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Documento BOE-B-2001-161127

Resolución de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) por la que se anuncia la convocatoria para la acreditación de empresas o entidades colaboradoras en el Programa de Ayudas para el Apoyo a la Energía Solar Fotovoltaica dentro del Plan de Fomento de las Energías Renovables, correspondiente al año 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2001, páginas 7693 a 7694 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2001-161127

TEXTO

En ejecución del acuerdo adoptado por el Consejo

de Administración del Instituto para la

Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), en su reunión

número 61, de fecha 29 de enero de 2001, y en

el marco del Plan de Fomento de las Energías

Renovables, aprobado por acuerdo del Consejo de

Ministros de fecha 30 de diciembre de 1999, la Dirección

General de este Instituto ha dictado resolución por

la que se acuerda:

A) Proceder a la convocatoria para la

presentación de solicitudes de acreditación de empresas

colaboradoras en el Programa de Ayudas para el

apoyo a proyectos de inversión en instalaciones de

energía solar fotovoltaica para el presente año 2001.

B) La publicación de dicha convocatoria y

extracto de sus bases reguladoras en el "Boletín

Oficial del Estado".

El proceso de acreditación de empresas

colaboradoras se llevará a cabo en base a los siguientes

puntos:

1. Entidad convocante:

1.a) Organismo: Instituto para la Diversificación

y Ahorro de la Energía (IDAE).

1.b) Dependencia que tramita el expediente:

Departamento de Gestión de Ayudas Públicas.

1.c) Dirección: Paseo de la Castellana, 95,

planta 21, 28046 Madrid. Teléfono: 91-456 49 00. Fax:

91-555 13 89.

1.d) Expediente: F.91.014.5645.

2. Objeto de la convocatoria: Acreditación de

empresas fabricantes, instaladoras o proveedoras de

bienes y servicios en el sector de la energía solar

fotovoltaica, para la colaboración con IDAE, en

la difusión, tramitación, distribución y aplicación

de las ayudas de inversión, en proyectos de energía

solar fotovoltaica, que IDAE convocará para el

ejercicio 2001, dentro del Plan de Fomento de las

Energías Renovables.

3. Destino, cuantía y aplicación de las ayudas:

3.a) Las ayudas irán destinadas a la financiación

de inversiones en proyectos de aprovechamiento de

la energía solar para la generación de electricidad

con paneles fotovoltaicos, con una potencia entre

100 Wp y 100 kWp, en cualquier sector con

demanda energética de este tipo.

3.b) Las ayudas podrán alcanzar las siguientes

cuantías máximas:

Instalaciones aisladas con acumulación: 920

pesetas/Wp.

Instalaciones aisladas sin acumulación: 600

pesetas/Wp.

Instalaciones conectadas a red con potencia

inferior a 5 kWp: 437,5 pesetas/Wp.

Instalaciones conectadas a red con potencia

superior a 5 kWp: 402,5 pesetas/Wp.

Otras instalaciones especiales: 402,5 pesetas/Wp.

3.c) La ejecución de las instalaciones deberá ser

desarrollada por una empresa acreditada por IDAE

(entidad colaboradora), quien, además, deberá

garantizar las instalaciones y realizar el

mantenimiento de las mismas.

3.d) Los usuarios se beneficiarán de las ayudas

a través de una disminución en el importe a abonar

a la empresa acreditada (entidad colaboradora) que

ejecute la instalación y una mayor garantía técnica

de la misma.

3.e) La cuantía asignada como ayuda por IDAE

será abonada directamente a la empresa acreditada

que realice la instalación, una vez certificada la

instalación.

3.f) Las ayudas serán destinadas a proyectos que

inicien su ejecución a partir de la fecha de solicitud

de la ayuda, y exista compromiso firme de

finalización en un plazo no superior a diez meses.

3.g) El ámbito territorial de los proyectos

susceptibles de ayuda al amparo del programa será

todo el territorio nacional.

3.h) Para la evaluación de los proyectos y

cuantificación de las ayudas, se aplicarán los siguientes

criterios:

Integración, demostración e innovación.

Garantías de la instalación y mantenimiento.

Características de la instalación.

Componentes utilizados (para instalaciones

aisladas).

Minimización de costes y rentabilidad del

proyecto.

Interés socio-económico del proyecto.

Reducción del alcance del proyecto respecto a

lo que se considera una instalación completa.

4. Presupuesto: El presupuesto máximo

habilitado por IDAE para atender a las necesidades del

Programa de Ayudas asciende a 1.000 millones de

pesetas, con cargo al código de referencia número

5642.01.2001.

5. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo

máximo para la presentación de propuestas de

acreditación concluye el 30 de agosto de 2001.

Junto con la convocatoria de las bases de las

ayudas, se publicará una relación de las empresas

acreditadas a esa fecha, para lo cual se deberá haber

presentado la propuesta con antelación al 20 de

julio de 2001. Las empresas que resulten acreditadas

con posterioridad a la publicación de la convocatoria

se incorporarán a una relación actualizada a

disposición pública en el Registro Central de IDAE

y en la web del Instituto.

6. Requisitos y procedimiento de acreditación:

Los requisitos exigidos (capacidad administrativa,

económico-financiera y técnica), documentación a

presentar y procedimiento a seguir para la

acreditación de empresas colaboradoras en el Programa

de Ayudas, quedan reflejados en las bases de la

convocatoria que forma parte de la documentación

a retirar por los interesados.

7. Criterios para la acreditación de empresas:

Serán criterios para la selección de las empresas

acreditadas, los siguientes:

Acreditar capacidad para contratar, solvencia

económico-financiera y capacidad técnica suficiente

para la realización de proyectos llave en mano.

Tener concertada póliza de seguros de

responsabilidad civil.

Presentación de oferta técnica y económica, de

acuerdo a criterios establecidos en la convocatoria,

para la ejecución de instalaciones y su

mantenimiento.

Aceptación del pliego de especificaciones

técnicas.

Condiciones de mantenimiento ofrecidas.

8. Obtención de documentación e información:

La documentación de la presente convocatoria,

estará disponible para todos los interesados en las

oficinas de IDAE, paseo de la Castellana, 95, planta

21 (28046 Madrid). Para información y consultas

en las propias oficinas, de lunes a viernes, en horario

de ocho a quince horas. Teléfono: 91-456 49 00.

Fax: 91-555 13 89. Dirección de internet: www.

idae.es

9. Plazo para retirada de documentación: La

documentación a retirar por los interesados en

presentar solicitud de participación, estará disponible

hasta el día 20 de agosto de 2001.

10. Documentación a presentar y demás

condiciones: Los requisitos específicos, documentación

a presentar y demás condiciones a cumplir, están

referidos en la documentación a retirar por los

interesados.

11. Instrucción: El órgano instructor del

procedimiento será una Comisión integrada por los

responsables de las distintas Direcciones funcionales

de IDAE.

12. Resolución:

12.a) Será competencia exclusiva de la

Dirección General de IDAE dictar la resolución

correspondiente que ponga fin al procedimiento.

12.b) El plazo máximo para la resolución del

procedimiento será de sesenta días. Dicho plazo

se computará a partir de la fecha de recepción en

IDAE de la documentación completa de la solicitud.

12.c) Contra dicha resolución cabrán los

recursos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa, podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante el Consejo de

Administración de este Instituto, en el plazo de un mes,

a contar desde el día siguiente al de la publicación

de la misma en el "Boletín Oficial del Estado", o

ser impugnada, directamente, ante el orden

jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, a contar desde el día siguiente al de

la publicación de la presente en el "Boletín Oficial

del Estado" o, en su caso, desde el día siguiente

a aquel en que se notifique la resolución expresa

del recurso potestativo de reposición o en que éste

deba de entenderse presuntamente desestimado.

Madrid, 4 de julio de 2001.-La Directora general,

Isabel Monreal Palomino.-37.514.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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