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Don José López Veiga, Inspector Jefe del Cuerpo
Nacional de Policía, Jefe de Sección
Administrativa o Técnica en la Unidad de Régimen
Disciplinario de la División de Personal,
Hago saber: Que por este edicto se notifica al
Policía del Cuerpo Nacional de Policía, don Miguel
Ángel Devesa Mera, con documento nacional de
identidad número 36.089.663, que el Director
general de la Policía, ha dictado en el expediente
disciplinario número 100/2002, las resoluciones que
a continuación se indican, las cuales no han podido
serle notificadas por otros medios al encontrarse
en paradero desconocido, y cuya parte dispositiva
se transcribe literalmente:
Resolución de fecha 5 de abril de 2002.
"Acuerdo:
1.o Que por el Inspector del Cuerpo Nacional
de Policía, Instructor de Expedientes, don Alfonso
Gómez Sánchez, asistido en calidad de Secretario
por el Policía del mismo Cuerpo don Eusebio Javier
Castillo de la Red, se proceda a incoar expediente
formal disciplinario a fin de depurar las
responsabilidades administrativas en que hubiera podido
incurrir con su conducta el expresado señor Devesa
Mera, el cual, una vez ultimado y con el preceptivo
informe propuesto, será elevado a mi autoridad para
la resolución correspondiente.
2.o Los hechos que indiciariamente se le
imputan son de extrema gravedad, máxime si se tiene
en cuenta que una de las funciones esenciales
atribuidas al Cuerpo Nacional de Policía por la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, es la de velar por el
cumplimiento del ordenamiento jurídico, previniendo,
investigando y persiguiendo la comisión de las
infracciones penales en los términos legalmente
previstos a fin de garantizar la seguridad ciudadana,
evitando con su conducta causar daño al prestigio
que la institución o cuerpo al que pertenece merece
ante la sociedad; y nada puede quebrar más dicha
seguridad que la noticia de que aquéllos en quien
la sociedad ha depositado su confianza a fin de
obtener protección sean quienes la traicionen con
comportamientos gravemente atentatorios a los
principios básicos de integridad, dignidad y
disciplina que han de orientar su forma de actuar. Por
ello, en uso de las facultades que me confiere el
artículo 34.1 del citado Reglamento de Régimen
Disciplinario, procede acordar suspensión provisio
nal de funciones en los derechos inherentes a su
condición de funcionario, durante la tramitación del
procedimiento penal que se le sigue por estos
mismos hechos; procediendo a recogerle los distintivos
del cargo y el arma o armas, en su caso."
Resolución de fecha 10 de septiembre de 2002.
"Acuerdo:
1.o Retrotraer el expediente disciplinario
número 100/2002 al momento en que, acreditados los
infructuosos intentos de notificación al Policía don
Miguel Ángel Devesa Mera, del acto de incoación
del procedimiento y adopción de la medida cautelar
de suspensión provisional de funciones, debió
procederse a su publicación. Ello, a fin de completar
el trámite de notificación.
2.o Deben serle reconocidos al señor Devesa
Mera todos los derechos inherentes a la condición
de funcionario que se hubieran visto afectados por
la medida cautelar de suspensión provisional de
funciones, cuya eficacia queda demorada hasta su
notificación mediante la publicación de edictos.
3.o No acreditar haberes al citado funcionario
en la situación de suspensión provisional de
funciones adoptada con motivo del expediente
disciplinario número 100/2002, en tanto se mantenga
la paralización del mismo por causa a él imputable."
Contra las citadas resoluciones, que ponen fin
a la vía administrativa de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según redacción dada por Ley
4/1999, de 13 de enero, en relación con la
disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997,
de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento
de la Administración General del Estado, el
interesado puede interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante esta Dirección General,
en el plazo de un mes, según lo preceptuado en
los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992,
en su nueva redacción dada por Ley 4/1999; o
impugnarla, presentando directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia en cuya circunscripción tenga su domicilio o
de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el
artículo 10.1.i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente al de la notificación de este acto,
de conformidad con lo previsto en el artículo 46
número 1 de dicha Ley.
En el supuesto de interponer el primero de los
citados recursos, no podrá presentar el
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del recurso de reposición interpuesto, conforme a
lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en
su nueva redacción. Madrid, 5 de abril de 2002.-El
Director general de la Policía, Juan Gabriel Cotino
Ferrer.-Madrid, 10 de septiembre de 2002.-El
Director general de la Policía, Agustín Díaz de Mera
y García Consuegra.
La presente notificación se efectúa en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, según redacción
dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y teniendo
en cuenta lo dispuesto en su artículo 61.
El funcionario podrá conocer el contenido de
dichos actos administrativos, personándose de nueve
a catorce horas, de lunes a viernes, en la Unidad
de Régimen Disciplinario, sita en el paseo de
Delicias, número 76, planta tercera, de Madrid, en el
plazo de diez días, computados desde el día siguiente
al de publicación de este anuncio en el "Boletín
Oficial del Estado". Madrid, 19 de septiembre de
2002.-El Jefe de Sección, José López Veiga.
-Firmado y rubricado.-El Director general de la Policía,
Agustín Díaz de Mera y García Consuegra.
Madrid, 20 de septiembre de 2002.-El
Subdirector general de la Oficialía Mayor, José Ángel
Manzano García.-43.986.
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