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Documento BOE-B-2001-203017

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 5 de febrero de 2001, por la que se autoriza, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública en concreto de una línea eléctrica de AT 220 kV, D/C Interprovincial (Córdoba-Sevilla), con origen en apoyo número 205 de la línea AT 220 kV "Santiponce-Lancha" y final en futura subestación "Villanueva del Rey". Número de referencia: E/VM/jmm. Número de expediente: E-TD.25/00.

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 24 de agosto de 2001, páginas 9579 a 9580 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2001-203017

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 6 de mayo de 1999,

"Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad

Anónima" solicitó en la Delegación Provincial de Sevilla

de la entonces Consejería de Trabajo e Industria,

autorización administrativa, declaración en concreto

de utilidad pública y aprobación del proyecto de

ejecución de una línea interprovincial AT 220 kV,

D/C, con origen en el apoyo número 205 de la

línea AT 220 kV "Santiponce-Lancha" y final en

la subestación "Villanueva del Rey".

Segundo.-De acuerdo con la Ley 54/1997, de

27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Decreto

2617/1966, de 20 de octubre, que regula el

procedimiento para el otorgamiento de autorización

administrativa en materia de instalaciones eléctricas;

Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, por el que

se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de

18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas, así como el

Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, de la Junta

de Andalucía, se sometió el expediente a

información pública, insertándose anuncios en el "Boletín

Oficial del Estado" número 155, de 30 de junio

de 1999; "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía"

número 108, de 16 de septiembre de 1999; "Boletín

Oficial de la Provincia de Sevilla" número 145, de

25 de junio de 1999, número 156, de 8 de julio

de 1999; "Boletín Oficial de la Provincia de

Córdoba" número 172, de 27 de julio de 1999; diario

"El Correo de Andalucía" de 17 de junio de 1999,

y diario "Córdoba" de 23 de julio de 1999.

En dichos anuncios se incluía relación concreta

y detallada de bienes y derechos afectados por la

futura línea de AT.

Tercero.-Se remitieron separatas del proyecto de

ejecución, al objeto de que informaran y emitieran

el oportuno condicionado, a los siguientes

organismo y entidades afectadas:

Excelentísimo Ayuntamiento de Cañada del

Rosal.

Excelentísimo Ayuntamiento de La Luisiana.

Excelentísimo Ayuntamiento de Écija.

Excelentísima Diputación Provincial de Sevilla.

Delegación Provincial de la Consejería de Medio

Ambiente de Sevilla.

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

De estos organismos, unos remitieron

condicionados que fueron aceptados por la empresa

peticionaria y otros no contestaron por lo que se les

reiteró, y al no volver a recibir contestación se

aceptaron las propuestas del solicitante.

Cuarto.-Se remitieron escritos certificados con

acuse de recibo que adjuntaban copias de la

información pública que consta en los distintos boletines

y diarios mencionados a los siguientes particulares

afectados por la línea, los cuales a su vez presentaron

alegaciones:

Don Plácido Sánchez Núñez y doña María Muñoz

Pérez.

Don Manuel López Martín.

Dichas alegaciones fueron trasladadas al

peticionario "Compañía Sevillana de Electricidad I,

Sociedad Anónima", efectuando dicha empresa la

contestación correspondiente.

Quinto.-Consta en el expediente declaración de

impacto ambiental favorable emitido por la

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental

de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 20

de julio de 2000, que fue publicada en el "Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía" de 21 de

septiembre de 2000.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Dirección General de Industria,

Energía y Minas es competente para conceder la

proyecto de ejecución, de acuerdo con el Título

I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para

Andalucía; Decreto 2617/1966, de 20 de octubre,

que regula el procedimiento para el otorgamiento

de autorización administrativa en materia de

instalaciones eléctricas; Decreto del Presidente de la

Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre

reestructuración de Consejerías, y Decreto

244/2000, de 31 de mayo, sobre estructura orgánica

de la Consejería de Empleo y Desarrollo

Tecnológico.

Segundo.-La autorización administrativa y

aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones

eléctricas está regulado en los artículos 8 y siguientes

del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, en virtud

de la disposición transitoria primera de la Ley

54/1997, del Sector Eléctrico. La declaración en

concreto de utilidad pública está regulada por el

artículo 53 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico,

y artículo 52 de la Ley 16/1954, sobre Expropiación

Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de

general aplicación, esta Dirección General de

Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de

Energía, resuelve:

Primero.-Autorizar y aprobar el proyecto de

ejecución de la línea de AT, 220 kV D/C, solicitado

por "Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad

Anónima", cuyas características principales serán:

Origen: Apoyo número 205 de la línea 220 kV

"Santiponce-Lancha", que se sustituye por otro.

Final: Futura subestación "Villanueva del Rey".

Términos municipales afectados: Provincia de

Sevilla, Écija, Cañada Rosal y La Luisiana; provincia

de Córdoba, Palma del Río.

Longitud de la línea:

Provincia de Sevilla: 15,184 kilómetros.

Provincia de Córdoba: 1,227 kilómetros.

Longitud total: 16,411 kilómetros.

Tipo: Aérea D/C.

Tensión: 220 kV.

Conductores: Uno, LA-455 por fase.

Cable de tierra: Uno de Ac-50 [9(6 + 1)3b] y

un cable compuesto de tierra-fibra óptica OPGW

de 48 fibras.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Aislamiento:

En alineación: Cadena sencilla U-120 BS de 16

elementos.

En amarre: Cadena doble U-120 BS de 2 ^ 16

elementos.

Finalidad de la instalación: Atender la demanda

de energía de la zona.

Segundo.-Declarar la utilidad pública en concreto

de la instalación referenciada, a los efectos de

expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad

de ocupación de los bienes o de adquisición de

los derechos afectados por la línea e implicará la

urgente ocupación de los mismos, de acuerdo con

el del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero.-Antes de proceder a la puesta en marcha

de las instalaciones en cuestión se deberá tener en

cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con

el proyecto presentado, con las variaciones que, en

su caso, se soliciten y autoricen, así como con dos

condicionados emitidos por los distintos organismos

y los que consta en la declaración de impacto

ambiental, anteriormente citada.

2. El plazo de la puesta en marcha será de un

año contado a partir de la fecha de notificación

de la presente Resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta

de la terminación de las obras a las Delegaciones

Provinciales de la Consejería de Empleo y

Desarrollo Tecnológico de Córdoba y Sevilla a efectos de

reconocimiento definitivo y emisión de las

correspondientes actas de puesta en marcha.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, podrá interponer recurso

de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de

Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de

un mes contado a partir del día de su notificación,

de conformidad con lo establecido en el artículo

114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de febrero de 2001.-El Director general,

Jesús Nieto González.-44.310.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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