La Dirección General de MUFACE ha resuelto
con fecha 28 de Mayo de 2003, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común modificada por la Ley
4/1999 y al no haberse podido practicar la
notificación de requerimiento de pago de la Resolución
de la Dirección General de MUFACE de fecha
30 de Mayo de 2003 por 188,04 euros adeudados por
D.a M.a Ángeles Navarro García, heredera de
D.a Mónica García Ballesteros, con domicilio
Miguel Hernández n.o 4 de Chiclana de la Frontera
(Cádiz), en concepto de Pensiones del Fondo
Especial abonadas indebidamente a la causante, que se
inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón
de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio,
la notificación de requerimiento de pago a dicho
interesado, advirtiéndole que, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 37 del Reglamento del Mutualismo
Administrativo, se le concede un plazo de quince
días para proceder al abono de la cantidad adeudada
mediante ingreso en la cuenta n.o 0200007334
abierta en el Banco de España a nombre de MUFACE
"Fondo Especial".
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolución que no pone fin
a la vía administrativa podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir de la fecha
de su publicación.
Madrid, 15 de julio de 2003.-El Director General,
Isaías López Andueza.-35.906.
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