En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se publica la resolución de 15 de
septiembre de 1999, sobre pagos indebidos en la
nómina de la Armada, recaída en el expediente
99/2414/17A, relativo a don Luis Díaz del Río
Español, con documento nacional de identidad
35.272.473, con último domicilio conocido en la
calle Condado de Treviño, 15, 28033 Madrid.
Consta acreditado en el expediente que el
interesado, como consecuencia de la concesión de la
excedencia voluntaria, por error percibió las
retribuciones íntegras del mes de mayo de 1997, cuando
sólo debía haber percibido la parte proporcional
de paga extra.
Igualmente consta en el expediente notificado al
interesado el pago indebido en trámite de audiencia,
sin que en dicho trámite se hicieran alegaciones
por el interesado.
La percepción de cantidades indebidas constituye
un error administrativo material o de hecho, que
de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal
Supremo (STS de 13 de octubre de 1994) es
independiente de cualquier opinión, valoración o
interpretación jurídica, por lo que en este caso es aplicable
la facultad otorgada a las Administraciones Públicas
por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, para rectificar sus errores materiales
o de hecho sin necesidad de acudir a los
procedimientos establecidos en los artículos 102 y 103
de la citada Ley 30/1992.
Por lo expuesto, el General de División, Director
de Asuntos Económicos de la Armada, en virtud
de las competencias atribuidas en el punto 5 de
la Orden del Ministerio de Defensa 22/1991, por
la que se desarrolla la estructura del Cuartel General,
la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza en la Armada
("Boletín Oficial del Estado" número 69), y en el
punto cuarto de la Orden 4/1996, de 11 de enero,
del Ministerio de Defensa ("Boletín Oficial del
Estado" número 16), ha resuelto anular la nómina
correspondiente al mes de mayo de 1997, en lo que afecta
al importe y conceptos objeto de esta Resolución,
declarando indebido el pago de ciento veinticinco
mil ochenta y una (125.081) pesetas, percibidas por
don Luis Díaz del Río Español, en la mencionada
nómina.
La presente resolución es definitiva en vía
administrativa y contra la misma puede interponer, si
a su derecho conviniere, recurso potestativo de
reposición, ante la autoridad que dictó la resolución,
en el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", o
bien recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en
el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 23 de noviembre de 2001.-El General
de División de Intendencia, Director de Asuntos
Económicos de la Armada.-59.001.
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