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Conforme con lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Proceso Administrativo
Común, se notifica, por haber resultado infructuosos
los intentos de notificación personal a sucesores
de "Tintes y Aprestos de Lanería, Socidad Anónima"
que, como propietarios de terrenos incluídos dentro
del ámbito del Proyecto de Reparcelación de la
Unidad de Actuación número 8 del Plan Especial de
Reforma Interior Diagonal Poblenou, les
notificamos que el Consejero Delegado de la "Societat
Municipal Barcelona Gestió Urbanística, Societat
Anònima", en fecha 10 de junio de 2002 adoptó
la resolución, el texto literal de la cual es el siguiente:
1. "REALIZAR el Segundo requerimiento de
cuotas de urbanización por importe de 865.015,31
euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluído,
a los propietarios incluídos en el ambito del Proyecto
de reparcelación y urbanización de la Unidad de
Actuación número 8 del Plan Especial de Reforma
Interior Diagonal-Poblenou.
2. REQUERIR para que, en el plazo
de un mes contado a partir de la recepción
de esta resolución, ingresen a la Cuenta
2100-3000-13-2201688412 de la Caixa de Pensions
de Barcelona, "la Caixa", Oficina Corporativa Plaza
Sant Jaume, Calle Ciutat, 1, de Barcelona, a favor
de la "Societat Municipal Barcelona Gestió
Urbanística, Societat Anónima" (Bagursa) (calle de la
Llacuna, 161, planta 2a 08018 Barcelona), el
requerimiento de cuotas, el importe total de la cual es
de 865.015,31, Euros a cuenta de los gastos por
obra de urbanización del Proyecto de Reparcelación
de la Unidad de Actuación número 8 del Plan
Especial de Reforma Interior Diagonal-Poblenou, de
acuerdo con la distribución por cuotas de
participación en cargas que figura en el informe previo
y relaciones anexas a esta resolución y que se tienen
por reproducidos, a las siguientes propiedades y por
los siguientes importes, Impuesto sobre el Valor
Añadido incluido:
"Mapfre Inmuebles, Sociedad Anónima":
71.232,44 Euros; "Coll Favà Parc, Sociedad
Limitada": 116.087,16 Euros; Ayuntamiento de
Barcelona: 33.099,18 Euros; "Metrovacesa, Sociedad
Limitada": 65.221,46 euros; "Sociedad
Internacional de Promociones Urbanas, Sociedad
Anónima.:16.955,61 euros; "Realia": 184.808,17 euros;
"Urbis, Sociedd Anónima".: 74.020,05 euros;
"Gàmbit, Sociedad Anónima": 171.201,75 euros;
Succesores de "Tintes y Aprestos de Lanería, S.A.":
7.459,81 euros; Señora Mercedes de Larratea y
Cortés: 1.457,46 euros; Señor Manuel de Larratea y
Cortés: 1.457,46 euros; Señor Fernando de Larratea
y Cortés: 1.457,46 euros; Señora Antonia Rosés
y Nogués: 2.360,28 euros; Señora María Angels
Layret y Basas: 2.053,81 euros; Señor Joaquín Gimeno
y Tarazón: 2.656,03 euros; Señora María Rosa
López y García: 2.068,42 euros; Señora Luz Aurelia
Milagro Rivera y Pareja: 2.349,99 euros; Señora
Josefina Salas y Zapater: 1.370,57 euros; Señora
Anna María y Señor Angel Salas y Liñares -Señora
Anna María Liñares y Vives: 1.370,57 euros; Señor
Antonio Albiol y Carol: 1.163,79 euros; Señora
Joaquina Beltrán del Río: 1.163,79 euros;
"Vallehermoso, Sociedad Anónima: 50.501,84 euros; "Amrey
Promociones Inmobiliarias, Sociedad Limitada":
43.759,39 euros; Señor Angel Rabassa y Pueo:
2.464,26 euros; Señor Juan Navarro y Peñas:
2.719,09 euros; Señor Ramiro Sánchez y Ortas:
1.094,42 euros; Señora Josefina Mateo y Pariente:
1.094,42 euros; Señor José Puchol y Benages:
1.183,43 euros; Señora Maria Beltrán y Morales:
1.183,43 euros.
y, PROCEDER en caso de haber transcurrido el
mencionado plazo sin efectuarse el pago, a trasladar
el correspondiente expediente al Institut Municipal
d'Hisenda para efectuar su exacción por la vía de
constreñimiento.
3. NOTIFICAR a los propietarios afectados
este acuerdo".
Contra esta resolución, que agota la vía
administrativa, se puede interponer recurso potestativo
de reposición ante el órgano que lo ha adoptado,
en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de la recepción de la presente
notificación, o se puede interponer recurso contencioso
administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrtivo, del Tribunal Superior de Justícia de
Catalunya, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente de la presente notificación.
Contra la resolución expresa del recurso
potestitvo de reposición se podrá interponer recurso
contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justícia de Catalunya, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a su notificación.
Contra la desestimación tácita del recurso
potestativo de reposición, que se entenderá producida
una vez transcurrido un mes contado desde el día
siguiente al de su interposición sin que se haya
notificado resolución expresa, se puede interponer
recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo, del Tribunal Superior
de Justícia de Catalunya, en el plazo de seis meses
a contar desde el día siguiente al que se haya
producido la desestimación tácita.
No obstante, se puede interponer cualquier otro
recurso que se considere conveniente.
Conforme con la Ley 4/1999, de 13 de enero,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre.
Barcelona, 22 de mayo de 2003.-Alfredo Jorge
Juan Andrés, el consejero delegado.-27.179.
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