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Documento BOE-B-2003-139118

SOCIEDAD MUNICIPAL BARCELONA GESTIÓ URBANÍSTICA, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2003, páginas 4700 a 4700 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-139118

TEXTO

Conforme con lo dispuesto en el artículo 59.4

de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Proceso Administrativo

Común, se notifica, por haber resultado infructuosos

los intentos de notificación personal a sucesores

de "Tintes y Aprestos de Lanería, Socidad Anónima"

que, como propietarios de terrenos incluídos dentro

del ámbito del Proyecto de Reparcelación de la

Unidad de Actuación número 8 del Plan Especial de

Reforma Interior Diagonal Poblenou, les

notificamos que el Consejero Delegado de la "Societat

Municipal Barcelona Gestió Urbanística, Societat

Anònima", en fecha 10 de junio de 2002 adoptó

la resolución, el texto literal de la cual es el siguiente:

1. "REALIZAR el Segundo requerimiento de

cuotas de urbanización por importe de 865.015,31

euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluído,

a los propietarios incluídos en el ambito del Proyecto

de reparcelación y urbanización de la Unidad de

Actuación número 8 del Plan Especial de Reforma

Interior Diagonal-Poblenou.

2. REQUERIR para que, en el plazo

de un mes contado a partir de la recepción

de esta resolución, ingresen a la Cuenta

2100-3000-13-2201688412 de la Caixa de Pensions

de Barcelona, "la Caixa", Oficina Corporativa Plaza

Sant Jaume, Calle Ciutat, 1, de Barcelona, a favor

de la "Societat Municipal Barcelona Gestió

Urbanística, Societat Anónima" (Bagursa) (calle de la

Llacuna, 161, planta 2a 08018 Barcelona), el

requerimiento de cuotas, el importe total de la cual es

de 865.015,31, Euros a cuenta de los gastos por

obra de urbanización del Proyecto de Reparcelación

de la Unidad de Actuación número 8 del Plan

Especial de Reforma Interior Diagonal-Poblenou, de

acuerdo con la distribución por cuotas de

participación en cargas que figura en el informe previo

y relaciones anexas a esta resolución y que se tienen

por reproducidos, a las siguientes propiedades y por

los siguientes importes, Impuesto sobre el Valor

Añadido incluido:

"Mapfre Inmuebles, Sociedad Anónima":

71.232,44 Euros; "Coll Favà Parc, Sociedad

Limitada": 116.087,16 Euros; Ayuntamiento de

Barcelona: 33.099,18 Euros; "Metrovacesa, Sociedad

Limitada": 65.221,46 euros; "Sociedad

Internacional de Promociones Urbanas, Sociedad

Anónima.:16.955,61 euros; "Realia": 184.808,17 euros;

"Urbis, Sociedd Anónima".: 74.020,05 euros;

"Gàmbit, Sociedad Anónima": 171.201,75 euros;

Succesores de "Tintes y Aprestos de Lanería, S.A.":

7.459,81 euros; Señora Mercedes de Larratea y

Cortés: 1.457,46 euros; Señor Manuel de Larratea y

Cortés: 1.457,46 euros; Señor Fernando de Larratea

y Cortés: 1.457,46 euros; Señora Antonia Rosés

y Nogués: 2.360,28 euros; Señora María Angels

Layret y Basas: 2.053,81 euros; Señor Joaquín Gimeno

y Tarazón: 2.656,03 euros; Señora María Rosa

López y García: 2.068,42 euros; Señora Luz Aurelia

Milagro Rivera y Pareja: 2.349,99 euros; Señora

Josefina Salas y Zapater: 1.370,57 euros; Señora

Anna María y Señor Angel Salas y Liñares -Señora

Anna María Liñares y Vives: 1.370,57 euros; Señor

Antonio Albiol y Carol: 1.163,79 euros; Señora

Joaquina Beltrán del Río: 1.163,79 euros;

"Vallehermoso, Sociedad Anónima: 50.501,84 euros; "Amrey

Promociones Inmobiliarias, Sociedad Limitada":

43.759,39 euros; Señor Angel Rabassa y Pueo:

2.464,26 euros; Señor Juan Navarro y Peñas:

2.719,09 euros; Señor Ramiro Sánchez y Ortas:

1.094,42 euros; Señora Josefina Mateo y Pariente:

1.094,42 euros; Señor José Puchol y Benages:

1.183,43 euros; Señora Maria Beltrán y Morales:

1.183,43 euros.

y, PROCEDER en caso de haber transcurrido el

mencionado plazo sin efectuarse el pago, a trasladar

el correspondiente expediente al Institut Municipal

d'Hisenda para efectuar su exacción por la vía de

constreñimiento.

3. NOTIFICAR a los propietarios afectados

este acuerdo".

Contra esta resolución, que agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso potestativo

de reposición ante el órgano que lo ha adoptado,

en el plazo de un mes contado a partir del día

siguiente al de la recepción de la presente

notificación, o se puede interponer recurso contencioso

administrativo ante la Sala de lo Contencioso

Administrtivo, del Tribunal Superior de Justícia de

Catalunya, en el plazo de dos meses contados desde

el día siguiente de la presente notificación.

Contra la resolución expresa del recurso

potestitvo de reposición se podrá interponer recurso

contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de

Justícia de Catalunya, en el plazo de dos meses a contar

desde el día siguiente a su notificación.

Contra la desestimación tácita del recurso

potestativo de reposición, que se entenderá producida

una vez transcurrido un mes contado desde el día

siguiente al de su interposición sin que se haya

notificado resolución expresa, se puede interponer

recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo, del Tribunal Superior

de Justícia de Catalunya, en el plazo de seis meses

a contar desde el día siguiente al que se haya

producido la desestimación tácita.

No obstante, se puede interponer cualquier otro

recurso que se considere conveniente.

Conforme con la Ley 4/1999, de 13 de enero,

de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre.

Barcelona, 22 de mayo de 2003.-Alfredo Jorge

Juan Andrés, el consejero delegado.-27.179.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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