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Documento BOE-B-2001-290077

Anuncio de la Demarcación de Costas de Asturias sobre notificación de la Orden Ministerial de 18 de julio de 2001 aprobando el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos veinticinco mil veintinueve (25.029) metros de longitud, comprendido desde el faro de Llanes hasta el límite con el término municipal de Ribadedeva (excepto Buelna), término municipal de Llanes (Asturias). Ref.: DL-53/2-Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2001, páginas 12911 a 12911 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-290077

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el

artículo 59.4 de la Ley 330/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por

la presente, a los titulares de fincas colindantes con

el dominio público marítimo-terrestre y a los

interesados en el expediente se notifica lo siguiente:

"Por Orden Ministerial de 18 de julio de 2001

la Dirección General de Costas, por delegación del

excelentísimo señor Ministro y de conformidad con

el Servicio Jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde al que se refiere este

expediente según se define en los planos que se integran

en el proyecto y que están fechados en diciembre

de 1998, en los que se define el deslinde de los

bienes de dominio público marítimo-terrestre del

tramo de costa de unos veinticinco mil veintinueve

(25.029) metros de longitud, comprendido desde

el faro de Llanes hasta el límite con el término

municipal de Ribadedeva (excepto Buelna), en el

término municipal de Llanes (Asturias).

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Asturias que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la Disposición

Transitoria Primera de la Ley 22/88, de Costas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa, los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de reposición

en el plazo de un (1) mes, ante el excelentísimo

señor Ministro de Medio Ambiente o, directamente,

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Adminsitraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

Resolución."

Lo que se notifica para conocimiento y efectos

oportunos.

Oviedo, 2 de noviembre de 2001.-El Jefe de la

Demarcación, E. F., Ramón Galán Cortés.-58.399.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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