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Documento BOE-B-2003-163095

Convocatoria pública de ingreso en la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) con la categoría profesional de Factor de Entrada.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2003, páginas 5635 a 5639 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles
Referencia:
BOE-B-2003-163095

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real

Decreto 215/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba

la oferta de empleo público para 2003, y con el

fin de atender las necesidades de personal de la

Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles

(RENFE), la Dirección Corporativa de

Organización y Recursos Humanos de esta entidad, en uso

de las facultades que tiene atribuidas en el marco

establecido por el Estatuto de RENFE aprobado

por Real Decreto 121/1994, de 28 de enero, previo

informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, procede a realizar la siguiente

oferta de empleo público.

Convocatoria de ingreso en RENFE

A) Objeto

Cobertura de 21 plazas de la categoría de Factor

de Entrada.

La relación de puestos es la siguiente:

Municipio: Barcelona. Número de plazas: 21.

Las funciones básicas del puesto, que se

desarrollan en dependencias relacionadas con la

comercialización del transporte o movimiento de trenes,

son las que se relacionan a continuación:

Estar al frente de dependencias que no

intervengan en la circulación de trenes.

Efectuar directamente todas las funciones de las

distintas factorías, taquillas, parking, teléfono,

teletipo, contabilidad, caja, secretaría, estadísticas,

reclamaciones, información al público, etc., utilizando

para ello los medios manuales, mecánicos,

electrónicos o de otro tipo que se establezcan.

Comunicar, cuando proceda, la finalización de

las operaciones del tren.

B) Sujeto

1. Personas en las que concurran los siguientes

requisitos:

a) Podrán participar en las pruebas:

a.1 Los españoles.

a.2 Los nacionales de un Estado miembro de

la Unión Europea, los nacionales del Reino de

Noruega y los nacionales de la República de Islandia.

También podrá participar el cónyuge,

descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles

y de los nacionales de países miembros de la Unión

Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que

no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus

expensas.

a.3 Quienes no estando incluidos en los

anteriores apartados a.1 y a.2 se encuentren en España

en situación de legalidad, siendo titulares de un

documento que les habilite a residir y a poder

acceder sin limitaciones al mercado laboral. En

consecuencia, podrán participar quienes se encuentren

en situación de residencia temporal, quienes se

encuentren en situación de residencia permanente,

quienes se encuentren en situación de autorización

para residir y trabajar, así como los refugiados.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no

haber alcanzado la edad de jubilación de 64 años

establecida en la Normativa Laboral de RENFE.

c) Estar en posesión del título de BUP, FP 2o

Grado, Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado

Medio según la LOGSE, o equivalentes, o cumplir

las condiciones necesarias para su obtención. Los

interesados que hayan cursado sus estudios fuera

del territorio nacional deberán poseer el

reconocimiento u homologación del título en España.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitación física o psíquica que sea incompatible

con el desempeño de las funciones propias de las

plazas objeto de la convocatoria.

e) No haber mantenido relación laboral con

RENFE o cualquier otra empresa pública que haya

finalizado por alguna de las siguientes causas:

Despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto

de los Trabajadores.

Despido por causas objetivas de las letras a), b)

y d) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Adscripción voluntaria a un expediente de

regulación de empleo o a un plan de bajas incentivadas.

Por mutuo acuerdo de las partes de la letra a)

del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

f) No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, de cualesquiera de las

Administraciones Públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no

sea la española no deberán estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su

Estado, el acceso a la función pública.

g) No hallarse inhabilitado para el desempeño

de la profesión o funciones relacionadas con los

puestos de trabajo objeto de la convocatoria.

h) No estar incurso en ninguna de las

incompatibilidades que determina la legislación vigente.

i) No disfrutar pensión de jubilación ni de

incapacidad.

2. Trabajadores en situación de excedencia

voluntaria en RENFE que cumplan lo dispuesto

en las letras anteriores, a excepción de la letra c).

3. Personas que adquirieron experiencia

ferroviaria en RENFE en los Regimientos de

Movilización y Prácticas hasta la 45a Promoción o

Zapadores Ferroviarios hasta la 27a Promoción y en las

Escuelas de Aprendices, siempre que dicha

experiencia se hubiese adquirido con anterioridad al año

1988 y cumplan lo dispuesto en las letras anteriores

a excepción de la letra c).

4. Trabajadores cuya relación laboral con RENFE

se extinguió como consecuencia de declaración de

incapacidad permanente en los grados de total,

absoluta o de gran invalidez por el Instituto Nacional

de la Seguridad Social que, no habiendo prestado

servicios posteriormente para otra empresa, hayan

recuperado la plena capacidad laboral o continúen

afectos a tal incapacidad pero en grado de parcial

según declaración oficial emitida por dicho

organismo, siempre que cumplan lo dispuesto en las

letras anteriores a excepción de la c) y las siguientes

condiciones:

Tener solicitada su reincorporación a la empresa

en tiempo y forma, cumpliendo los requisitos

establecidos en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de

mayo, por el que se regula el empleo selectivo y

las medidas de fomento de empleo de los

trabajadores minusválidos.

Que la última categoría ostentada en la empresa

fuese la misma que la de las plazas objeto de

cobertura o alguna de las de su mismo grupo profesional

en caso de recuperación plena de capacidad, no

siendo necesaria esta circunstancia si continuase

afecto de incapacidad permanente parcial.

Todos los requisitos enumerados en este

apartado B) deberán poseerse en el día de finalización

del plazo de admisión de solicitudes de participación

y mantenerlos hasta el momento de toma de

posesión de la plaza obtenida.

C) Carácter de la cobertura de plazas

c.1 Aquellos trabajadores que reingresen en

RENFE desde la situación de excedencia voluntaria

como consecuencia de esta convocatoria, lo harán

con carácter indefinido y jornada a tiempo completo

por cesar los efectos suspensivos de aquella

situación.

Los excedentes voluntarios de la categoría de

Factor que reingresen con ocasión de su participación

en esta convocatoria, lo harán con dicha categoría,

ya que de acuerdo con lo establecido en la normativa

laboral de RENFE, a la misma se accede a los

dos años de permanencia efectiva en la de Factor

de Entrada y ambas poseen idéntico perfil funcional.

c.2 El ingreso en RENFE del resto de personas

que en su caso obtengan plaza en esta convocatoria

se llevará a cabo mediante la modalidad de

contratación indefinida a tiempo completo del Título I

de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto

Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo

1/1995, de 24 de marzo, y con categoría de Factor

de Entrada.

c.3 Los aspirantes que obtengan plaza en esta

convocatoria tendrán fijado en su contrato un

período de prueba de dos meses, excepto aquellos en

excedencia voluntaria de RENFE que en el

momento de iniciarse dicha situación vinieran

desempeñando un puesto de la misma categoría que la de

la plaza obtenida.

El cómputo de este período de prueba, que habrá

de cumplirse con servicios efectivos, se suspenderá

cuando durante el mismo sobrevenga una situación

de incapacidad temporal.

D) Solicitudes de participación y de petición

de plazas

1. Formularios: La solicitud de participación y

de petición de plazas se realizará en un modelo

oficial que podrá obtenerse en cualquiera de los

centros que se relacionan en el anexo, en horario

de nueve a catorce horas, de lunes a viernes excepto

festivos, o en la dirección de internet:

http://www.renfe.es, a partir del día siguiente al de

la publicación de la convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

Excepcionalmente, los interesados que, estando

empadronados en Canarias, Baleares, Ceuta y

Melilla, tengan residencia habitual en dichos ámbitos

podrán instar su participación en la convocatoria

mediante escrito remitido por correo certificado con

acuse de recibo a la dirección mencionada en el

punto siguiente, en el que deberán hacer constar

nombre y apellidos, número de documento nacional

de identidad y letra correspondiente al número de

identificación fiscal, domicilio, teléfono de contacto,

indicación de si es excedente voluntario de RENFE

o tuvo la experiencia ferroviaria indicada en el

apartado E), número 2 y, en su caso, el número de

matrícula que le fue asignada. Asimismo, deberán

acompañar fotocopia por las dos caras del

documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta

de identidad y certificado de empadronamiento.

2. Plazo de admisión: Los interesados deberán

entregar la solicitud de participación y petición de

plazas debidamente cumplimentadas en el modelo

oficial, en la Dirección de Planificación y Control

de Recursos Humanos, sita en el paseo del Rey,

número 30, de Madrid, código postal 28008, en

horario de nueve a catorce horas de lunes a viernes

excepto festivos.

Los participantes pertenecientes a los turnos de

adjudicación previo, primero, segundo y tercero que

de acuerdo con lo dispuesto en el apartado F)

concurran en la fase I del proceso de resolución de

la convocatoria, deberán entregar la solicitud de

participación y petición de plazas en la dirección

señalada anteriormente durante el período de los quince

días laborables inmediatamente siguientes a la fecha

de publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

Si, de acuerdo con lo dispuesto en el

apartado F), resultase necesario llevar a cabo la fase II

del proceso de resolución de la convocatoria, por

ser previsible que una vez finalizada la fase I no

se fuesen a cubrir las plazas, los participantes

pertenecientes al cuarto turno de adjudicación que

concurran en dicha fase II deberán entregar la solicitud

de participación y petición de plazas en la dirección

señalada anteriormente, durante el período de los

quince días laborables inmediatamente siguientes a

la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" del anuncio por el que se comunique el

inicio de dicha fase.

Los interesados que posean la nacionalidad

española deberán presentar además dos fotocopias del

documento nacional de identidad por ambas caras.

Los aspirantes incluidos en el apartado B.a.2

anterior que residan en España deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de

residente comunitario o de familiar de residente

comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta

temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes incluidos en el apartado B.a.2

anterior que no residan en España, bien por residir en

el extranjero o por encontrarse en España en

régimen de estancia, deberán presentar dos fotocopias

compulsadas del documento de identidad o

pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar

dos fotocopias compulsadas del pasaporte, del

visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado

la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente

tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos

deberán presentar los documentos expedidos por

las autoridades competentes que acrediten el vínculo

de parentesco y una declaración jurada o promesa

del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este

vínculo, de que no está separado de derecho de

su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes a los que se refiere el apartado

B.a.3 anterior deberán presentar dos fotocopias del

pasaporte en vigor, así como dos fotocopias del

correspondiente permiso de residencia o de trabajo

y de residencia.

Asimismo, podrán también presentarse los

documentos antes citados mediante su remisión por

correo certificado con acuse de recibo a la dirección

señalada anteriormente, teniendo validez siempre

que tengan entrada durante el período de los quince

días laborables inmediatamente siguientes a la fecha

de publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", o durante el período de los

quince días laborables inmediatamente siguientes a

la fecha de publicación del anuncio por el que se

comunique en dicho medio el comienzo de la fase

II de la adjudicación.

Una vez presentada la solicitud de participación,

no será posible efectuar modificación alguna de las

plazas solicitadas.

E) Relación de participantes

Dentro de cada una de las fases de resolución,

RENFE publicará la relación de los participantes

admitidos y excluidos en la convocatoria, que

contendrá el nombre y apellidos y el número de

documento identificativo de todos ellos.

Para los admitidos en la convocatoria se

publicarán además los siguientes datos:

1. Respecto de los participantes procedentes de

la situación de excedencia voluntaria se

incorporarán también:

La fecha de fin de la excedencia o de la prórroga

de la misma.

La categoría desde la que accedieron a tal

situación.

La última residencia de destino al servicio de

RENFE.

Antigüedad en la categoría.

Antigüedad en la empresa.

Y la indicación de quienes, con la misma categoría

que las plazas convocadas, hagan valer en su

solicitud de participación y de petición de plazas su

derecho preferente a aquéllas pertenecientes a la

última residencia en que prestaron sus servicios a

la empresa.

2. Respecto del resto de participantes, en su

caso, se incluirá de igual manera:

La indicación de haber pertenecido a los

Regimientos de Movilización y Prácticas (hasta la

45.a Promoción), Zapadores Ferroviarios (hasta la

27.a Promoción) o Escuela de Aprendices con

anterioridad al año 1988. Este hecho deberá acreditarse

mediante la aportación de documentación relativa

al mismo conjuntamente con la solicitud de

participación.

La última categoría en activo y la fecha de

declaración de la recuperación de la capacidad laboral

emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad

Social, cuando se haga referencia a trabajadores cuya

relación laboral fue extinguida por habérseles

reconocido una incapacidad permanente.

En el caso de los excluidos de la convocatoria

se indicará la causa de la exclusión.

Dicha relación estará ordenada por turnos de

preferencia para la adjudicación y será objeto de

exhibición en los centros recogidos en el anexo, así

como en la dirección de internet http://www.

renfe.es. El momento en que se procederá a la

exhibición será oportunamente anunciado en el Boletín

Oficial del Estado. Durante un plazo de 15 días

laborables a contar desde el primer día de su

exhibición, los interesados podrán poner de manifiesto

la existencia de errores en la relación o reclamar

contra la omisión o exclusión de la convocatoria.

Dicha reclamación deberá efectuarse por escrito

entregado en la Dirección de Planificación y Control

de Recursos Humanos, sita en el Paseo del Rey

n.o 30 de Madrid, código postal 28008, en horario

de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes excepto

festivos.

El citado documento también podrá remitirse por

correo certificado con acuse de recibo a la dirección

señalada en el párrafo anterior, teniendo validez

siempre que tenga entrada en ella durante el plazo

de quince días laborables contados a partir del

primer día de exhibición de la relación de participantes

admitidos y excluidos en cada fase de la

convocatoria.

La relación definitiva de los participantes de cada

fase será exhibida en los centros relacionados en

el anexo de la convocatoria, así como en la dirección

de internet http://www.renfe.es. El momento en que

se procederá a dicha exhibición será oportunamente

anunciado en el Boletín Oficial del Estado. La

exhibición hará las veces de comunicación al interesado

de la resolución adoptada por RENFE a su

reclamación.

F) Proceso de selección y adjudicación de plazas

Se establecen dos fases:

FASE I

El proceso de selección y adjudicación comenzará

en primer término con la asignación de plazas entre

los participantes que hubieran cesado en la empresa

por haber sido declarados afectos de una

incapacidad permanente en el grado de total, absoluta

o de gran invalidez que, tras el correspondiente

proceso de revisión de aquella hubieran recuperado

la plena capacidad laboral o hubieran quedado en

situación de incapacidad permanente parcial, y

continuará en segundo término con la asignación entre

los excedentes voluntarios de RENFE.

Si quedasen plazas sin cubrir, se procederá a

realizar dicho proceso entre aquellos aspirantes que

hubieran pertenecido a los Regimientos de

Movilización y Prácticas (hasta la 45.a Promoción),

Zapadores Ferroviarios (hasta la 27.a Promoción) o

Escuela de Aprendices con anterioridad al año 1988.

Las plazas se adjudicarán entre aquellos aspirantes

que las hubiesen solicitado en tiempo y forma, por

el siguiente orden de prelación:

Turno previo: Trabajadores cesados como

consecuencia de declaración de incapacidad

permanente total, absoluta o gran invalidez, respecto de los

que se haya producido la recuperación parcial o

total de la capacidad laboral de acuerdo con lo

previsto en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de

mayo.

Dentro del turno previo, el orden de preferencia

en la adjudicación de plazas vendrá dado por la

fecha anterior de declaración de recuperación de

la plena capacidad laboral o de incapacidad

permanente parcial emitida por el Instituto Nacional

de la Seguridad Social.

Primer turno: Trabajadores cuyo período inicial

de excedencia voluntaria en RENFE o de prórroga

de la misma haya finalizado y hayan solicitado el

reingreso en tiempo y forma de acuerdo con lo

previsto en los artículos 273 y 275 de la Normativa

Laboral de RENFE.

Segundo turno: Trabajadores en excedencia

voluntaria en RENFE participantes en la convocatoria

cuyo período inicial de excedencia o de prórroga

de la misma no se encuentre finalizado.

Dentro del primer y segundo turno la preferencia

para la obtención de plaza vendrá dada por la

aplicación sucesiva de los siguientes criterios:

1.o Serán preferentes los excedentes voluntarios

de la misma categoría que las plazas objeto de

cobertura, considerándose a estos efectos como una

misma categoría la de Factor y la de Factor de Entrada,

y entre ellos existirá prioridad absoluta por las plazas

pertenecientes al último municipio en que prestaron

sus servicios a la empresa.

2.o Serán preferentes los excedentes voluntarios

cuya fecha de finalización del período de excedencia

sea anterior, por determinar ésta el derecho más

antiguo al reingreso en la empresa. Se tomará por

dicha fecha la de fin del período inicial de excedencia

voluntaria, salvo en caso de existencia de prórroga

o prórrogas de la misma, en cuyo supuesto se tomará

la de finalización de la última prórroga.

De producirse empate una vez aplicados los

criterios anteriores, éste se resolverá atendiendo en

primer lugar a la mayor antigüedad en la categoría

y en segundo lugar a la mayor antigüedad en la

empresa; salvo en el caso de excedentes de distinta

categoría a la de las plazas a cubrir, para los cuales

el desempate se efectuará tan sólo por la mayor

antigüedad en la empresa.

Las antigüedades citadas en el párrafo anterior

serán las que resulten de aplicar lo dispuesto en

el Capítulo 4.o del Título II de la Normativa Laboral

de RENFE.

Tercer turno: Aspirantes que adquirieron

experiencia en RENFE en los Regimientos de

Movilización y Prácticas hasta la 45.a Promoción o

Zapadores Ferroviarios hasta la 27.a Promoción y en

las Escuelas de Aprendices, siempre que dicha

experiencia se hubiese adquirido con anterioridad al año

1988.

La adjudicación de plazas dentro del tercer turno

se realizará por orden decreciente comenzando por

el aspirante que mayor puntuación haya obtenido

en el examen final del cursillo de adaptación.

En caso de empate a puntos, este se resolverá

por la puntuación de la prueba de cultura general

citada en el punto 4 siguiente del presente apartado

en el supuesto de que se realizara.

FASE II

Únicamente en el caso de que una vez finalizada

la Fase I del proceso de resolución de la

convocatoria quedasen plazas sin cubrir, o de que antes

de su finalización resultase previsible que no fuesen

a cubrirse en su totalidad, se iniciará el

procedimiento de selección y adjudicación entre el resto

de los participantes en la convocatoria, que

constituirán el cuarto turno de adjudicación.

La adjudicación de plazas dentro del cuarto turno

se realizará por orden decreciente comenzando por

el aspirante que mayor puntuación haya obtenido

en el examen final del cursillo de adaptación.

En caso de empate a puntos, este se resolverá

atendiendo a la mayor puntuación final obtenida

en las pruebas selectivas.

1. Pruebas de selección y sistema de puntuación:

Los trabajadores de RENFE en situación de

excedencia voluntaria, que integran los turnos primero

y segundo, y los aspirantes de los turnos previo

y tercero, estarán excluidos de la realización de las

pruebas selectivas que se señalan en este punto.

La información del lugar, fecha y hora de

realización de las pruebas selectivas se pondrá a

disposición de los aspirantes a través de los centros

relacionados en el anexo de la convocatoria y en

la dirección de internet http://www.renfe.es. El

momento a partir del cual se podrá acceder a tal

información será oportunamente anunciado en el

Boletín Oficial del Estado.

El D.N.I., Pasaporte en vigor o tarjeta de identidad

deberá ser presentado en el momento de acceder

a las pruebas de selección. La falta de presentación

del documento identificativo determinará la no

admisión a la realización de las pruebas y, por tanto,

la eliminación de la convocatoria.

1.a Pruebas selectivas: Serán las siguientes

realizadas por el orden que se indica:

1.o Psicométrica que consistirá en un test que

evaluará la inteligencia y razonamiento general de

los aspirantes.

2.o Teórico-práctico de conocimiento que

constará de las áreas de:

Lengua y literatura.

Matemáticas.

Ciencias naturales.

Ciencias sociales.

Y lengua extranjera. Los aspirantes deberán optar

entre lengua francesa y lengua inglesa.

El contenido de estas pruebas versará sobre las

materias que figuren en los programas oficiales de

los niveles exigidos en el punto B) Sujeto.

Las instrucciones de cada una de las pruebas serán

indicadas en el momento de realización de las

mismas.

Los aspirantes serán convocados a las pruebas

en llamamiento único y acreditarán su identidad

a solicitud de los miembros del Tribunal.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del

Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los

aspirantes que no posean la nacionalidad española y

no sea deducible de su origen el conocimiento

adecuado del castellano no deberán realizar una prueba

previa de conocimiento del mismo, ya que las

pruebas selectivas establecidas en la presente

convocatoria implican por sí mismas la demostración de

un conocimiento adecuado del castellano.

1.b Sistema de puntuación:

1.o Prueba psicométrica:

Puntuación máxima: 40 puntos.

Puntuación = aciertos - errores/n-1.

n = número de alternativas.

2.o Prueba teórico-prácticas:

Puntuación máxima: 60 puntos.

Puntuación = aciertos - errores/n-1.

n = número de alternativas.

La puntuación máxima total de estas dos pruebas

será de 100 puntos.

La puntuación final será la suma de las

puntuaciones alcanzadas en cada una de las pruebas.

2. Tribunal de evaluación: Para la evaluación

de las pruebas en general se constituirá un Tribunal

que estará compuesto de la siguiente forma:

Un Presidente designado por la Dirección

Corporativa de Organización y Recursos Humanos de

RENFE que habrá de tener superior categoría que

el resto de los componentes.

Dos Vocales designados por la representación

Legal de los Trabajadores.

Otros dos Vocales con similar o superior categoría

que las plazas convocadas designados por la

Dirección Corporativa de Organización y Recursos

Humanos de RENFE, uno de los cuales actuará

como Secretario.

En caso de que se estime necesario, por

presentarse a las pruebas un elevado número de aspirantes,

la Dirección Corporativa de Organización y

Recursos Humanos de RENFE podrá designar

Comisiones de Examen compuestas de la misma forma que

el Tribunal y que auxiliarán al mismo.

3. Ordenación y relación de aspirantes que

hayan participado en las pruebas selectivas: RENFE

publicará la relación de aspirantes que hayan

tomado parte en las pruebas selectivas, ordenados de

mayor a menor puntuación final obtenida. En caso

de igualdad en cuanto a puntuación se figurará en

primer lugar al aspirante que haya obtenido mayor

puntuación en la prueba teórico-práctica.

La exhibición de dicha relación se efectuará en

los centros recogidos en el anexo de la convocatoria,

y del momento en que se procederá a la misma

se dará oportuno anuncio en el Boletín Oficial del

Estado.

4. Cursillo de adaptación: No realizarán el

cursillo de adaptación los excedentes voluntarios de

la misma categoría que las plazas objeto de

cobertura, ni los de la categoría de Factor. No obstante,

los que se prevea que puedan obtener plaza que

hayan sido declarados Aptos en el reconocimiento

médico deberán realizar un cursillo de reciclaje

profesional.

Los excedentes de distinta categoría, los aspirantes

del turno previo y los del tercer y cuarto turnos,

que hayan sido declarados Aptos en el

reconocimiento médico, se someterán a un cursillo de

adaptación con la duración que se estime necesaria.

El orden de llamamiento a cursillo será el

establecido por la prelación en la adjudicación y, dentro

del cuarto turno, por el orden establecido en el

punto 3 del apartado F.

En cuanto al turno tercero, si hubiera mayor

número de aspirantes del tercer turno que plazas

de cursillo a cubrir, se realizará una prueba de

cultura general para establecer la prioridad en el

llamamiento.

El primer llamamiento para la realización del

cursillo de adaptación incluirá un cincuenta por ciento

más de aspirantes que plazas pendientes de cubrir.

En todo caso, el número de aspirantes que iniciarán

dicho curso será al menos un treinta por ciento

superior al de plazas pendientes de cubrir.

En caso necesario, se irán efectuando

llamamientos sucesivos de un número de aspirantes superior

en un cincuenta por ciento al necesario para

completar el mínimo del treinta por ciento de exceso

establecido en el párrafo anterior.

Si finalizado el cursillo quedasen plazas sin cubrir

o una vez empezado el número de cursillistas

deviene inferior al número de plazas vacantes, se

efectuarán llamamientos sucesivos con un

dimensionamiento superior en un 50% a la diferencia,

integrándose en el mismo cursillo o no a juicio del

Tribunal de evaluación.

Independientemente del tipo de cursillo a realizar,

el llamamiento será único para cada aspirante. La

no presentación en el lugar, fecha y hora que se

les indique implicará su eliminación de la

convocatoria.

Para ser admitidos a cursillo, los aspirantes

deberán aportar la documentación acreditativa del

cumplimiento de los requisitos de la convocatoria que

se les solicite. La no presentación de la totalidad

de dicha documentación en el plazo de 8 días

laborables a partir del momento en que les sea requerida

supondrá su eliminación de la convocatoria.

Al final del cursillo de adaptación se efectuará

un examen sobre las materias impartidas, a fin de

acreditar que se poseen los conocimientos

necesarios a juicio de RENFE para poder resultar

adjudicatarios de plaza.

La inasistencia total o parcial a cualquiera de las

sesiones del cursillo requerirá justificación

documental, implicando la no presentación de la misma la

eliminación de la convocatoria. En cualquier caso,

la inasistencia -aún justificada- superior en

cómputo global a tres días del período lectivo también

dará lugar a la citada eliminación.

5. Reconocimiento médico: Los aspirantes que

sean llamados para la realización del cursillo de

adaptación y los excedentes voluntarios de la misma

categoría que las plazas convocadas para quienes

se prevea que puedan obtener plaza, se someterán

a reconocimiento médico previo por parte de los

Servicios Médicos de RENFE para determinar si

su capacidad médico-laboral se corresponde con la

capacidad requerida para el desempeño de los

puestos de trabajo a que opten.

El resultado de dicho reconocimiento será de

Apto o de No Apto, significando esta última

calificación la imposibilidad de la obtención de plaza,

quedando por tanto el aspirante eliminado de la

convocatoria.

Las condiciones mínimas de capacidad

médico-laboral exigidas a todos los participantes en la

convocatoria son las siguientes:

Canal: I (Visión-Agudeza visual).

Grupo: 2.

Si existe visión binocular:

Agudeza visual: 0.500 en un ojo y 0.175 en el

otro o 0.300 en cada ojo, por separado, en la escala

de Wecker, sin o con corrección.

Si existe visión en un solo ojo:

Agudeza visual: 0.500 en la escala de Wecker,

sin o con corrección.

Canal: II (Visión-Otras condiciones).

Grupo: A.

No hay otros criterios de visión.

Canal: III (Audición).

Grupo: 1.

Percepción de la voz conversacional a 4m. y 2m.

(lado peor).

No hay criterios audiométricos.

Canal: IV (Sistema locomotor y aparato

respiratorio).

Grupo: 2.

Estado anatómico y funcional del sistema

locomotor que permita la realización correcta de trabajos

físicos ligeros.

No hay criterios espirométricos.

Canal: V (Sistema cardio-vascular, Psiquismo,

varios).

Grupo: 4.

Estado general del sistema cardio-vascular que

permita el desempeño de trabajos físicos moderados.

No padecer enfermedad mental.

No padecer enfermedad alcohólica crónica.

No presentar indicios analíticos de consumo de

drogas.

6. Resolución definitiva: Será objeto de

publicación la resolución definitiva de la convocatoria

en la que se figurará el nombre y apellidos, número

de documento identificativo, puntuación obtenida

en el examen final del cursillo de adaptación, en

su caso, y la plaza adjudicada. Dicha resolución

será objeto de publicación en el Boletín Oficial del

Estado, así como en la dirección de internet

http://www.renfe.es.

Los candidatos que obtengan plaza derivada de

esta convocatoria quedarán eliminados

automáticamente del resto de convocatorias de RENFE en

las que participen y se encuentren pendientes de

resolución definitiva.

G) Bolsa de trabajo para futuras contrataciones

temporales

Conforme a lo establecido en el apartado F) de

la presente convocatoria, solamente se iniciará el

proceso de selección descrito en el mismo entre

los aspirantes del cuarto turno cuando después de

la adjudicación entre los turnos previo, primero,

segundo y tercero quedasen plazas sin cubrir. Como

consecuencia de ello, esta bolsa de trabajo será

establecida únicamente si dicho proceso de selección

tiene lugar.

En este último caso, los cursillistas que no

habiendo resultado eliminados de la convocatoria no

hubieran obtenido plaza, entrarán a formar parte de la

bolsa de trabajo para futuras contrataciones

temporales que fuera necesario realizar por RENFE

hasta el 31 de diciembre de 2004. Asimismo los

primeros clasificados en las pruebas selectivas no

citados a cursillo se incorporarán a la bolsa en un

número tal que sumados a los cursillistas

anteriormente citados se alcance una bolsa de 21 candidatos,

número igual al de plazas indefinidas ofertadas.

La empresa ofrecerá dichos contratos a los

integrantes de la bolsa siguiendo el mismo orden de

prelación indicado en la letra F) Proceso de

selección y adjudicación de plazas de esta convocatoria,

bien entendido que sólo se formalizará la

contratación con aquéllos que cumplan las condiciones

y requisitos legalmente establecidos para la

modalidad de contratación decidida por RENFE.

Los integrantes de la bolsa tienen la obligación

de comunicar a RENFE cualquier variación que

se produzca en sus datos personales.

Quedarán automáticamente eliminados de la bolsa

aquellos integrantes que:

Por no haber mantenido actualizados sus datos

personales no puedan ser localizados para ofrecerles

un contrato de trabajo.

Una vez ofrecido el contrato de trabajo no

manifiesten su aceptación de manera fehaciente en el

plazo indicado en la oferta.

Madrid, 30 de junio de 2003.-El Director

Corporativo de Organización y Recursos Humanos,

Juan Fernández Álvarez.-34.502.

Anexo

Provincia Centros RENFE Dirección

Álava . . . . . . . Estación de Vitoria/Gasteiz . . . . . . . . . . . . C/ Dato, 46. 01005 Vitoria.

Albacete . . . . Estación de Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. García Lorca, s/n. 02001 Albacete.

Alicante . . . . Estación de Alacant-Terminal . . . . . . . . . Avda. Salamanca, 1. 03005 Alicante.

Almería . . . . . Estación de Almería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de España, 6. 04006 Almería.

Asturias . . . . . Estación de Oviedo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Uría, s/n. 33003 Oviedo.

Ávila . . . . . . . . Estación de Ávila . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. José Antonio, s/n. 05001 Ávila.

Badajoz . . . . . Estación de Badajoz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Carolina Coronado, s/n. 06006 Badajoz.

Barcelona . . . Estación de Barcelona-Sants . . . . . . . . . . . Plaça Paisos Catalans, s/n. 08014 Barcelona.

Burgos . . . . . . Estación de Burgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Conde de Guadalhorce, s/n. 09001 Burgos.

Cáceres . . . . . Estación de Cáceres . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Alemania, s/n. 10005 Cáceres.

Cádiz . . . . . . . Estación de Cádiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Sevilla, s/n. 11006 Cádiz.

Cantabria . . . Estación de Santander . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de las Estaciones, s/n. 39002 Santander.

Castellón . . . Estación Castelló de la Plana . . . . . . . . . . Plaza de España, 1. 12002 Castellón.

Ciudad Real Estación de Ciudad Real . . . . . . . . . . . . . . . Avda. de Europa, s/n. 13005 Ciudad Real.

Córdoba . . . . Estación Córdoba-Central . . . . . . . . . . . . . Glorieta de las Tres Culturas, s/n. 14011 Córdoba.

Coruña, A . Estación de A Coruña . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Joaquín Planelles, s/n. 15007 A Coruña.

Cuenca . . . . . Estación de Cuenca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. General Moscardó, 10. 16004 Cuenca.

Girona . . . . . . Estación de Girona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de España, s/n. 17001 Girona.

Granada . . . . Estación de Granada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Andaluces, s/n. 18014 Granada.

Guadalajara Estación de Guadalajara . . . . . . . . . . . . . . . C/ Francisco Aritio, s/n. 19004 Guadalajara.

Guipúzcoa . . Estación de San Sebastián/Donostia . . Avda. de Francia, s/n. 20012 San Sebastián.

Huelva . . . . . . Estación de Huelva-Término . . . . . . . . . . . Avda. de Italia, s/n. 21001 Huelva.

Huesca . . . . . . Estación de Huesca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Zaragoza, 14. 22005 Huesca.

Jaén . . . . . . . . . Estación de Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo de la Estación, s/n. 23007 Jaén.

León . . . . . . . . Estación de León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Astorga, s/n. 24009 León.

Lleida . . . . . . . Estación de Lleida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Berenguer IV, s/n. 25007 Lleida.

Lugo . . . . . . . . Estación de Lugo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Conde Fontao, s/n. 20309 Lugo.

Madrid . . . . . . Dirección de Planificación y Control

de RR.HH. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo del Rey, 30. 28008 Madrid.

Málaga . . . . . . Estación de Málaga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Explanada de la Estación, s/n. 29002 Málaga.

Murcia . . . . . . Estación Murcia del Carmen . . . . . . . . . . C/ Industria, s/n. 30002 Murcia.

Navarra . . . . . Estación de Pamplona . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Renfe, s/n. 31012 Pamplona.

Ourense . . . . Estación de Ourense . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. de Marín, s/n. 32001 Ourense.

Palencia . . . . Estación de Palencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de los Jardinillos, s/n. 34003 Palencia.

Pontevedra . Estación de Pontevedra . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Alférez Provisional, s/n. 36003 Pontevedra.

Rioja, La . . . Estación de Logroño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Europa, s/n. 26003 Logroño.

Salamanca . . Estación de Salamanca . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo de la Estación, s/n. 37004 Salamanca.

Segovia . . . . . Estación de Segovia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Obispo Quesada, 1. 40006 Segovia.

Sevilla . . . . . . Estación Sevilla-Santa Justa . . . . . . . . . . . . Avda. Kansas City, s/n. 41007 Sevilla.

Soria . . . . . . . . Estación de Soria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Carretera de Madrid, s/n. 42005 Soria.

Tarragona . . Estación de Tarragona . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de la Estación, s/n. 43004 Tarragona.

Teruel . . . . . . . Estación de Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Camino de la Estación, s/n. 44001 Teruel.

Toledo . . . . . . Estación de Toledo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo de las Rosas, s/n. 45006 Toledo.

Valencia . . . . Estación Valencia-Del Nord . . . . . . . . . . . C/ Xátiva, 24. 46007 Valencia.

Valladolid . . . Estación Valladolid-Campo Grande . . . C/ Recondo, s/n. 47007 Valladolid.

Vizcaya . . . . . Estación Bilbao-Abando . . . . . . . . . . . . . . . Plaza Circular, 2. 48008 Bilbao.

Zamora . . . . . Estación de Zamora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Carretera de la Estación, s/n. 49010 Zamora.

Zaragoza . . . Estación Zaragoza-El Portillo . . . . . . . . . . Avda. de Anselmo Clave, s/n. 50004 Zaragoza.

Información convocatoria:

Teléfonos: 91 540 31 53 y 91 540 31 76.

Internet: http://www.renfe.es

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