A la vista de los datos suministrados por el sistema
de control horario, se comprueba su ausencia al
trabajo, sin haber aportado justificación alguna,
durantes los meses de enero, febrero y marzo
de 2003.
Por tanto, al objeto de cumplir con el trámite
de audiencia al interesado, regulado en el
artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se pone en su conocimiento la
existencia de la ausencia sin justificar, durante el
período citado.
En consecuencia, rogamos aporte en el plazo de
diez días la justificación documental oportuna de
la causa que motivó su ausencia. En el caso de
no obtener justificación alguna por su parte se
iniciaran las actuaciones pertinentes para deducir los
haberes correspondientes, al amparo de lo previsto
en el artículo 36 de la Ley 31/1991, de 30 de
diciembre mofificado por la Ley 13/1996 de 30 de
diciembre.
Madrid, 7 de abril de 2003.-El Jefe de Servicio,
Pedro Bueno Díaz.-&15.328.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid