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Documento BOE-B-2002-241154

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima" la ampliación de la subestación a 400 kV de "Herrera de Pisuerga", en el término municipal de Páramo de Boedo, en la provincia de Palencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2002, páginas 8185 a 8185 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-241154

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la

Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León

en Palencia, a instancia de "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima", con domicilio en La

MoralejaAlcobendas (Madrid), paseo del Conde de los

Gaitanes, número 177, solicitando la autorización

administrativa de la ampliación de la subestación de

Herrera de Pisuerga;

Resultando que la subestación fue autorizada

a 220 kV por Resolución de la Dirección General

de Industria del Ministerio de Industria de fecha

21 de agosto de 1956 y, posteriormente, a 400 kV

por Resolución de la Dirección General de la

Energía del Ministerio de Industria de fecha 31 de enero

de 1973,

Resultando que sometida la petición de "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima" a información

pública, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización,

suministros y procedimientos de autorización de

instalaciones de energía eléctrica, durante el plazo

reglamentario no se han presentado alegaciones ni

oposición a la autorización pretendida,

Resultando que enviada separata del proyecto al

Ayuntamiento de Páramo de Boedo, en cuyo

término municipal radica la subestación, a fin del

establecimiento de condicionados, de conformidad con

lo previsto en el artículo 131 del citado Real

Decreto 1955/2000, y reiterada la petición, no existe

pronunciamiento alguno por parte del mismo, por lo

que teniendo en consideración el referido artículo

se tendrán por aprobadas por el Ayuntamiento las

especificaciones técnicas propuestas por "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima",

Visto el informe emitido por la Comisión

Nacional de Energía, aprobado en Consejo de

Administración celebrado con fecha 25 de julio de 2002;

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios establecidos en el capítulo II del

título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre,

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima" la ampliación de la subestación a 400

kV de "Herrera de Pisuerga", situada en el término

municipal de Páramo de Boedo, en la provincia

de Palencia, y que consiste, básicamente, en:

Equipamiento de una nueva posición 25 dentro

de la actual Calle 5 como posición de transformador

400/132 kV.

Tendido de conductores entre el pórtico de amarre

del transformador 400/132 kV y el pórtico de amarre

de la nueva posición.

Conexionado de control y protecciones entre el

transformador 400/132 kV y la nueva posición.

Modificación de la línea a 12 kV tendida

actualmente sobre los terrenos que ocupará la instalación

transformadora 400/132 kV (objeto de otro

proyecto) para alimentación a un transformador de 450

kVA de servicios auxiliares.

Aparamenta a instalar:

Dos seccionadores pantógrafo, dos seccionadores

rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta

a tierra, un interruptor, tres transformadores de

intensidad y tres transformadores de tensión.

Instalación de equipos de control, protección y

medida.

Ampliación y modificación de los servicios

auxiliares de corriente alterna y de corriente continua.

La finalidad de la ampliación viene motivada por

la conexión a la red de transporte de instalaciones

de generación en régimen especial.

Queda excluida del régimen retributivo del Real

Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que

se regulan las actividades de transporte y

distribución de energía eléctrica, la posición de interruptor

correspondiente a la Barra 2 que se autoriza, excepto

en los costes de operación y mantenimiento que

serán asumidos por el Sistema.

La subestación, en configuración de interruptor

y medio, una vez efectuado el equipamiento de la

posición 25, quedará con las siguientes posiciones:

Calle 3:

Posición 13: Línea Grijota.

Posición 23: Línea Barcina.

Calle 4:

Posición 14: Línea La Lomba.

Posición 24: Línea Güeñes.

Calle 5:

Posición 15: Línea Vilecha.

Posición 25: Salida a futuro transformador 1.

Calle 6:

Posición 16: Línea Velilla.

Calle 7 (configuración simple barra):

Posición 17: Reactancia 1.

Posición 27: Reactancia 2.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial

y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 3 de septiembre de 2002.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez.-42.792.

Servicio Territorial de Industria, Comercio y

Turismo.-Delegación Territorial.-Junta de Castilla y

León.-Palencia.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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