Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja
y en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Álava, a instancia de la
Diputación Foral de Álava, con domicilio en Vitoria,
plaza de la Provincia s/n, solicitando la autorización
administrativa de la instalación arriba citada.
Resultando que sometida a información pública
la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, durante el plazo
reglamentario no se ha presentado alegación ni oposición
alguna a la autorización pretendida.
Resultando que solicitado informe a los
organismos y ayuntamientos afectados por la instalación
de la línea, no se ha presentado oposición por
ninguno de ellos, y los condicionados impuestos han
sido aceptados por el solicitante.
Vistos los informes favorables emitidos por las
Áreas de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en La Rioja y de la Subdelegación del
Gobierno en Álava.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el capítulo II, del
título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a la Diputación Foral
de Álava una línea eléctrica aérea-subterránea a
13,2-20 kV, interprovincial La Rioja-Álava, cuyas
características principales son:
Tramo aéreo:
Origen: Apoyo n93 de la línea "Este de STR
Oyón", propiedad de Iberdrola Distribución
Eléctrica, S.A.U.
Final: Nuevo apoyo n94 de transición
aéreo-subterráneo, en el que se instalarán botellas terminales
y pararrayos autoválvulas.
Conductor: Aluminio-Acero de 54,6 mm2 de
sección total.
Apoyo a instalar: Metálico, de acero galvanizado,
con estructura en forma de celosía.
Aislamiento: Cadenas de amarre formadas por
tres aisladores.
Longitud: 16 metros.
Término municipal afectado: Logroño.
Tramo subterráneo:
Origen: Nuevo apoyo n94 de transición
aéreo-subterráneo.
Final: Centro de transformación EDAR-Oyón.
Conductores: Tres cables unipolares de aluminio
de 150 mm2 de sección, con aislamiento de
etileno-propileno.
Canalización: Un tubo de PVC de 160 mm de
diámetro, y otro de reserva alojados en zanjas de 1
metro de profundidad.
Longitud: 230 metros, de los cuales 96 metros
corresponden a la provincia de La Rioja, y 132
metros a la de Álava.
La finalidad de la línea es suministrar energía
eléctrica a la estación depuradora de aguas residuales
de Oyón (Álava).
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario de
Estado de Energía, Desarrollo Industrial y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 14 de febrero de 2003.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.
Área de Industria y Energía.-Delegación del
Gobierno en La Rioja.-Logroño.
Área de Industria y Energía.-Subdelegación del
Gobierno en Álava.-Vitoria.-36.686.
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