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Documento BOE-B-2003-139117

SOCIEDAD MUNICIPAL BARCELONA GESTIÓ URBANÍSTICA, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2003, páginas 4699 a 4700 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-139117

TEXTO

Conforme con lo que dispone el artículo 59.4

de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Púbicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se notifica, por haber resultado

infructuosos los intentos de notificación personal

a sucesores de "Tintes y Aprestos de Lanería,

Sociedad Anónima" que, como propietarios de terrenos

incluidos en el ámbito del Proyecto de

Reparcelación de la Unidad de Actuación número 8 del

Plan Especial de Reforma Interior Diagonal

Poblenou, se les notifica que el Consejero Delegado de

la "Societat Municipal Barcelona Gestió

Urbanística, Sociedad Anónima", en fecha de 28 de

septiembre de 2001 adoptó la resolución, el texto literal

del cual es el siguiente:

1. "INICIAR el expediente de aplicación de

cuotas de urbanización a los propietarios incluidos

en el ámbito del Proyecto de Reparcelación de la

Unidad de Actuación número 8 del Plan Especial

de Reforma Interior Diagonal-Poblenou.

2. FIJAR en 2.189.632.307 pesetas, Impuesto

sobre el Valor Añadido excluido, el importe del

gasto por gestión de suelo para los próximos seis

meses, que incluye los gastos de gestión y de

redacción del proyecto.

3. PROCEDER a la liquidación de los gastos

de suelo y gestión previstos para los próximos seis

meses por el importe de 2.189.632.307 pesetas,

Impuesto del Valor Añadido excluido, y conforme

con lo que preveen el artículo 182 y 183 del Decreto

Legislativo 1/90 de 12 de julio, por el cual se aprueba

el refundido de los textos legales vigentes en

Catalunya en materia urbanística, y del artículo 127 a

129 del Reglamento de Gestión urbanística, requerir

a los propietarios afectados el pago de los gastos

de urbanización y de gestión correspondientes al

proyecto en proporción a su porcentaje de

participación en el proyecto de reparcelación, tal como

se refleja en el cuadro adjunto, y de acuerdo con

la cuenta de liquidación provisional.

4. REQUERIR para que, en el plazo de un

mes a contar a partir de la recepción de esta

resol u c i ó n , i n g r e s e n e n l a C u e n t a

2100-3000-13-2201688412 de la Caixa de Pensions

de Barcelona, "la Caixa", Oficina Corporativa Plaça

Sant Jaume, calle Ciutat, 1, de Barcelona, a favor

de la "Societat Municipal Barcelona Gestió

Urbanística, S.A" (BAGUR, S.A.) (calle de la Llacuna,

161, planta 208018 Barcelona), el requerimiento

de cuotas, el importe total del cual es de dos mil

quinientos treinta y nueve millones novecientas

setenta y tres mil cuatrocientas setenta y cuatro

(2.539.973.474 pesetas) a cuenta de los gastos del

Proyecto de Reparcelación de la Unidad de

Actuación número 8 del Plan Especial de Reforma Interior

Diagonal-Poblenou, de acuerdo con la distribución

por cuotas de participación en cargas que figuran

en el informe previo y relaciones anexas a esta

resolución y que se tienen por reproducidas, a las

siguientes propiedades y por los siguientes importes,

Impuesto sobre el Valor Añadido incluido:

Ajuntament de Barcelona: Cuatrocientos

484.598.594 pesetas; "Gambit, Sociedad Anónima":

276.220.319 pesetas.; María Antonia Ferrer Alier:

40.681.753 pesetas; Josefa Roura Alier: 40.681.753

pesetas; "Pedro IV, Sociedad Anónima":

162.727.011 pesetas; Rosa Ana Alier Aldoma (np)

y Rosa Aldoma Carbonell (uf): 10.170.438 pesetas;

Juan Carlos Alier Aldoma (np) y Rosa Aldoma

Carbonell (uf): 10.170.438 pesetas; Rosa Ana Alier

Aldoma: 10.170.438 pesetas; Juan Carlos Alier

Aldoma: 10.170.438 pesetas; "Coll Favà Parc,

Sociedad Limitada": 252.521.111 pesetas; María Rosario

Salat Torras: 51.238.388 pesetas; María Dolores

Salat Torras: 51.238.388 pesetas; Juan María

Buhigas Colomer: 51.238.388 pesetas; María José

Buhigas Colomer: 51.238.388 pesetas; María Rosario

Salat Torras: 18.797.040 pesetas; María Dolores

Salat Torras: 18.797.040 pesetas; "Realia Business,

Sociedad Anónima": 222.039.956 pesetas; "Ravena,

Sociedad Anónima": 148.931.637 pesetas, "Edificio

Riusec, Sociedad Anónima": 21.082.994 pesetas;

"Vallehermoso, Sociedad Anónima": 140.377.261

pesetas; "Sociedad Internacional Promociones

Urbanas, Sociedad Anónima": 125.718.021 pesetas;

"Amrey Promociones Inmobiliarias, Sociedad

Limitada": 119.327.248 pesetas; "Metrovacesa de

Viviendas, Sociedad Anónima": 141.151.247 pesetas;

Succesores de "Tintes y Aprestos de Lanería, Sociedad

Anónima": 161.652,71 euros (26.896.748 pesetas);

Fructuoso Homs Roca: 3.137.355 pesetas; Antonia

Rosés Nogués: 3.137.355 pesetas; Mercedes de

Larratea Cortés: 3.074.520 pesetas, Manuel de

Larratea Cortés: 3.074.520 pesetas, Fernando de

Larratea Cortés: 3.074.520 pesetas; Ramon M.Pons

i Bosch: 6.507.130 pesetas; Herederos de Àngel

Salas Fabregat: 7.954.548 pesetas; Herederos de

Joaquin Gimeno Tarazón: 9.291.202 pesetas; Luz

Aurelia Milagro Rivera Pareja: 6.895.112 pesetas;

Herederos de Antonio Albiol Carol: 660.388

pesetas; Joaquina Beltrán del Río: 660.388 pesetas;

María Rosa López García: 1.555.285 pesetas; Paz

Felipe Tauste: 2.299.830 pesetas; María Angeles

Layret Basas: 2.466.284 pesetas;

y, PROCEDER en caso de haber transcurrido el

mencionado plazo sin efectuarse el pago, a trasladar

el correspondiente expediente al Institut Municipal

dHisenda para efectuar su exacción por la vía de

constreñimiento.

5. Notificar a los propietarios afectados este

acuerdo".

Contra esta resolución, que agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso potestativo

de reposición ante el órgano que lo ha adoptado,

en el plazo de un mes contado a partir del día

siguiente al de la recepción de la presente

notificación, o se puede interponer recurso contencioso

administrativo ante la Sala de lo Contencioso

Administrtivo, del Tribunal Superior de Justícia de

Catalunya, en el plazo de dos meses contados desde

el día siguiente de la presente notificación.

Contra la resolución expresa del recurso

potestitvo de reposición se podrá interponer recurso

contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de

Justícia de Catalunya, en el plazo de dos meses a contar

desde el día siguiente a su notificación.

Contra la desestimación tácita del recurso

potestativo de reposición, que se entenderá producida

una vez transcurrido un mes contado desde el día

siguiente al de su interposición sin que se haya

notificado resolución expresa, se puede interponer

recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo, del Tribunal Superior

de Justícia de Catalunya, en el plazo de seis meses

a contar desde el día siguiente al que se haya

producido la desestimación tácita.

No obstante, se puede interponer cualquier otro

recurso que se considere conveniente.

Conforme con la Leyi 4/1999, de 13 de enero,

de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre.

Barcelona, 22 de mayo de 2003.-Alfredo Jorge

Juan Andrés, el Consejero Delegado.-27.205.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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