Al amparo de lo establecido en el artículo 54
de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, en la que se determina que la declaración
de utilidad pública lleva implícita la declaración de
necesidad de urgente ocupación, por el que se
modifica el carácter extraordinario de la tramitación por
el procedimiento de urgencia que pasa a convertirse
en tramitación ordinaria, competencia de esta
Delegación y vistas las alegaciones formuladas por los
afectados, esta Delegación acuerda:
Primero.-Declarar en concreto la necesidad de
la ocupación, por el procedimiento de urgencia
establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de los bienes y derechos que más adelante
se relacionan, con el fin de llevar a cabo la ejecución
de la línea A.T. 96/267 LMT-CT Areeiros II, de
la empresa "Unión Fenosa Distribución, Sociedad
Anónima", a que este expediente se refiere, de la
que la autorización administrativa, aprobación del
proyecto y declaración de utilidad pública fueron
otorgadas por respectivas resoluciones de esta
Delegación de 4 de noviembre de 1996.
Segundo.-Establecer la afección de los titulares,
bienes y derechos que se adjuntan, con el alcance
que se determina.
Tercero.-Señalar la fecha para el levantamiento
de las actas previas a la ocupación, el que se llevará
a cabo, sobre el terreno, a partir de las diez horas
del día 24 de mayo de 2001, por el que deberán
acudir los afectados o persona que los represente,
provistos de documentos que acrediten de modo
fidedigno la propiedad y pudiendo ser acompañados
de perito o Notario a su costa.
Fincas 1-11. Hora: Diez. Día: 24 de mayo de
2001.
Número expediente: 96/267.
Denominación de la línea: LMT-CT Areeiros II.
Solicitante: "Unión Fenosa Distribución, Sociedad
Anónima".
Dirección social: Avenida García Barbón, 38,
36201 Vigo.
Situación de la línea: Areeiros-Ayuntamiento de
Vilaboa.
Condiciones técnicas: Línea de 15/20 kV de
125 m de longitud. Conductor LA-56, sobre apoyos
hormigón.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56-2
del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa,
contra el presente acuerdo no procede recurso
alguno ; no obstante, los interesados podrán, una vez
publicada esta relación y hasta el momento de las
actas previas, formular por escrito, en esta
Delegación, alegaciones al efecto de corregir posibles
errores que se padecerán en la relación de bienes
afectados por la urgente ocupación.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
(ver imagen página 4912)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid