El proyecto para la ejecución de las obras de
"Ampliación del puerto de Ferrol (puerto exterior),
primera fase", fue aprobado técnicamente por el
Director del puerto, con fecha de 14 de diciembre,
y posteriormente por el Consejo de Administración
de la Autoridad Portuaria de Ferrol, en su reunión
de 20 de diciembre de 2000.
Por Resolución de esta Delegación del Gobierno,
de fecha 21 de diciembre de 2000, de acuerdo con
los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación
Forzosa, se aprobó la relación de bienes y derechos
afectados por la expropiación y se abrió un período
de información pública por plazo de quince días,
al objeto de cualquier persona pudiera aportar por
escrito los datos oportunos para rectificar posibles
errores de la relación de los bienes y derechos
afectados por la expropiación publicada, u oponerse,
por razones de fondo o de forma, a la necesidad
de ocupación. Dicha Resolución fue publicada en
el "Boletín Oficial del Estado", "Diario Oficial de
la Provincia de A Coruña" y en el diario "La Voz
de Galicia", y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Ferrol.
En el período de información pública se
presentaron 15 alegaciones por:
Luis Maceriras Crespo, José Mesejo Santiago,
Francisco Pérez García, Luis Couce Doce, José
Fernández Serantes, Francisco Cobas Pérez, Armando
Gómez Fernández, Abel Fernández Bartolí, Oliva
López Mata, Lidia Malde Calvo, Montserrat
Serantes Pérez, Rosa María Serantes Pérez, María del
Carmen Serantes Pérez, Eva Serantes Ares y
Francisco Ponte Cervigón, en las que se solicitaba la
inclusión de nuevas fincas y el cambio de titularidad
de las parcelas, se manifestaba que eran propietarios
de fincas que en el expediente estaban a nombre
de desconocido, se denunciaba la existencia de
defectos en el proyecto aprobado por la Autoridad
Portuaria de Ferrol-San Ciprián, que le privaban
de los efectos declarativos de la necesidad de
ocupación, la ineficacia de la relación sometida a
información pública a los efectos de lo dispuesto en
los artículos 15 y 17 de la Ley de Expropiación
Forzosa, la inviabilidad de la declaración de urgente
ocupación y defectos en la ubicación de las fincas
y en la superficie y, por último, se comunicaba una
dirección a los efectos de practicar notificaciones.
Una vez estudiadas dichas alegaciones y efectuando
los correspondientes trabajos topográficos, fueron
aceptadas todas las alegaciones en cuanto a la
inclusión de nuevas fincas y el cambio de titularidad
de las parcelas, así como el reconocimiento de la
propiedad de fincas que en el expediente estaban
a nombre de desconocido y rechazadas en su
totalidad las de Armando Gómez Fernández y de
Francisco Cobas Pérez, por no acreditar suficientemente
con la documentación aportada en sus alegaciones
las peticiones que solicitaban, y parcialmente las
de Abel Fernández Bartolí, Oliva López Mata, Lidia
Malde Calvo, Montserrat Serantes Pérez, Rosa
María Serantes Pérez y María del Carmen Serantes
Pérez, en cuanto a su denuncia de la existencia
de defectos en el proyecto aprobado por la
Autoridad Portuaria de Ferrol-San Ciprián, que le
privaban de los efectos declarativos de la necesidad
de ocupación, la ineficacia de la relación sometida
a información pública a los efectos de lo dispuesto
en los artículos 15 y 17 de la Ley de Expropiación
Forzosa, y la inviabilidad de la declaración de
urgente ocupación por carecer de fundamento sus
alegaciones en este sentido.
El Abogado del Estado ha informado
favorablemente sobre la necesidad de ocupación.
De conformidad con lo previsto en el artículo
20 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, resuelvo declarar la necesidad
de ocupación de los siguientes bienes y derechos:
Relación de bienes y derechos afectados por el proyecto denominado "Ampliación del puerto de Ferrol (puerto exterior), primera fase", en la provincia de A Coruña
(ver imágenes páginas 2882 a 2886).
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