La Demarcación de costas en Galicia, en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en su redacción
dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, practica
las siguientes notificaciones, para conocimiento y
demás efectos, a aquellos titulares de fincas
colindantes con el dominio público marítimo-terrestre
a los que, intentada la notificación, no se ha podido
practicar:
Abrodos, María Josefa (San Pantaleón, Paderne).
Anido Dapena, Elena (Insua, Paderne).
Anido Dapena, María (Insua, San Pantaleón,
Paderne).
Anido Regueiro, Antonio (Insua, Paderne).
Asociación de vecinos del litoral español
(apartado 1346, Valencia).
Blanco Blanco, Manuel (Insua, 42, Paderne).
Bonome Regueiro, Purificación (Insua, Paderne).
Broño Cote, Josefa (Insua, Paderne).
Cagiao, Andrea, herederos de (Insua, Paderne).
Corras Castro, Germán (Insua, Viñas, Paderne).
Cupeiro Plaza, María (Porto, Paderne).
Del Río Sabín, María (Frutos Saavedra, 49,
Pontevedra).
Del Río, Manuel (Montecelo, Paderne).
Domínguez Primor, José (Viñas, Paderne).
Domínguez Primor, Juan (Insua, Viñas, Paderne).
Fandiño Faraldo, Manuela (Viñas, Paderne).
Ferreira Blanco, Umberto (Insua, Paderne).
Ferreira Toracido, Umberto (Insua, Paderne).
Ferreira Blanco, Umberto (Insua, Paderne).
Franco Taboada, José Carlos (Menéndez Pelayo,
4-6, 10.o C, A Coruña).
Lago Piñeiro, María del Carmen (San Pantaleón,
Paderne).
López Yáñez, Manuel (Viñas, Paderne).
Maceira Blanco, Raimundo (Insua, Paderne).
Maceira Bonza, José (San Pantaleón, Paderne).
Maceiro Seco, Jacobo, herederos de (Insua,
Paderne).
Monteiro, Francisco, herederos de (San
Pantaleón, Paderne).
Morado Crespo, Emilio (Insua, Paderne).
Moreira Ramallo, Balbino (Viñas, Paderne).
Otero Santos, José (Montecelo, Pantaleón, 59,
Paderne).
Outeiro Pazo, Manuel (Insua, Paderne).
Pameiro Plaza, Manuel (Porto, Paderne).
Pérez Carneiro, Matilde (Insua, Paderne).
Pérez Purriños, Francisco (Insua, 23, Paderne).
Pérez Savín, María (Viñas, Paderne).
Picado Maceira, María Rosa, herederos de (Insua,
Paderne).
Pourriño Pérez, Francisco (Insua, Paderne).
Quiroga, Jorge, herederos de (Insua, San
Pantaleón, Paderne).
Ramallo Santo, María, herederos de (Insua, San
Pantaleón, Paderne).
Regueiro Maceira, Antonio (Insua, San Pantaleón,
Paderne).
Regueiro Maceira, Francisco (Insua, Paderne).
Regueiro Moar, Manuel (Infesta, sin número,
Betanzos).
Rodríguez Parga, José Luis (Marqués de
Figueiroa-A Coruña).
Taracido Cordal, Agustina, herederos de (San
Pantaleón, Paderne).
Taracido Otero, familia (Insua, 18, Paderne).
Yáñez Picado, Manuel (Insua, Paderne).
Pena, José (Miño).
Broño Vale, Jelina (Miño).
Plaza Dopico, José.
Ferreira Vázquez, Francisco.
Abrodos Anido, Pilar y Elena.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real
Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento General para desarrollo
y ejecución de la Ley de Costas, modificado
parcialmente por el Real Decreto 1112/1992, de 18
de septiembre, se les notifica la Orden de aprobación
del deslinde, Orden de 1 de junio de 2001.
Esta Dirección General, por delegación del
Excmo. Sr. Ministro, y de conformidad con el
Servicio Jurídico, ha resuelto:
I) Aprobar el deslinde al que se refiere este
expediente según se define en los planos que se integran
en el proyecto y que están fechados en agosto de
1997 y firmados por los Ingenieros Jefe y Jefe del
Servicio de Dominio Público, respectivamente, de
la Demarcación de Costas de Galicia, en los que
se define el deslinde de los bienes de dominio
público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos
cinco mil seiscientos veinticinco (5.625) metros de
longitud, comprendido desde el límite de los
términos municipales de Miño y Paderne hasta el
puente del Pedrido, término municipal de Paderne (A
Coruña).
II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este
Departamento en Galicia que inicie las actuaciones
conducentes a rectificar las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde
aprobado.
III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar
la correspondiente concesión a aquellos titulares de
terrenos que pudieran acreditar su inclusión en
alguno de los supuestos contemplados en la
disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de
Costas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, los interesados en el expediente
que no sean Administraciones Públicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición
en el plazo de un (1) mes ante el Excmo. Sr. Ministro
de Medio Abiente o, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos (2) meses, ante la Sala de lo
ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, sin
perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en
la forma y plazo determinados en el artículo 44
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente
a la práctica de la notificación de la presente
resolución.
A Coruña, 2 de octubre de 2001.-El Jefe de
la Demarcación, Ricardo Babío Arcay.-53.147.
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