condiciones

incumplidas: Condiciones particulares 2.4 (disponibilidad

de un nivel de autofinanciación) y 2.5 (realización

de, al menos, el 25 % de la inversión aprobada).

En consecuencia, de comprobarse la veracidad de

estos incumplimientos, dará lugar a que se declare

al beneficiario decaído en sus derechos, con la

consiguiente pérdida de la subvención y archivo del

expediente.

Titular: "Encuadernación y Logística, S.A.".

Número de expediente: GU/170/P03. Fecha

resolución individual: 4 de abril de 2001. Condiciones

incumplidas: Condiciones particulares 2.4

(disponibilidad de un nivel de autofinanciación) y 2.5

(realización de, al menos, el 25 % de la inversión

aprobada). En consecuencia, de comprobarse la

veracidad de estos incumplimientos, dará lugar a que

se declare al beneficiario decaído en sus derechos,

con la consiguiente pérdida de la subvención y

archivo del expediente.

Se comunica a las empresas que, en aplicación

de lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992,

se ponen de manifiesto los expedientes en este

Centro Directivo, sito en Madrid, calle María de Molina,

50, planta 2.a, previa petición de hora a los teléfonos

915450804 ó 915450923, de lunes a viernes, de

9 a 14 horas, y se les concede un plazo de quince

días, para que presenten las alegaciones,

documentos y justificantes que estimen pertinentes a sus

derechos, antes de redactar las propuestas de resolución.

b) Notificación de decaimiento de derechos y

archivo de un expediente.

Se notifica a la empresa Dosel Mobiliario, Sdad.

Coop. V. titular del expediente V/348/P12, que por

Resolución de la Dirección General de Desarrollo

Industrial e Incentivos Regionales de fecha 5 de

junio de 2003 (BOE de 23 de junio de 2003), se

ha resuelto declarar la cancelación y archivo del

expediente citado. Se reproduce a continuación el

texto íntegro de dicha Resolución, detallándose

después los datos contenidos en el anexo de la misma

correspondientes a este expediente:

"Por Orden del Ministerio de Economía de 11

de abril de 2001, se concedieron incentivos

correspondientes a los expedientes V/347/P12, V/348/P12

y LE/450/P07, que se relacionan en el anexo de

la presente resolución.

En las correspondientes resoluciones individuales,

que en su día fueron debidamente aceptadas, se

fijaba el plazo de un año para acreditar la

disponibilidad de un nivel de autofinanciación (condición

2.4), tal como aparece definido en las respectivas

resoluciones individuales, así como la realización

de, al menos, el 25 % de las inversiones aprobadas

(condición 2.5).

Transcurrido el plazo señalado no se ha acreditado

el cumplimiento de dichas condiciones, de acuerdo

con la comunicación del órgano competente de la

Comunidad Autónoma.

En la instrucción de los expedientes se han

observado las formalidades legales, habiéndose concedido

a las empresas afectadas los plazos preceptivos para

el cumplimiento de los trámites de formulación de

alegaciones y de audiencia previstos en el

artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

De las actuaciones realizadas resulta probado que

los titulares de los expedientes anexados no han

acreditado haber cumplido en tiempo y forma las

obligaciones que contrajeron en la aceptación de

las correspondientes resoluciones individuales.

Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre; los

artículos 28 y 31 del Real Decreto 1535/1987, de

11 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado

parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de

14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero, 2315/1993,

de 29 de diciembre y 78/1997, de 24 de enero;

el Real Decreto 777/2002, de 26 de julio; el apartado

Segundo, punto 5, de la Orden Ministerial de 23

de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al

caso, así como los informes y demás documentación

que obran en los respectivos expedientes.

Esta dirección general resuelve: Declarar a los

interesados en los citados expedientes decaídos en

sus derechos, con la consiguiente pérdida de la

subvención concedida y archivo de los expedientes, por

no haber acreditado la disponibilidad de un nivel

de autofinanciación, la realización de, al menos, el

25 % de las inversiones aprobadas o ambas

condiciones, dentro de los plazos señalados según se

refleja en el citado anexo. Debe publicarse la

presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado

conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la

Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar

la notificación de la misma a los interesados.

Contra la presente resolución los interesados

podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo.

Sr. Ministro de Economía, en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente de la notificación

individual.

Madrid, 5 de junio de 2003.-La Directora

General, Belén Cristino Macho-Quevedo. Datos del

Anexo: "Expediente: V/348/P12; empresa: Dosel

Mobiliario, Sdad. Coop. V. Condiciones

incumplidas de la Resolución Individual: 2.4 y 2.5.

Madrid, 23 de julio de 2003.-El Jefe de Equipo

de Inspección de Ayudas Económicas, Luis Miguel

Alfonso Barco.-&37.128.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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