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Documento BOE-B-2002-265100

Resolución de la agencia de Protección de Datos por el que se ejecuta la sentencia del PS 121/99.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 2002, páginas 9189 a 9189 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2002-265100

TEXTO

Desconociéndose el domicilio actual de "Gabinete

de Gestión y Prensa 2000, Sociedad Limitada", con

código de identificación fiscal B-82048174, procede

acudir al medio de notificación previsto en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En consecuencia, a continuación se transcribe,

para que sirva de notificación, extracto de la

Resolución de ejecución de sentencia del PS 121/99:

En el recurso contencioso-administrativo

número 764/2000, interpuesto ante la Sección Primera

de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional por "Gabinete de Gestión y

Prensa 2000, Sociedad Limitada" (PS 121/99),

contra la Agencia de Protección de Datos, acusamos

recibo de la sentencia de fecha 7 de diciembre

de 2001, cuya parte dispositiva dice así:

"Fallamos: Que estimamos en parte el recurso

contencioso-administrativo interpuesto por la

representación procesal de "Gabinete de Gestión y

Prensa 2000, Sociedad Limitada", declarando que la

sanción impuesta por falta de consentimiento en el

tratamiento de datos, es conforme al ordenamiento

jurídico, por lo que en este punto confirmamos los

actos administrativos, y los anulamos por su

disconformidad con el mismo respecto de la segunda

sanción, impuesta por no atender al requerimiento

efectuado; sin costas."

En su virtud, este Ente Público, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de

la Ley 29/1998 Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998,

dispone el cumplimiento en sus propios términos de

la referida sentencia y su notificación a las partes

interesadas.

En consecuencia, se anula una sanción de

60.101,22 euros, y se deberá proceder al ingreso

de una sanción de 60.101,22 euros y de los intereses

de 5.551,57 euros, según la siguiente liquidación:

Capital inicial: 60.101,22 euros.

Capital final: 65.652,79 euros.

Intereses: 5.551,57 euros.

Año: 2000. Días: 240. Interés: 4,25 por 100.

Año: 2001. Días: 365. Interés: 5,50 por 100.

Año: 2002. Días: 84. Interés: 4,25 por 100.

En el plazo voluntario que señala el artículo 20

del Reglamento General de Recaudación aprobado

por Real Decreto 1684/1990, de 20 de

diciembre, mediante su ingreso en la cuenta

número 0200000785 a nombre de la Agencia de

Protección de Datos abierta en la sucursal 2370 de

"Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad

Anónima".

Si recibe la notificación entre los días 1 y 15

de cada mes, ambos inclusive, el plazo para efectuar

el pago voluntario será hasta el día 5 del mes

siguiente o inmediato hábil posterior, y si recibe la

notificación entre los días 16 y último de cada mes,

ambos inclusive, el plazo del pago será hasta el

20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

Madrid, 21 de octubre de 2002.-El Secretario

general.-46.751.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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