La Dirección General de Muface ha resuelto, con
fecha 10 de julio de 2003, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y al no haberse podido practicar
la notificación de requerimiento de pago de la
Resolución de la Dirección del Servicio Provincial de
Muface en Toledo, de fecha 8 de julio de 2002,
por abonos indebidos del Subsidio de Incapacidad
Temporal, por la mutualista D.a M. Pilar
Martín-Luengo Martín-Ventas, con domicilio en Ronda
Buenavista, blq. 2-5.o, B, núm 28, 45005 Toledo,
que se inserte en el Boletín Oficial del Estado y
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su
último domicilio, la notificación de requerimiento
de pago, advirtiéndole que, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 39 del Reglamento General del
Mutualismo Administrativo, se le concede un plazo de
quince días para proceder al abono de la cantidad
adeudada, 344,55 euros, mediante ingreso en la
cuenta número 9000-0001-20-020000698-7 abierta
en Banco de España.
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolución, que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir del día
inmediato a la fecha de su publicación.
Madrid, 16 de julio de 2003.-El Director general,
Isaias López Andueza.-&36.288.
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