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Documento BOE-B-2002-46053

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima" la instalación de la subestación a 400 kV de "El Palmar", en el término municipal de Murcia, y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2002, páginas 1390 a 1391 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-46053

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia,

a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima", con domicilio en La

Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes,

número 177, solicitando la autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública

de la instalación que se cita.

Resultando que sometida la petición de "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima" a información

pública, a los efectos previstos en el artículo 9 del

Decreto 2617/1996, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas, y en el artículo

10 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, por

el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966,

de 18 de marzo, de Expropiación Forzosa y

Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas,

normativa que resulta de aplicación en virtud de lo

establecido en la disposición transitoria primera de

la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, durante el plazo reglamentario no se ha

formulado oposición alguna a la autorización

pretendida.

Resultando que solicitado informe a la Gerencia

de Infraestructuras y Equipamiento de la Defensa

del Ministerio de Defensa, a cuyo cargo se

encuentran los terrenos afectados por la subestación

proyectada, no se presenta oposición a la instalación,

aceptando "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima" la ampliación de la superficie a expropiar

en 13.500 metros cuadrados propuesta por la citada

Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la

Defensa.

Resultando que por el Ayuntamiento de Murcia

se comunica que según lo establecido en la Revisión

del Plan General de Ordenación Urbana de Murcia,

aprobada definitivamente con fecha 31 de enero

de 2001, los terrenos donde ha sido proyectada

la subestación se encuentran dentro de los límites

del sector de suelo urbanizable denominado

"ZP-Pm6" como parque de actividad económica,

en el que entre otros usos admitidos se encuentran

los industriales en general y equipamientos

colectivos y servicios públicos, manifestando, a su vez,

que no existe ningún inconveniente desde el punto

de vista de ajuste a los usos previstos por las Normas

del Plan General para que se permita la implantación

de la subestación en el sector urbanizable.

Visto el informe emitido por la Comisión

Nacional de Energía, aprobado en Consejo de

Administración en su sesión de fecha 20 de diciembre

de 2001.

Considerando lo establecido en la disposición

transitoria undécima del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica.

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios ordenados en los Decretos

2617/1966, 2619/1966 y en el título IX de la Ley

54/1997, del Sector Eléctrico.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima" la instalación de la subestación a

400 kV denominada "El Palmar", en el término

municipal de Murcia, cuyas características

principales son:

Parque de intemperie de 400 kV y varias

edificaciones, entre las que se encuentran el edificio

de mando, control y comunicaciones, y cuatro

casetas de relés del parque para las posiciones que

entrarán en servicio. La disposición del parque consiste

en una configuración de interruptor y medio con

las posiciones equipadas que se indican a

continuación:

Calle 1: Reserva-Línea Litoral 1.

Calle 2: Línea Nueva Escombreras 1-Línea

Litoral 2.

Calle 3: Línea Nueva Escombreras 2-Línea

Rocamora 1.

Calle 4: Línea Autotransformador 1 (SE

Iberdrola)-Línea Rocamora 2.

Calle 5: Autotransformador 2 (SE

Iberdrola)-Reserva.

Calle 6: Futura.

Aparellaje: Se instalarán interruptores,

seccionadores rotativos, seccionadores rotativos con puesta

a tierra, seccionadores pantógrafos, transformadores

de intensidad, transformadores de tensión

capacitivos y bobinas de bloqueo y aisladores y sistema

exterior de servicios auxiliares formado por un

centro de transformación de 400 kVA alimentado a

través de una línea de exterior de Iberdrola.

Sistema de protección, control y comunicación

por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna.

Sistemas de alumbrado y fuerza.

Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente

continua.

Redes de tierra superiores e inferiores.

La finalidad de la subestación es el refuerzo de

la red de transporte en la Región de Murcia, al

permitir la unión de la línea a 400 kV

"Litoral-Rocamora" con la línea en proyecto a 400 kV "Nueva

Escombreras-El Palmar", posibilitando con ello la

alimentación a la ciudad de Murcia y zonas

limítrofes desde la red a 400 kV, que actualmente sólo

cuenta con la red de 200 y 132 kV, mediante la

instalación en la subestación de una posición de

tranformación 400/132 kV que permitirá el enlace

de la red a 400 kV con la subestación de 200/132 kV

de "Iberdrola" existente en las cercanías.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de

la instalación que se autoriza a los efectos previstos

en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la

Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un

mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de

la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización

y Funcionamiento de la Administración General del

Estado.

Madrid, 17 de enero de 2002.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez.-5.202.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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