Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración, en concreto de
utilidad pública y la necesidad de la urgente
ocupación que lleva implícita, así como la aprobación
del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica
que a continuación se detalla:
Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".
Domicilio social: García Barbón, 38, 36201 Vigo.
Título: LMT a CT "Don Atún".
Situación: Meaño.
Características técnicas:
LMT, aérea-subterránea, a 20 kV, de 495 metros
de longitud el tramo aéreo, con conductor
tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, desde un
apoyo s/n de la LMT Amoreiro, finalizando en el
paso aéreo-subterráneo, con conductor tipo RHV,
desde el apoyo 8 de la LMT al CT "Don Atún",
finalizando en la LMT subterránea existente al CT
"Don Atún", Ayuntamiento de Meaño.
Realizada la información pública y la notificación
individual a cada uno de los propietarios afectados,
se presentaron las siguientes alegaciones:
Finca 5. Quiere saber la superficie de la finca
a expropiar para poder presentar alegaciones.
Trasladado el escrito a la empresa eléctrica, ésta contesta
que hay que corregir la afección que pasa a ser
de 158 metros lineales y 2.105 metros cuadrados
de vuelo. Se envía copia de este escrito al alegante
no presentando nuevas alegaciones.
Finca 8. Se opone al paso de la línea por
considerar que no es para dar un servicio público.
Trasladado el escrito a la compañía, ésta contesta que
es misión de las Comunidades Autónomas autorizar
y revisar las instalaciones eléctricas. Trasladado el
escrito al alegante no presenta nuevas alegaciones.
Finca 15. Se opone al paso de la línea por
considerar que no es para dar un servicio público.
Traslado el escrito a la compañía eléctrica, ésta contesta
que el trazado sólo afecta a los linderos sur y oeste,
ubicándose el apoyo en una esquina de la finca.
Trasladado el escrito al alegante, éste contesta
diciendo que hay otras alternativas posibles, pero
que tienen que opinar el resto de los herederos.
Se le solicitan las direcciones y se envía escrito
con la afección a los otros dos herederos.
Considerando que la alegación fundamental es
que la línea no corresponde a una instalación de
distribución de la compañía eléctrica, debemos
indicar que la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, en
su artículo 2.2, garantiza el suministro de energía
eléctrica a todos los consumidores demandantes del
servicio y que la acometida que une la red existente
con el primer elemento de corte del peticionario
es propiedad de la compañía eléctrica y por tanto
forma parte de la distribución de la misma.
En consecuencia, dado que no se han presentado
nuevas alegaciones y que en el caso de la finca 15
se ha notificado a los dos herederos y por devolver
el servicio de correos una de las cartas ésta fue
remitida al señor Fiscal, sin que en ninguno de
los dos casos se recibieran alegaciones nuevas.
Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los
capítulos III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966,
de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación
forzosa de las instalaciones eléctricas,
Esta Delegación Provincial resuelve autorizar,
declarar, en concreto, la utilidad pública y la
necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita,
así como la aprobación del proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán en todas sus partes a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos y Corporaciones que constan en
los expedientes.
Contra la presente Resolución podrá interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Consejero de Industria y Comercio, en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente al de
notificación de esta Resolución; también podrá
interponer cualquier otro recurso que estime pertinente
a su derecho.
Pontevedra, 30 de marzo de 2001.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-17.334.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
Expediente número 96/199. Ayuntamiento: Vigo. Provincia: Pontevedra. LMT-CT-RBT Caeiro II
Apoyo VueloNombre y apellidos
-Dirección
N.o
Finca Paraje Cultivo
N.o m2 ml m2
3/1 Manguela . . . . . . . Prado . . . . . . . Fernando Lago Iglesias, avenida Aeropuerto, 547, 36318 Carballal, Cabral,Vigo . . . . . . . . . . . 6 56
3 Manguela . . . . . . . Prado . . . . . . . Rosinda Lago Montes, rúa Gondarisco, 30, 36318 Carballal, Cabral, Vigo . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 72
4 Manguela . . . . . . . Viñedo . . . . . . Cándida Casal Soto, Lomba, 34, 36318 Cabral, Vigo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 250
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