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Documento BOE-B-2001-158098

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sobre notificación de iniciación expediente 38/2001, cine "Madrigal, de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2001, páginas 7507 a 7507 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-158098

TEXTO

Notificación a la empresa "C. B. Herederos J.

Torres Molina", empresa titular del cinematógrafo

MADRIGAL, de Granada, de la iniciación de

expediente de fecha 10 de abril de 2001, correspondiente

al expediente sancionador número 38/2001, por

infracción de la normativa que regula la actividad

de exhibición cinematográfica, que se hace por este

medio por haberse intentado sin efecto la

notificación ordinaria del mismo al último domicilio

conocido, que es Carrera del Genil, 14-16, 18005

Granada.

La parte sustancial de la iniciación de expediente

reza como sigue:

Único.-No dar a conocer, según dispone el

artículo 15 del Real Decreto 81/1997, la calificación

de la película proyectada, "Hannibal", calificada por

el ICAA como "no recomendada menores de

dieciocho años".

Tales hechos constituye presunta infracción a lo

dispuesto en el artículo 15 del Real

Decreto 81/1997, de 24 de enero, por el que se desarrolla

parcialmente la Ley 17/1994, de 8 de junio, de

Protección y Fomento de la Cinematografía, y se

actualizan y refunden normas relativas a la

realización de películas en coproducción, salas de

exhibición y calificación de películas cinematográficas

("Boletín Oficial del Estado" de 22 de febrero

de 1997). Y podrían ser sancionados, como falta

leve, con multa de hasta 200.000 pesetas, por el

ilustrísimo señor Director general de este Instituto,

conforme a lo dispuesto en la Ley 17/1994, de

8 de junio, de Protección y Fomento de la

Cinematografía ("Boletín Oficial del Estado" del 10) y

Real Decreto 81/1997, de 24 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" de 22 de febrero), que desarrolla

parcialmente la anterior.

Asimismo, se le comunica que el plazo máximo

para resolver, en su caso, el presente expediente

y notificar la resolución adoptada será de seis meses,

a partir de la fecha en que se notifique el presente

acuerdo de iniciación del procedimiento.

El presente escrito deberá ser contestado en el

plazo improrrogable de los quince días hábiles

siguiente al de su recepción, mediante escrito

dirigido al ilustrísimo señor Director general del Instituto

de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

[Ministerio de Educación y Cultura, plaza del Rey, 1,

28071 Madrid. Teléfono: 91 701 70 00 (extensiones

32417 ó 32418)], alegando y probando cuanto

estime conveniente en su derecho. En caso de no hacer

uso de este derecho, este acuerdo será considerado

propuesta de resolución según establece el

artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto,

por el que se aprueba el Reglamento del

procedimiento para el ejercicio de la potestad

sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" del 9).

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común (LRJPA), significando que el texto

íntegro de la citada iniciación de expediente y

documentación aneja se encuentra archivado en la

Secretaría General de este organismo, Sección de

Instrucción de Expedientes del Servicio de Inspección

y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en Madrid.

Madrid, 19 de junio de 2001.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-35.551.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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