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Documento BOE-B-2001-266256

Orden de la Demarcación de Costas en Galicia, de 1 de junio de 2001, aprobando el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos cinco mil seiscientos veinticinco (5.625) metros de longitud, comprendido desde el límite de los términos municipales de Miño y Paderne hasta el puente del Pedrido, término municipal de Paderne (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 2001, páginas 11908 a 11909 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-266256

TEXTO

La Demarcación de costas en Galicia, en

cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en su redacción

dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, practica

las siguientes notificaciones, para conocimiento y

demás efectos, a aquellos titulares de fincas

colindantes con el dominio público marítimo-terrestre

a los que, intentada la notificación, no se ha podido

practicar:

Abrodos, María Josefa (San Pantaleón, Paderne).

Anido Dapena, Elena (Insua, Paderne).

Anido Dapena, María (Insua, San Pantaleón,

Paderne).

Anido Regueiro, Antonio (Insua, Paderne).

Asociación de vecinos del litoral español

(apartado 1346, Valencia).

Blanco Blanco, Manuel (Insua, 42, Paderne).

Bonome Regueiro, Purificación (Insua, Paderne).

Broño Cote, Josefa (Insua, Paderne).

Cagiao, Andrea, herederos de (Insua, Paderne).

Corras Castro, Germán (Insua, Viñas, Paderne).

Cupeiro Plaza, María (Porto, Paderne).

Del Río Sabín, María (Frutos Saavedra, 49,

Pontevedra).

Del Río, Manuel (Montecelo, Paderne).

Domínguez Primor, José (Viñas, Paderne).

Domínguez Primor, Juan (Insua, Viñas, Paderne).

Fandiño Faraldo, Manuela (Viñas, Paderne).

Ferreira Blanco, Umberto (Insua, Paderne).

Ferreira Toracido, Umberto (Insua, Paderne).

Ferreira Blanco, Umberto (Insua, Paderne).

Franco Taboada, José Carlos (Menéndez Pelayo,

4-6, 10.o C, A Coruña).

Lago Piñeiro, María del Carmen (San Pantaleón,

Paderne).

López Yáñez, Manuel (Viñas, Paderne).

Maceira Blanco, Raimundo (Insua, Paderne).

Maceira Bonza, José (San Pantaleón, Paderne).

Maceiro Seco, Jacobo, herederos de (Insua,

Paderne).

Monteiro, Francisco, herederos de (San

Pantaleón, Paderne).

Morado Crespo, Emilio (Insua, Paderne).

Moreira Ramallo, Balbino (Viñas, Paderne).

Otero Santos, José (Montecelo, Pantaleón, 59,

Paderne).

Outeiro Pazo, Manuel (Insua, Paderne).

Pameiro Plaza, Manuel (Porto, Paderne).

Pérez Carneiro, Matilde (Insua, Paderne).

Pérez Purriños, Francisco (Insua, 23, Paderne).

Pérez Savín, María (Viñas, Paderne).

Picado Maceira, María Rosa, herederos de (Insua,

Paderne).

Pourriño Pérez, Francisco (Insua, Paderne).

Quiroga, Jorge, herederos de (Insua, San

Pantaleón, Paderne).

Ramallo Santo, María, herederos de (Insua, San

Pantaleón, Paderne).

Regueiro Maceira, Antonio (Insua, San Pantaleón,

Paderne).

Regueiro Maceira, Francisco (Insua, Paderne).

Regueiro Moar, Manuel (Infesta, sin número,

Betanzos).

Rodríguez Parga, José Luis (Marqués de

Figueiroa-A Coruña).

Taracido Cordal, Agustina, herederos de (San

Pantaleón, Paderne).

Taracido Otero, familia (Insua, 18, Paderne).

Yáñez Picado, Manuel (Insua, Paderne).

Pena, José (Miño).

Broño Vale, Jelina (Miño).

Plaza Dopico, José.

Ferreira Vázquez, Francisco.

Abrodos Anido, Pilar y Elena.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real

Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que

se aprueba el Reglamento General para desarrollo

y ejecución de la Ley de Costas, modificado

parcialmente por el Real Decreto 1112/1992, de 18

de septiembre, se les notifica la Orden de aprobación

del deslinde, Orden de 1 de junio de 2001.

Esta Dirección General, por delegación del

Excmo. Sr. Ministro, y de conformidad con el

Servicio Jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde al que se refiere este

expediente según se define en los planos que se integran

en el proyecto y que están fechados en agosto de

1997 y firmados por los Ingenieros Jefe y Jefe del

Servicio de Dominio Público, respectivamente, de

la Demarcación de Costas de Galicia, en los que

se define el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos

cinco mil seiscientos veinticinco (5.625) metros de

longitud, comprendido desde el límite de los

términos municipales de Miño y Paderne hasta el

puente del Pedrido, término municipal de Paderne (A

Coruña).

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Galicia que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde

aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la

disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de

Costas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía administrativa, los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de reposición

en el plazo de un (1) mes ante el Excmo. Sr. Ministro

de Medio Abiente o, directamente, recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo en el plazo de

dos (2) meses, ante la Sala de lo

ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, sin

perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en

la forma y plazo determinados en el artículo 44

de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de

la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

resolución.

A Coruña, 2 de octubre de 2001.-El Jefe de

la Demarcación, Ricardo Babío Arcay.-53.147.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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