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Documento BOE-B-2002-127088

Anuncio de la Subdirección General de Inspección y Control, de la Dirección General de Políticas Sectoriales, por el que se notifica la declaración de incumplimiento de un expediente y el decaimiento de derechos y archivo de otro expediente, ambos de incentivos regionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2002, páginas 4219 a 4220 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-127088

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se notifica a los interesados

que a continuación se relacionan, titulares de

expedientes de beneficios de incentivos regionales, las

comunicaciones que han resultado infructuosas en

los domicilios que figuran en los correspondientes

expedientes.

A) Notificación de declaración de acuerdo de

incumplimiento de condiciones:

Por Orden del Ministerio de Economía de 4 de

abril de 2002, se ha resuelto declarar el

incumplimiento de condiciones del expediente

LE/347/P07 cuyo titular es la empresa "Taller

Gráfico Digital Cuatro, Sociedad Limitada". Se

reproduce a continuación el texto íntegro de la Orden,

detallándose después los datos contenidos en el

anexo de la Orden correspondientes a este

expediente;

"A las Empresas relacionadas en el anexo de esta

Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma

el cumplimiento de las condiciones vinculantes

establecidas en las resoluciones de concesión de las

subvenciones, se les instruyeron los oportunos

expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo

dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de

diciembre.

En la instrucción de los expedientes se han

observado las formalidades legales, habiéndose concedido

a las empresas afectadas los plazos preceptivos para

el cumplimiento de los trámites de formulación de

alegaciones y de audiencia previstos en el artículo

84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y en

el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11

de diciembre, modificado por el Real Decreto

302/1993, de 26 de febrero, y por el Real Decreto

2315/1993, de 29 de diciembre.

De las actuaciones resulta probado que los

titulares de las subvenciones no han acreditado haber

cumplido en tiempo y forma las obligaciones que

contrajeron en la aceptación de las condiciones de

los incentivos.

Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en

la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y su reglamento

de desarrollo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, y demás

disposiciones de aplicación, así como los informes

de la Dirección General de Políticas Sectoriales,

tiene a bien disponer:

Artículo único.-Se declara el incumplimiento de

condiciones establecidas para el disfrute de los

incentivos regionales otorgados a las empresas

relacionadas en el anexo de esta Orden. En

consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones

concedidas en proporción al alcance del incumplimiento

según se detalla en el anexo, debiéndose publicar

la presente Orden en el "Boletín Oficial del Estado"

conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la

Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar

la notificación de la misma a los interesados.

Contra esta Orden que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer

potestativamente recurso de reposición ante el

excelentísimo señor Ministro de Economía, en el plazo

de un mes, contado a partir del día siguiente al

de la notificación, o bien, recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo

de dos meses, contados desde el día siguiente a

la notificación de la misma."

Datos del anexo:

Expediente: LE/347/P07 (E.I.91/01).

Titular: "Taller Gráfico Digital Cuatro, Sociedad

Limitada". Cantidad percibida: 0 euros.

Alcance del incumplimiento: 100 por 100.

Subvención concedida: 307.857,63 euros.

Subvención procedente: 0 euros.

B) Notificación de decaimiento de derechos y

archivo de expediente:

La Dirección General de Políticas Sectoriales ha

resuelto declarar al interesado que a continuación

se cita decaído en sus derechos, con la consiguiente

pérdida de la subvención concedida y archivo del

expediente, por no haber acreditado, dentro del

plazo señalado, la disponibilidad de un nivel de

autofinanciación, tal como aparece definido en la

resolución individual, ni la realización de, al menos,

el 25 por 100 de la inversión aprobada.

Titular: "Oasis Los Moriscos, Sociedad Limitada".

Número de expediente GC/359/P06 (D2001/35).

Declaración de decaimiento en sus derechos, con

la consiguiente pérdida de la subvención concedida

y archivo del expediente, por Resolución de la

Dirección General de Políticas Sectoriales de fecha 20

de marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"

de 13 de abril de 2002).

Asimismo se señala que contra la Resolución

anterior el interesado podrá interponer recurso de alzada

ante el excelentísimo señor Ministro de Economía,

en el plazo de un mes, contado a partir del día

siguiente de la notificación.

Madrid, 14 de mayo de 2002.- El Subdirector

General de Inspección y Control, Rafael Cortés

Sánchez.-21.303.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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