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Documento BOE-B-2003-131043

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", la subestación a 400 KV de "Aparecida", en el término municipal de Lubián (Zamora) y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 2003, páginas 4369 a 4369 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-131043

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la

Delegación Territorial en Zamora de la Junta de Castilla

y León a instancia de "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima", con domicilio en La

Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los

Gaitanes, 177, solicitando la autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública

de la instalación arriba citada.

Resultando que la petición de "Red Eléctrica de

España, Sociedad Anónima", ha sido sometida a

información pública a los efectos previstos en los

artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose

presentado alegación alguna durante el plazo

reglamentariamente establecido.

Resultando que de conformidad con los

artículos 127, 131 y 146 del citado Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha remitido

separata del proyecto al Ayuntamiento de Lubián

solicitando informe y condicionados, el cual presta

su conformidad.

Resultando que el anuncio de información pública

de la instalación fue expuesto en el tablón de

anuncios del Ayuntamiento de Lubián, certificándose por

el mismo que no se ha presentado ninguna alegación

ni reclamación.

Visto el informe emitido por el Servicio Territorial

de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación

Territorial de Zamora de la Junta de Castilla y León.

Visto el informe de la Comisión Nacional de

Energía, aprobado en Consejo de Administración en su

sesión celebrada el día 28 de abril de 2003.

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios establecidos en el Título VII del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima", la subestación a 400 KV,

denominada "Aparecida" en el término municipal de Lubián

(Zamora), cuyas características principales son:

Adoptará una configuración de interruptor y

medio con capacidad para tres calles, basada en

dos tipos de embarrados: uno semiflexible para

conexiones tendidas, destinado a la interconexión

principal y el otro rígido a base de tubos de aluminio

destinado a la conexión de aparellaje entre sí y a

las barras principales.

En una primera etapa, aunque esté conectada

a 220 KV, se equipara totalmente la Calle 1 y

parcialmente la Calle 2 con aparellaje para 400 KV,

a excepción de los transformadores de tensión y

autoválvulas, con las siguientes posiciones:

Calle 1:

Posición 11: Salida a transformador 1 de 220/45

KV (100MVA).

Posición 21: Salida a línea Conso.

Calle 2:

Posición 12: Salida a transformador 2 (futuro).

Posición 22: Salida a línea Valparaíso.

Calle 3:

Posición 23: Línea futura.

En la segunda etapa, la subestación quedará

totalmente a 400 KV, sustituyéndose el aparellaje

de 220 KV de la primera etapa para la nueva tensión

de 400 KV, se sustituirá el transformador

trifásico 1 de 220/45 KV y 100 MVA por otro trifásico

a 400/45 KV y 150 MVA, equipándose

completamente la Calle 2 con salida hacia el transformador

trifásico 2 de 400/45 KV de 200 MVA, el cual

se instalará en esta segunda etapa.

Una vez ejecutada la segunda etapa, la subestación

quedará con la siguiente disposición:

Calle 1:

Posición 11: Salida a transformador 1, de 400/45

KV y 150 MVA.

Posición 21: Salida a línea Conso.

Calle 2:

Posición 12: Salida a transformador 2, de 400/45

KV y 150 MVA.

Posición 22: Salida a línea Valparaíso.

Calle 3:

Posición 23: Línea futura.

Aparellaje: Se instalarán para un nivel de tensión

de 400 KV interruptores unipolares con cámaras

de corte en SF6, transformadores de intensidad,

seccionadores de barras, de línea y de aislamiento,

transformadores capacitados y bobinas de bloqueo.

Igualmente, se instalará un juego de transformadores

de tensión capacitivos por salida de línea, más un

transformador en la fase 4 de cada una de las barras

B1 y B2 para una tensión máxima de 245 KV,

siendo para igual tensión los pararrayos autoválvulas

a instalar.

Estructuras metálicas: Las estructuras metálicas

y soportes de la aparamenta se construirán con

perfiles normalizados. La estructura del aparellaje se

montará para el nivel de tensión de 400 KV.

Redes de tierra: Se instalará una red de tierras

inferiores que garantice los niveles admisibles de

las tensiones de paso y contacto, y una red de tierras

superiores al objeto de proteger los equipos de la

subestación contra las decargas atmosféricas.

Edificaciones: Se construirá un edificio de mando

y control y dos casetas de relés.

Equipos: Instalación de equipos de mando,

control y medida y servicios auxiliares de corriente

continua y corriente alterna. Para la alimentación a

los servicios auxiliares de corriente alterna se

utilizará una acometida que alimentará a un centro

de transformación prefabricado y un grupo

electrógeno de 210 KVA.

Comunicaciones: Se montarán sistemas de

comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y

telefonía interna.

Alumbrado: Instalaciones de alumbrado exterior,

interior y de emergencia.

Cerramiento de la subestación: Con valla metálica

de acero galvanizado.

La finalidad de la subestación es permitir el acceso

a la red de transporte de la energía generada en

los parques eólicos de la zona y potenciar la red

de 400 KV para mejorar el suministro a Madrid

y posibilitar la alimentación al tren de alta velocidad

Madrid-Valladolid.

La posición de interruptor de Barras 1 de la Calle

1, juntamente con su aparamenta asociada, queda

excluida de los efectos retributivos del Real

Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se

regulan las actividades de transporte y distribución,

excepto los costes de operación y mantenimiento

que serán asumidos por el sistema.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de

la instalación que se autoriza a los efectos previstos

en el capítulo V del título VII del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en el

título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial

y de la Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 13 de mayo de 2003.-La Directora

General, Carmen Becerril Martínez.-&24.242.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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