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Documento BOE-B-2001-54028

Edicto de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, de 30 de enero de 2001, por el que se cita, llama y emplaza al funcionario del Cuerpo de Ayudantes Postales y de Telecomunicación A15TC-3.091, don Antonio López Delgado, y documento nacional de identidad número 44.251.859, adscrito al CAM-2 de la Jefatura Provincial de Correos y Telégrafos de Barcelona, incurso en el expediente SGP.390/00 y que se encuentra en ignorado paradero.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2001, páginas 2882 a 2882 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2001-54028

TEXTO

Don José Luis Pérez Arpa, perteneciente al

grupo B. Instructor del expediente disciplinario

SGP.390/00, que se sigue al funcionario don

Antonio López Delgado, con documento nacional

de identidad número 44.251.859 y número de

Registro de Personal A15TC-3.091, del grupo E,

con destino en la Unidad de CAM-2 de la Jefatura

Provincial de Correos y Telégrafos de Barcelona,

actualmente en ignorado paradero,

Hago saber: Que, de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 59.4, 60 y 61 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, mediante

providencia de esta fecha se ha acordado que, por este

mi edicto, se cite, llame y emplace al indicado

funcionario, actualmente en ignorado paradero; cuyo

último domicilio lo tuvo en calle Trafalgar, 39,

cuarto de Barcelona, para que en el plazo de diez días,

contados a partir del siguiente al de la publicación

del presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado",

se persone ante esta Instrucción, en esta Área de

Sanciones, en horas de nueve a catorce, de lunes

a viernes, en calle Ángel Baixeras, sin número,

puerta D, planta segunda, edificio de la Jefatura

Provincial de Correos y Telégrafos de Barcelona, para

proceder a notificarle la propuesta de resolución

del expediente SGP.390/00, apercibiéndole de que,

de no atender este requerimiento, proseguirán las

actuaciones correspondientes, pudiéndole parar el

perjuicio a que haya lugar en Derecho, haciéndose

saber igualmente que este acto es de trámite y contra

el mismo no cabe recurso.

Barcelona, 30 de enero de 2001.-El Instructor,

José Luis Pérez Arpa.-&9.034.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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