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Documento BOE-B-2001-287112

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sobre notificación iniciación, expediente 120/01, cine "Columnas de Hercules", de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, páginas 12818 a 12819 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-287112

TEXTO

Notificación a la empresa "Producciones

Culturales y Deportivas, Sociedad Limitada", empresa

titular del cinematógrafo "Columnas de Hércules",

de Sevilla, de la iniciación de expediente de fecha

2 de noviembre de 2001, correspondiente al

expediente sancionador número 120/01, por infracción

de la normativa que regula la actividad de exhibición

cinematográfica, que se hace por este medio por

haberse intentado sin efecto la notificación ordinaria

del mismo al último domicilio conocido, que es:

Calle Muñoz Olive, 1, portal 1, 3 mod. 10. 41007

Sevilla.

La parte sustancial de la propuesta de resolución

de expediente reza como sigue:

Como consecuencia del Acta número 26021

levantada por la inspección de este Instituto en fecha

3 de agosto de 2001 en el cine "Terraza de Verano

Columnas de Hércules", sito en calle Lumbreras,

número 1, esquina Alameda de Hércules, Sevilla,

se vino en conocimiento de los hechos que luego

se dirán, por lo que el ilustrísimo señor Director

general del Instituto de la Cinematografía y de las

Artes Audiovisuales, mediante providencia de fecha

28 de septiembre de 2001, ha acordado la iniciación

de expediente administrativo a esa empresa,

designando Instructora a la funcionaria que suscribe,

siendo Secretaria de actuaciones la también funcionaria

de este Instituto, doña María Luisa Quesada Pardo,

a las que les es de aplicación el régimen de

recusación que se contempla en el artículo 29 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/99, de 13 de enero.

En su virtud, de acuerdo con cuanto se dispone

en el artículo 21.1 del Real Decreto 81/1997, de

24 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 22

de febrero de 1997), se pone en conocimiento de

esa empresa los siguientes hechos:

Primero.-Utilizar un billetaje que no se adecúa

en su contenido y formato a lo dispuesto en la

normativa vigente.

Segundo.-No acreditar cumplimentación de los

impresos de declaración de exhibición semanales

desde el inicio de la actividad en el año 2001 (27

de junio de 2001) hasta la fecha de la inspección

(3 de agosto de 2001).

Tercero.-No haber procedido a la inscripción en

el Registro Público de Empresas Cinematográficas

de la empresa titular antes de iniciar su actividad

en el cine "Terraza de Verano Columnas de

Hércules".

Tales hechos constituyen presunta infracción a

lo dispuesto en las siguientes disposiciones:

Primera.-Artículo 9 de la Ley 15/2001, de 9 de

julio, de Fomento y Promoción de la Cinematografía

y el Sector Audiovisual ("Boletín Oficial del Estado"

de 10 de julio de 2001) y apartado sexto de la

Orden de 7 de julio de 1997 por la que se dictan

normas de aplicación del Real Decreto 81/97, de

24 de enero, en las materias de cuotas de pantalla

y distribución de películas, salas de exhibición,

registro de empresas y calificación de obras

cinematográficas y aduiovisuales ("Boletín Oficial del

Estado" de 14 de julio de 1997), en relación con el

artículo 12 del Real Decreto 81/97, de 24 de enero

("Boletín Oficial del Estado" de 22 de febrero de

1997).

Segunda.-Artículo 9 de la citada Ley 15/2001

y apartado noveno de la citada Orden de 7 de julio

de 1997, en relación con el artículo 13 del Real

Decreto 81/97.

Tercera.-Artículo 11 de la citada Ley 15/2001

y artículo 11 del Real Decreto 81/97, en relación

con el apartado Quinto de la Orden de 7 de julio

de 1997.

Y podrían ser sancionados: El hecho primero

como infracción grave, con multa de hasta 30.000

euros, equivalente a 4.991.580 pesetas y los hechos

segundo y tercero como infracción leve, con multa

de hasta 3.000 euros, equivalente a 499.158 pesetas,

por el ilustrísimo señor Director general de este

Instituto, conforme a lo dispuesto en la Ley 15/2001,

de 9 de julio, de Fomento y Promoción de la

Cinematografía y el Sector Audiovisual ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de julio de 2001), Real Decreto

81/1997, de 24 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" de 22 de febrero de 1997), e Instrucción de

la Dirección General del Instituto de la

Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, sobre la

tramitación de expedientes de sanción en materia de

control de rendimientos de obras cinematográficas

(control de taquilla), de fecha 25 de octubre de

2001.

Asimismo, se le comunica que el plazo máximo

para resolver, en su caso, el presente expediente

y notificar la resolución adoptada será de seis meses,

a partir de la fecha en que se notifique el presente

acuerdo de iniciación del procedimiento.

El presente escrito podrá ser contestado en el

plazo improrrogable de los quince días hábiles

siguientes al de su recepción, mediante escrito

dirigido al ilustrísimo señor Director general del

Instituto de la Cinematografía y de las Artes

Audiovisuales (Ministerio de Educación y Cultura, Plaza

del Rey, 1, 28071 Madrid, teléfono 91 701 70 00,

extensiones 32417 ó 32328), alegando y probando

cuanto estime conveniente en su derecho. En caso

de no hacer uso de este derecho, este Acuerdo será

considerado propuesta de resolución según establece

el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de

4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento

del procedimiento para el ejercicio de la potestad

sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de

agosto de 1993).

La Instructora, firmado: Alicia Pérez Rodríguez.

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común (LRJPA), significando que el texto

íntegro de la citada iniciación de expediente y

documentación aneja se encuentra archivado en la

Secretaría General de este Organismo, Sección de

Instrucción de Expedientes del Servicio de Inspección

y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en Madrid.

Madrid, 19 de noviembre de 2001.-La Secretaria

general del ICAA, Milagros Mendoza

Andrade.-57.926.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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