Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones según comunica el
servicio de Correos, por el presente se notifica a
"Sintronic, Sociedad Anónima", que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el
expediente R. G. 125-97, seguido a su instancia, por
el Impuesto de Sociedades, se ha dictado Resolución
en la sesión del día 21 de julio de 2000, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el presente recurso de alzada, interpuesto
por la entidad "Sintronic, Sociedad Anónima",
contra la Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña, de fecha 7 de julio
de 1996, recaída en expediente de reclamación
número 1161/93, relativo al Impuesto sobre
Sociedades, ejercicio 1988, acuerda:
1.o Desestimar la presente reclamación.
2.o Confirmar la resolución y liquidación
impugnadas."
Lo que notifico reglamentariamente a usted
advirtiéndole que contra esta Resolución definitiva en
vía económico-administrativa puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar del
día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 21 de febrero de 2001.-El Vocal de la
Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-10.305.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid